Jueza Canessa deberá indagar a Bordaberry

El Tribunal de Apelaciones en lo penal de tercer turno revocó la sentencia de la jueza Fanny Canessa por la que había archivado la denuncia por atentado a la Constitución. La sentencia del tribunal obliga a la jueza a instruir la denuncia, citar al ex presidente y pronunciarse sobre la acusación de los denunciantes.

La jueza había afirmado que la Suprema Corte de Justicia ya juzgó a Bordaberry por ese delito en 1986 y que de continuar en el caso sería juzgado dos veces por el mismo delito, lo que está prohibido por ley. La defensa de Bordaberry planteó que el delito se encuentra prescripto.

Sin embargo, el tribunal afirmó que no le corresponde al Tribunal o al juez pronunciarse sobre la competencia, dada la decisión de la Suprema Corte. Tambien opinó que lo decidido por la corporación "borra de un plumazo" la pretendida excepción de cosa juzgada.

Los ministros Eduardo Borges, José Bonavota y Bernadette Minvielle hicieron lugar a la apelación de la fiscal Ana María Tellechea, que planteó que la investigación no se agotó porque nunca se inició por lo que no podía hablarse de doble enjuiciamiento.

La sala afirmó que la denuncia presentada no sólo refiere a la comisión de un delito de atentado a la Constitución sino que "también se le atribuye al denunciado responsabilidad penal —en calidad de autor o coautor— en múltiples delitos de homicidios y de desapariciones forzadas". Agregó que se debe "poder determinar la existencia de los hechos objeto de denuncia, la participación que cupo al denunciado y en su caso, la calidad de atribución".

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