El gobierno aprobará en los próximos días los decretos reglamentarios que activarán las nuevas normas sobre causales de destitución de funcionarios públicos, pases en comisión, redistribución de personal excedentario, retiros con reserva del cargo, topes a los sueldos y contratos a término.
La Presidencia de la República ya tiene prontos los borradores de los decretos, y en los próximos días los analizará con otros organismos del Poder Ejecutivo para su posterior aprobación, informó a El País el prosecretario Leonardo Costa.
Con esas normas, el gobierno aspira a reducir la cantidad de funcionarios, iniciar un proceso de racionalización de la escala salarial en el Estado, acotar la discrecionalidad de los jerarcas políticos para designar y trasladar personal, y uniformizar los criterios de retribuciones y evaluaciones. Paralelamente, la puesta en marcha de la reforma de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC) se efectuará después de enero, señaló Costa.
Si bien varios artículos de la rendición de cuentas fueron aprobados sin modificaciones o con cambios mínimos respecto al proyecto original que el gobierno envió al Parlamento, en otros casos la redacción fue alterada de forma sustancial por los legisladores.
Tal es el caso del proyecto sobre funcionarios excedentarios. Su redacción original preveía que aquellos empleados públicos excedentarios —no trabajan porque sobran pero son inamovibles— cobrarían su sueldo total durante los primeros seis meses desde que sean declarados en esa condición, pero a partir de ese plazo recibirían sólo el 50%. Los legisladores eliminaron ese artículo, y por lo tanto los excedentarios cobrarán su salario total por el tiempo que permanezcan en esa situación.
INCENTIVOS. De las normas sobre funcionarios públicos que integran la última ley de rendición de cuentas, el gobierno ya aprobó la reglamentación sobre el régimen de retiro incentivado para los empleados de los organismos de la Administración Central.
Sobre ese punto, el Poder Ejecutivo determinó que los funcionarios que tengan entre 60 y 69 años de edad al 1º de enero de 2003, y que se jubilen antes de cumplirse 60 días a partir de la entrada en vigencia de la ley de rendición de cuentas, percibirán un incentivo equivalente al 15% de sus "retribuciones" hasta que cumplan los 70 años.
En ese sentido, se aclara en el decreto que el concepto de retribuciones implica todos los ingresos que percibe el funcionario y que son objeto de montepío.
Por el decreto también se dispone que las vacantes que surjan del retiro incentivado de funcionarios serán suprimidas, salvo que los cargos en cuestión sean considerados "imprescindibles". Asimismo, se prohíbe la recontratación —en el Estado— de los funcionarios que se hayan retirado, y se establece que el incumplimiento de esa disposición constituirá una "falta administrativa grave" por parte del jerarca responsable.
REFORMAS. El régimen de pases en comisión es otro de los aspectos que será reglamentado por el Poder Ejecutivo. Los funcionarios públicos pueden ser trasladados desde su organismo de origen hacia otro en lo que se conoce como "pase en comisión"; generalmente son personal de confianza de algunos jerarcas políticos y legisladores, que los solicitan para que cumplan funciones en sus secretarías.
Si bien la cantidad máxima de funcionarios que cada jerarca o legislador puede tener en comisión fue modificada varias veces por el Parlamento durante los últimos años, siempre hubo un tope definido. Sin embargo, durante los primeros meses de la presidencia de Jorge Batlle tomó estado público la realidad: varios legisladores y jerarcas excedían el máximo permitido.
En la última rendición de cuentas se estableció un límite de diez funcionarios en comisión para ministros de Estado, y de cinco para subsecretarios y legisladores.
En otro orden, la rendición de cuentas contiene un artículo por el cual se estableció que ningún funcionario público puede ganar un sueldo superior al 60% del que cobra el presidente de la República. Fuentes oficiales consultadas por El País advirtieron que la forma de reglamentar ese punto aún no fue definida, y que para ello se pueden tomar como referencia distintos parámetros, como sueldos nominales y retribuciones extrasalariales.
Otra de las disposiciones que será reglamentada en los primeros días de este año será la creación de contratos a término para desempeñar funciones en el Estado, con características similares a las que rigen para los trabajadores del sector privado.
En la actualidad conviven en el Estado varias figuras de funcionario público. Están los empleados públicos presupuestados, los contratos de función pública, y los contratos de arrendamiento de obra y de servicios, entre otros.
Entre las dos primeras categorías suman unos 220 mil trabajadores, y si bien en rigor la mayoría no son inamovibles, sí lo son en la práctica. Al mismo tiempo, las formas de contrato, de otorgamiento de beneficios extrasalariales y la escala salarial cambia de forma sustancial según el organismo público en cuestión.
Por ese motivo, con la rendición de cuentas el gobierno aspira a uniformizar todos esos aspectos y, de esa forma, aumentar la capacidad de control sobre el gasto público, y la racionalización de los recursos humanos estatales.
La capacidad de retiro con reserva del cargo por dos años para los funcionarios que opten por retirarse del sector público y prueben suerte con empresas que brinden servicios al propio Estado, es otra de las reglamentaciones pendientes para el Poder Ejecutivo.
El gobierno también deberá activar una reforma de Servicio Civil, por la cual esa dependencia cobrará mayores potestades en el control sobre todos los datos del funcionariado público, y tendrá la última palabra en materia de redistribución de funcionarios excedentarios, entre otros aspectos.