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La Fiscalía no es la ruleta

Dr. César Eduardo Fontana | Montevideo
@|La situación de la Fiscalía de Corte sigue dando que hablar y en esta oportunidad ha sido el diputado por Canelones de Cabildo Abierto, el Sr. Álvaro Perrone, quien promueve una modificación para el acceso al cargo de Fiscal de Corte Adjunto (así lo he entendido) que es el primer subrogante del titular en caso de licencia prolongada, renuncia, etc. La propuesta no parece ser oportuna en estos momentos y asimismo contiene una serie de supuestos técnico-jurídicos que no resultan demasiado compartibles.

El primer cuestionamiento jurídico y que abarca a otros cargos como el de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, es que habrá que ir acostumbrándose a que pretender ocuparlos en base a acuerdos parlamentarios es y seguirá siendo cada vez más difícil; debiéndose recurrir al sistema de antigüedad como el mejor y el que desde siempre ha preferido quien suscribe, salvo situaciones especialísimas y esto no se ve afectado por cercanos nombramientos en los organismos mencionados al existir conformidad de las fuerzas políticas, en parte por ser organismos colectivos de cinco miembros cada uno, lo que da mayores posibilidades y porque se habrían dado ciertas circunstancias que los hicieron posible según se ha dejado entrever en algún medio de prensa.

En lo referido a aspectos más específicos no parece relevante que la subrogación del Fiscal de Corte no tenga plazo definido en cuanto no es la primera vez que ocurre y puede recordarse el caso del Dr. Marcelo Brovia que lo hizo por mucho tiempo y bien aunque finalmente, vaya uno a saber por qué, nunca se le confirmó en el cargo. Por ende la subrogación del Fiscal de Corte y de su Adjunto, sin querer ofender a nadie, no parece un motivo válido para este proyecto.

Actualmente la subrogación del Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación está reglamentada en los artículos 59 y 27 literal F la ley N° 19.483 (Ley Orgánica de la Fiscalía General de la Nación) y que en lo referido a la subrogación del Fiscal Adjunto de Corte disponía el sorteo entre los fiscales penales de Montevideo, sin establecer duración alguna o sea sin plazo para desempeñarse, lo que fue modificado por el artículo 406 de la ley 20.075 suprimiéndose -con buen criterio- el sorteo- y suplantándolo por el concepto de antigüedad en el cargo, lo que sin duda es mucho más convincente puesto que siempre genera más solvencia y experiencia.

O sea que, resumiendo y así es como lo entiende el suscrito, si está vacante el cargo de Fiscal Adjunto de Corte que debería desempeñarse como Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación porque también aquí hay una vacancia habría que hacer un sorteo cada seis meses para determinar quién lo ocupará, lo cual, conociendo la lentitud de nuestra Justicia, es total y absolutamente negativo en razón de existir muchas causas que duran años y apareciendo desajustado desde todo punto de vista la designación casi a cada rato de un nuevo fiscal que deberá comenzar de nuevo, interiorizarse de lo que tiene entre manos y probablemente cuando lo logre se enfrentará a otro sorteo. No es razonable, siendo por otra parte que será muy posible que coexistan varias opiniones en un mismo asunto, y que incluso dado el caso, puedan ser radicalmente disímiles.

Para culminar esta breve reseña de naturaleza técnica, no se advierte el porqué de la subrogación (previo sorteo) solamente entre un tipo de fiscales, los que actúan en el proceso penal acusatorio y no los otros, lo que convertiría en tener fiscales de primera y de segunda categoría, algo desaconsejable desde todo punto de vista comenzando por el funcional, quedando por el camino otras cuestiones como el lugar y la forma de hacerse el sorteo, lo que el colega Dr. Jorge W. Álvarez analizó en este espacio con su conocida solvencia y un toque de fina ironía y sobre todo que nada de estos caminos un tanto retorcidos garantizaría que el sistema político acuerde conforme a la Constitución sobre una definitiva designación.

Una observación final, no técnica: la propuesta proviene de uno de los dos diputados de Cabildo Abierto, grupo político al cual voté en Montevideo en octubre de 2024 y es absolutamente legítima aunque debe tenerse presente algo importante como lo es la representatividad. Cabildo Abierto obtuvo alrededor de siete mil votos en el departamento canario de un total nacional de 60.500 y consecuentemente no parece apropiado viendo el tema desde el punto de vista político y en razón de la sensibilidad que el mismo acarrea entre la población o al menos gran parte de ella, que la idea surja del integrante de un Partido con representación lamentablemente muy minoritaria, bien que no la menor, sin ofensa hacia nadie. Entonces cabe interrogarse ¿por y para qué ? No perdamos de vista que con la Fiscalía General no se juega a la ruleta y menos a la lotería.

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