El gobierno muestra preocupación por la seguridad interna. Por eso, establecerá un marco legal para que, si son requeridas, las Fuerzas Armadas colaboren con la Policía en misiones de "patrullaje".
La futura ley de defensa nacional que se enviará al Parlamento, contendrá el marco normativo que habilitará a los militares a actuar en funciones de combate a la delincuencia y otras tareas de seguridad interna. Esta hipótesis viene siendo manejada en el gobierno para el caso de que el Ministerio del Interior se declare desbordado, permitiéndose que los militares "colaboren" en tareas de "patrullaje", dijo a El País el subsecretario de Defensa, José Bayardi.
"Hay misiones sustantivas de la fuerza que son de naturaleza militar. Pero misiones no sustantivas -que estén vinculadas a la seguridad- se podrán realizar", explicó el jerarca.
En el proyecto se establecerá que "los militares podrán actuar complementariamente en actividades de seguridad interior". Se trata de "colaborar" en tareas de patrullaje si las tareas le son asignadas a las Fuerzas Armadas, dijo el subsecretario.
PREOCUPACIóN. El viernes 24, el presidente Tabaré Vázquez admitió ante legisladores del gobierno y ministros su preocupación por la seguridad interna. Dijo que hay que buscar "favorecer un entorno adecuado" en lo que respecta a la seguridad ciudadana, "de quienes nos visitan (turistas) pero también de todos nosotros".
Además, Vázquez habló específicamente de la seguridad en el tránsito, seguridad en el transporte y trabajar con los gobiernos departamentales en distintos aspectos".
El presidente hizo público los resultados de una encuesta de opinión realizada por la empresa Equipos Mori, que revela que la primera preocupación de los ciudadanos es el empleo, en segundo término la desocupación, y en tercer lugar la inseguridad y la delincuencia.
LA DEFENSA. En el libro La Defensa Nacional - Aportes para un debate, un documento de trabajo del Ministerio que conduce Azucena Berrutti, se dan lineamientos sobre la seguridad interior. "Sin seguridad interior no hay seguridad exterior", destaca, para agregar que "la seguridad interior está dada por la estabilidad política e institucional, de manera tal que los conflictos se resuelven dentro de las normas legales del Estado, asegurando la cohesión mínima que garantice el funcionamiento de la sociedad y la plena vigencia del Estado de De-recho".
Agrega que en el funcionamiento normal del Estado la responsabilidad por el orden interno recae sobre el Ministerio del Interior. Sin embargo, precisa que en las situaciones de excepción previstas en la Constitución de la República (Art. 168 Inc.17), las Fuerzas Armadas pueden ser llamadas a actuar en cumplimiento de su cometido fundamental de "defender la paz de la República, su Constitución y sus leyes".
La Constitución de la República dispone en su artículo 168, que "al Presidente de la República corresponde la conservación del orden y tranquilidad en lo interior".
Un decreto de 1974
En el documento del Ministerio de Defensa que se encuentra en debate se incluyen las competencias establecidas por un decreto de 1974. Allí se habla de la "cooperación en la conservación del orden y la seguridad en lo interior", que dice que "la participación del Ejército en tareas relacionadas con la conservación del orden y la tranquilidad en lo interior, será dispuesta por el Mando Superior de las Fuerzas Armadas (presidente de la República) en casos extremos, ante una grave crisis interna y cuando los Organismos e Institutos del Estado responsables hayan sido desbordados".