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Abogados y escribanos

Esc. CN 10298-6 | Canelones
@|Esta carta está dirigida a Ustedes, a quienes quieren tener una mejor formación en Derecho. A aquellos que entendieron que ambas profesiones no se oponen, sino que se complementan. Obtenidos ambos títulos y prestado los juramentos correspondientes, inmediatamente quedamos afiliados a dos Cajas: la de Profesionales Universitarios y la Notarial.

Durante los años de labor aportamos y aportamos, muchas veces con grandes sacrificios. Como hemos terminado la carrera de Abogado primero y configurada la causal ante la Caja de Profesionales Universitarios, obtenemos la pasividad correspondiente, no se permite que acumulemos las dos cajas por ser aportes concomitantes. En mi caso, cuando cesé como Abogada, tuve que cesar como Escribana porque la ley de Caja Profesional determinaba que no podía ejercer otra profesión universitaria.

Esta situación se resolvió con una ley posterior. El BPS, al cumplir 70 años, entiende que se configuró otra causal con la suma de los años aportados a Caja Notarial y al BPS, aplicó la ley 17.819 y me abona lo correspondiente. La Caja Notarial aun así se escuda al amparo del artículo 56 de la ley 17.437 y se niega a abonar la parte que le corresponde. Muchos colegas que están en el inicio de ejercicio, otros llegando a la edad de jubilación, se van a encontrar con este escollo si no hacemos algo para que cambie y se respeten nuestros derechos.

Señores Legisladores es necesario derogar la incompatibilidad, o bien permitir que al configurarse la causal en una de las cajas se permita la acumulación de los años devengados en la otra caja aunque sean concomitantes, y cada caja abonar lo que corresponda según los montos y años aportados.

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