El inmediato cese de gerentes, rescisión de 41 contratos de becarios y de un contrato adjudicado en forma directa a una empresa de seguridad, así como la orden de regresar al Consejo de Educación Primaria al gerente José Luis Sánchez —de donde venía "en comisión"—, constituye la batería de medidas que el Poder Ejecutivo envió ayer al mediodía a la Administración Nacional de Correos, y que el directorio del organismo debe aplicar en un plazo máximo de 24 horas hábiles.
Se trata de "situaciones jurídicas contrarias a derecho", según señala el comunicado que el ministro de Educación y Cultura, Leonardo Guzmán dirigió al presidente del Correo, Winston Elutchanz. El objetivo es que impere la ley sobre las medidas ilegales, y la propia resolución indica que hubo una "prolongación en el tiempo de ilegalidades que resultaron manifiestas" en los diálogos que ha mantenido Elutchanz con el ministerio y con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) "a lo largo de no menos de cinco meses".
El Poder Ejecutivo insta a que se apliquen las medidas, afirma el jerarca en la nota, y que "se adopte una conducta que no vuelva a incurrir en demoras que se transformen en omisiones". Agrega que "frente a la ilegalidad no es optativo de ningún jerarca proceder o no: está obligado por el carácter imperativo de la norma jurídica".
La noticia fue recibida con total hermetismo por las autoridades de la empresa postal, que decidieron de común acuerdo no realizar declaraciones. En lo previo parte del directorio no estaba de acuerdo en aplicar algunas de éstas medidas, según versiones.
TRANSGRESION. Para el gobierno, la existencia de 52 gerentes en el Correo constituye una "transgresión a los criterios de recta administración" y por eso ordena la rescisión inmediata de los contratos innecesarios y "el cese de sus beneficiarios". En la resolución se establece que en el Correo se superponen los gerentes contratados con la plantilla regular.
Ahora el Correo debe decidir cuántos contratos de gerentes son innecesarios y luego comunicar al ministerio la nómina total de gerentes —de carrera o contratados— que permanecerán en el ente, describiendo las funciones de cada uno.
"Cuando ellos nos digan cuáles son, nosotros podremos inspeccionar si lo que hicieron fue suficiente y si es pertinente que quede esa cantidad de gerentes", dijo Guzmán a El País.
El gobierno también indica que debe haber un máximo de 260 becarios y ordena eliminar los contratos que excedan ese límite "por haberlos suscrito la ANC a partir de actos administrativos contrarios a Derecho, con desviación y exceso de poder".
A su vez, obliga a que caigan las becas posteriores a enero de 2001 que se hayan mantenido por más de dos años, lo cual no está permitido.
CONTRATO. Por otra parte, el Correo también deberá rescindir el contrato con la empresa de seguridad Señal Delta Seguridad, adjudicada en forma directa por el anterior directorio, presidido por el dirigente colorado Diego Martínez.
El dueño de esa firma, Dogomar Morosini, era el número tres de la lista 1542 de Martínez, que se presentó en las pasadas elecciones internas.
"Vieja reivindicación" del gremio
El sindicato postal recibió de buena forma la medida de cesar gerentes en la Administración Nacional de Correos debido a que se trata de una "vieja reivindicación".
El dirigente gremial José Matto dijo ayer que de los 52 gerentes "sólo quince son presupuestados", tres trabajan en la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (URSEC) y los restantes 34 son contratos de obra "innecesarios y costosísimos".
Pero no existe tanta conformidad de parte del gremio en cuanto al cese de los becarios debido a que se considera que las medidas pueden afectar al servicio en determinadas reparticiones.
"Hay cinco becarios que trabajan en la Costa de Oro y deben ser recontratados si son despedidos, porque si no la zona se queda sin carteros", afirmó Matto.
De todos modos, aún no ha habido un pronunciamiento oficial del gremio sobre las medidas. El tema será abordado hoy en el plenario nacional de delegados.
que dice la resolucion ministerial
BECAS
El directorio mantiene múltiples becas posteriores a enero de 2001, en transgresión del límite de dos años que les estableció el artículo 623 de la ley 17.296. Corresponde tener a esos contratos por descaecidos de pleno derecho. Se deberá comunicar al Ministerio: a) el acto que declare el descaecimiento de tales becas y disponga el cese de quienes han sido mantenidos en esa situación irregular; b) Las fechas de ingreso y vencimiento para los becarios que estén alcanzados por la ley 17.296 pero aún estén trabajando dentro del plazo de dos años, indicando la retribución por todo concepto de cada uno de ellos.
EXCESO
Hasta ahora se mantiene excedido el número de 260 contratos de beca que autorizó el artículo 14 del decreto 424 de 2001, que estableció el presupuesto vigente en la Administración Nacional de Correo. Corresponde la resolución de los contratos que exceden el límite, por haberlos suscrito la Administración Nacional de Correos a partir de actos administrativos contrarios a derecho, con desviación y exceso de poder. Se deberá comunicar al Ministerio la nómina de los casos comprendidos por el acto que se dicte, la nómina total de contratados que ha de emerger tras la aplicación estricta de la norma cuya obediencia se reclama.
CELULAR
Hasta la fecha, se mantiene en comisión dentro de la Administración Nacional de Correos, al señor José Luis Sánchez. Corresponde disponer su regreso a la oficina de origen (Primaria), hacerle cesar su teléfono celular y accionar a efectos de recuperar lo que por ese servicio se abonó durante el tiempo que estuvo sin cumplir funciones en el Correo. Corresponde que se disponga desde ya que dentro de no más de seis días hábiles informe la Asesoría Letrada de ese directorio en qué se fundó la disposición de someterlo a sumario sin concurrencia a trabajar pero sin retención del medio sueldo, lo que primariamente parece transgredir el decreto 500 de 1991 y puede generar responsabilidades.
GERENTE
Hasta el momento se mantienen gerentes contratados que se superponen con la planilla regular, lo cual implica transgresión no sólo de criterios de recta administración, sino de la norma constitucional que impone el dominio de la función. Corresponde disponer la rescisión de los contratos innecesarios y al cese de sus beneficiarios.