Recordando la impertinencia que Mujica le espetase a ese gran periodista, Neber Araujo, hoy sí cabe usarla, pero pensando en los promotores de derogar la LUC.
Sus argumentos presumen que el Uruguay está poblado de nabos.
Algunos ejemplos:
1. “La LUC consagra el “gatillo fácil”. ¿Sí? ¿Qué dicen los artículos?
Que el policía no tiene que esperar a que el delincuente le tire, ni el ciudadano a que se le metan en el dormitorio, para defenderse. El derecho a defenderse está acotado, exigiéndose la existencia de determinadas circunstancias: agresión legítima, proporcionalidad de los medios empleados, falta de provocación suficiente de parte del que se defiende... O sea, no es un quiveve.
¿Y qué ha pasado desde que se aprobó la LUC? ¿Aumentaron los casos de delincuentes injustamente abatidos? No. Para nada. De paso, también se quieren voltear artículos que regulan la resistencia al arresto, agravios a la policía (arts. 4 y 11) y facultades para el registro (arts. 18,21 al 24). Todo esto es apoyado por el sindicato policial.
2. “No voy a dejar que privaticen la escuela pública”. Eso dice uno de los tantos spots para nabos.
¿Qué dice la LUC sobre privatización de la educación pública? Nada.
Entonces, ¿qué dice que tenga alguna vinculación con la educación?
-Extiende la obligación de la educación a la inicial (127), recoge expresamente la libertad de cátedra (128) y el concepto de la educación como bien público (129). Establece que cuando se hayan cumplido las exigencias educativas correspondientes, el Estado las reconocerá (evita las trabas que pone el corporativismo docente a iniciativas educativas que ocurren fuera de su control) (130). Enuncia los propósitos de la educación técnico profesional y el contenido de la educación terciaria (135 y 6), etc. (Nota: fueron votados por el FA).
3.- La LUC avanza, solapadamente, en la privatización de Ancap.
¿Cómo? Supuestamente, por establecer parámetros (indicativos) para la fijación de los precios de los combustibles. (arts. 235-6). El mecanismo no toca el estatuto de Ancap.
Nota: el FA votó esos artículos. Cierto que después viene otro artículo (237) que anuncia una futura reforma del mercado del crudo y derivados, pero es un saludo a la bandera, anunciando que se estudiará, etc.
Ya que estamos en el tema: la supuesta defensa de la soberanía ante los colosos petroleros extranjeros que significaría Ancap, es un (viejísimo) verso: monopolizar el refinado del crudo, que tenemos que comprarle a esos colosos, a precios de mercado, es tan soberano o no soberano, como comprar refinado en el mercado internacional.
4. “Se habilita la privatización creciente de las sociedades anónimas de propiedad de las empresas públicas”.
¡Esta sí que está buena! Consagra la presunción de que los orientales somos los reyes de los nabos.
¿Privatización de las sociedades anónimas privadas que los gobiernos del Frente crearon (por docenas), para no poner actividades públicas en los entes estatales? ¡Y sin autorización legislativa! ¡Pavadita de neoliberalismo! ¿Y qué dice la LUC al respecto? Que, si fuera posible, esas sociedades podrían abrir al público una minoría de sus acciones. Chiche: pero tan intrascendente como remoto.
5. Se socava el derecho de huelga y la libertad sindical.
Aquí hay acusaciones muy serias, así que: a parar la oreja.
¿Qué dicen los artículos en cuestión?
a) Se ratifica el derecho de huelga, añadiendo el de trabajar, que tienen los no huelguistas (392). Esto no modifica en nada el derecho vigente (nacional e internacional). Apenas lo expresa abiertamente, aventando los abusos que se daban al amparo del silencio de la norma.
b) Vuelven a lo que era común y lógico, de que no puede cualquier cara de loco, cuando y porqué se le ocurra, cortar calles o bloquear espacios púbicos (468-9).
c) Por último, el art. 399 exige que, para registrar listas en las elecciones del BPS, las entidades deben ser personas jurídicas que cumplan con las leyes correspondientes. Obvio, ¿no?
6. Privatización de Antel: este argumento para nabos se basa en que los artículos 471-6 facilitan al usuario de telefonía celular el cambiar de proveedor. La presunción de “nabez” llegó aquí a un récord: los hechos demuestran que no hay una fuga de usuarios de Antel. ¿Realmente, nos creen tan nabos?
7. Se vienen “los desalojos en seis días para los inquilinos que se atrasen tres”. Son más de 30 los artículos de la LUC referidos a arrendamientos y tocan decenas de temas, muchos de ellos procesales, pero lo que se pretende caricaturizar es la creación de un nuevo régimen (que no deroga los existentes), por el cual pueden acceder a viviendas personas que no tengan los recursos para otorgar garantía de cumplimiento. O sea, no le cambia la vida a nadie, y no obliga a nadie: quien no le guste, que no lo use.
Los más veteranos recordamos el largo período en el cual, al influjo de una cultura que veía al propietario como un rico depredador y al inquilino como una pobre víctima, proliferaban las normas supuestamente protectoras del arrendatario. Al final la sociedad se dio cuenta de que eso producía menos inversión en viviendas, menos oportunidades para alquilar y arrendamientos más caros y más exigentes.
Hoy vuelven con los mismos versos, pero de forma mentirosa: no hay cambios en el régimen vigente (incluyendo en los desalojos).