Primer paso hacia el nuevo banco

| En breve se seleccionarán los activos de mejor categoría que serán subastados y darán forma al Nuevo Banco Comercial

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E l martes pasado el Banco Central del Uruguay (BCU) resolvió decretar la liquidación de los bancos Montevideo, Comercial y Caja Obrera y la constitución de tres fondos de recuperación de patrimonio bancario por cada una de las instituciones, adonde fueron transferidos todos los derechos, obligaciones, créditos, títulos y garantías, incluso activos líquidos de cada banco, contabilizados al 31 de diciembre de 2002.

Según la resolución de la autoridad monetaria, Pedro Villa será el liquidador delegado para el Banco Comercial así como el administrador del fondo de recuperación. El escribano Osvaldo Oliver fue nombrado para las mismas funciones en el Banco Montevideo, mientras que para el Caja Obrera se designó a Enrique Gómez Rial.

En los tres casos, los liquidadores y administradores actuarán bajo la dirección y supervisión de Juan Francisco Seijo y serán asistidos por la sala de abogados del Banco Central.

RAZONES. El BCU estableció en las tres resoluciones las razones para decretar la liquidación de las instituciones.

En el caso del Montevideo, explica que al 30 de noviembre de 2002 la entidad tiene un patrimonio negativo del $ 11,6 mil millones y además incumple con varias normas bancocentralistas, entre ellas, tener déficit de encaje en moneda nacional y extranjera, déficit de encaje remunerado en moneda extranjera y en la situación de depósito en moneda extranjera en el BCU, exceso del tope de inmovilizaciones de gestión, del tope de posiciones en moneda nacional y extranjera, del tope de posiciones de operaciones a liquidar, del tope de control de calce de operaciones a plazos residuales, y también del tope de riesgos crediticios.

Lo descripto "coloca al Banco Montevideo en situación que determina su disolución de acuerdo con las normas vigentes que rigen la disolución y liquidación de las sociedades comerciales en general y de las instituciones de intermediación financiera en particular".

Según la ley 17.613 sobre instituciones financieras (aprobada la semana pasada), al decretar la liquidación se constituyó el fondo de recuperación de patrimonio bancario correspondiente a la institución mencionada, que se llamará Banco Montevideo-Fondo de Recuperación de Patrimonio Bancario.

COMERCIAL. En el caso del Banco Comercial, la resolución del BCU indica que tiene un patrimonio negativo de $ 10,4 mil millones y también tiene déficit de encaje mínimo obligatorio en moneda nacional y extranjera, déficit en el depósito obligatorio en moneda extranjera en el BCU, déficit en la tenencia de certificados de depósito a plazo fijo en dólares, déficit en la situación sobre el 90% del encaje mínimo obligatorio remunerado en el BCU, incumplimiento en las relaciones técnicas registrando exceso del tope de inmovilización de gestión y al tope de posiciones de operaciones a liquidar así como el tope de riesgos crediticios. También presenta omisión en la presentación de informes de auditores externos desde los correspondientes al 31 de diciembre de 2001.

En base a estas situaciones es que se decretó la liquidación del Comercial.

Con respecto al Caja Obrera, su patrimonio negativo ascendía al 30 de noviembre pasado a $ 857 millones y registraba déficit de encaje en moneda nacional y extranjera, déficit de encaje remunerado en moneda extranjera y en la situación de depósito en moneda extranjera en el BCU, exceso al tope de inmovilizaciones de gestión, exceso al tope de posiciones en moneda nacional y extranjera, exceso al control de calce de operaciones a plazos residuales, exceso al tope de riesgos crediticios y al tope global de riesgos crediticios.

Las resoluciones serán publicadas tres veces en el Diario Oficial y en diarios de circulación nacional, haciendo saber además que el conjunto de derechos y obligaciones transferidos a los fondos de recuperación de patrimonio estarán de manifiesto a partir del 13 de enero de 2003, por el término de diez días hábiles, en la casa central y sucursales de cada uno de los bancos para la consulta por parte de los interesados.

RECLAMOS. Vencido el plazo de manifiesto, quienes aleguen tener un derecho contra alguna de las instituciones que no esté reconocido en balances al 31 de diciembre de 2002, deberán hacerlo valer por la vía prevista en el inciso tercero del artículo 14 de la ley de intermediación financiera.

Con la liquidación y la creación de los fondos de recuperación se inician los pasos concretos hacia la creación del NueVo Banco Comercial. En los próximos días se terminará de definir de manera exacta cuáles de los activos de las tres instituciones ya liquidadas pasarán a formar parte del Nuevo Comercial. Estos activos (créditos) serán subastados, pagándose con certificados de depósito que se entregarán a ahorristas, tenedores de eurobonos y el Estado (a raíz de la asistencia que dio a esas instituciones).

En una segunda instancia, el Estado cederá solamente a los depositantes los certificados de depósito que le corresponden, para tratar de que cada uno tenga el equivalente a su depósito original.

Paralelamente, se irán definiendo los funcionarios que continuarán trabajando en el Nuevo Comercial, que serán alrededor de 750, lo que significa que unos 1.000 quedarán sin su puesto.

El Nuevo Comercial tendrá 45 sucursales en territorio uruguayo, y mantendrá las cuatro que tenía en Brasil el Comercial que acaba de liquidarse.

El objetivo de los trabajos que se vienen llevando a cabo es que la apertura de la novel institución se concrete el 14 de febrero próximo.

Reciben reclamos por el TCB

n Para el caso del Banco Montevideo y el Caja Obrera, la resolución del Banco Central del Uruguay definiendo su liquidación establece además que quienes se consideren titulares de colocaciones en esa entidad y cuyos fondos hayan sido transferidos a otras instituciones sin su consentimiento, deberán presentarse hasta el 31 de enero en el BCU, para hacer el reclamo pertinente.

Esta disposición está prevista para ahorristas cuyos dineros hayan sido desviados hacia el Trade & Commerce Bank, institución bancaria propiedad de los Peirano que actuaba en las Islas Caimán y que también está en proceso de liquidación.

Según la ley de intermediación financiera aprobada la semana pasada por el Poder Legislativo (con el apoyo de todos los partidos políticos), el Banco Central tiene la facultad de otorgar a los ahorristas de los bancos Montevideo y Caja Obrera, cuyos depósitos hayan sido transferidos a otras instituciones sin mediar su consentimiento, los mismos derechos que correspondan a los demás ahorristas.

A dichos efectos, el BCU conformará una comisión que se expedirá en un plazo máximo prorrogable de 60 días.

Los "mismos derechos" que menciona este artículo de la ley aprobada se refieren a la entrega de certificados de depósito por parte del Nuevo Banco Comercial. Además, podrán recibir de parte del Estado los certificados que a este le correspondían para llegar lo más cerca posible del total de su depósito original.

Quienes quieran hacer el reclamo pertinente deberán presentarse entonces ante la autoridad monetaria, en Juan P. Fabini 777, planta baja, mesa de entrada.

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