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Impuesto TEMU

Eduardo M. Benech | Montevideo
@|He profundizado algo - bastante - acerca del tema de referencia, y he aquí algunos detalles que surgieron y que me resultaron extremadamente preocupantes.

En efecto. Una vez entrada en vigencia la Ley recientemente aprobada, los procedimientos para efectuar alguna compra a través de esas tiendas “on line” no será como ha sido hasta ahora, que solo se entraba en la página de cualquiera de dichas tiendas, se elegía el producto a comprar y siguiendo los procedimientos allí indicados se pagaba vía tarjeta de crédito; y a los pocos días, el producto comprado era entregado a domicilio.

Muy bien. Bajo las regulaciones de esta nueva Ley y previo a la compra planificada que ahora es por un máximo de US$ 800 y hasta 20 kg de peso, se deben cumplir ciertos procedimientos y requisitos que aquí es imposible detallar por su complejidad y difícil explicación, en una carta breve como la que estoy escribiendo.

Ahora bien. Los arriba mencionados procedimientos deben ser realizados y cumplidos ante organismos nacionales tales como la Dirección Nacional de Aduanas y otros, todos ellos dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas del Uruguay.

Por lo aquí expuesto no solo se agrega a la compra el IVA, sino que también, y aquí viene la parte preocupante, es que se está o estaría solicitando información adicional que hasta ahora no era menester proporcionar. Esto último no se entiende bien con qué fines.

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