Justicia desestimó recurso de Gelman

La Suprema Corte de Justicia rechazó de plano la inconstitucionalidad del artículo 3 de la ley de Caducidad presentada por el abogado del poeta argentino Juan Gelman. Los ministros de la corporación, sin ingresar en el fondo del asunto, entendieron que no corresponde pronunciarse por aspectos técnicos.

Los magistrados afirmaron que no pueden pronunciarse sobre la inconstitucionalidad, porque la acción judicial de la denuncia de María Claudia García ya había precluido y por lo tanto se trata de una causa que es "autoridad de cosa juzgada".

La Corte afirmó que no se presentaron los recursos previstos en el artículo 259 del CGP. Dichos recursos se presentan durante el proceso.

El abogado José Luis González había presentado el recurso porque entiende que viola la separación de poderes, el debido proceso legal y el principio de conocer la verdad.

El efecto primero que buscaba con el recurso era suspender el archivo del expediente, archivado por el juez Gustavo Mirabal una vez que el Poder Ejecutivo le comunicó que el caso está comprendido en la ley de caducidad.

El artículo 3 de la ley de Caducidad determina que el juez pedirá al Poder Ejecutivo que informe si el hecho investigado lo considera comprendido o no el artículo 1 de la ley, en cuyo caso el juez debe archivar los antecedentes.

González entendió que ese artículo viola la separación de Poderes porque es el Poder Ejecutivo el que determina el cese o continuidad de una causa penal, atributo que comprende solamente a los jueces.

María Claudia García, que estaba embarazada, fue secuestrada en 1976 en Buenos Aires y trasladada ese mismo año a Montevideo, donde dio a luz una niña, que fue localizada en el 2000.

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