Una de las promesas del gobierno es la de ir reduciendo impuestos, en especial el IASS y el IRPF. Alguna rebaja menor en el primero se ha hecho e implicó un alivio para los afectados.
No es una promesa fácil de cumplir. El presupuesto nacional se apoya en lo recaudado por esos tributos. Reducirlos sin saber cómo cubrir los flancos es complicado: el Estado se volvió adicto a ellos.
La filosofía detrás de ambos impuestos es que quien tiene más pague más. Los que inventaron esos impuestos suponían que ciertos ingresos eran suntuosos. No lo eran. El IRPF castiga el trabajo. No grava el resultado de inversiones que un empleado no hizo o colocaciones a largo plazo que no tiene, sino el sueldo. Por eso el mensaje es claro: trabajar merece una sanción.
Las cosas se complican para quien tiene dos empleos. En especial si uno de los sueldos es complementario. Cuando la suma de ingresos está cerca de la línea por el cual el tributo sube a la próxima escala, hay quienes prefieren renunciar al segundo empleo porque no rinde. Así, el IRPF se convierte en un desestímulo al trabajo.
Otros descubren, al hacer el cálculo de cuánto deben aportar anualmente, que su sueldo cubre once meses y el último mes se lo lleva casi íntegro el impuesto. Un mes al año el asalariado pasa a ser esclavo del Estado.
Otro ejemplo es la aplicación del IRPF para quien vende una casa. El Estado entiende que el que vendió hizo un negocio y ganó una renta. En realidad, antes tenía una casa pero no el dinero y ahora tiene el dinero pero no la casa. Hubo un trueque; no ganó nada.
Para entenderlo basta hacer un simple ejercicio. El vendedor entrega su casa y recibe la suma correspondiente con el IRPF descontado. Al día siguiente vuelve a comprar la que era su casa, por el exacto mismo valor. Ahí descubrirá que el dinero que recibió por su venta no le alcanzará ya que se le descontó el impuesto. La casa mantuvo el valor, pero el vendedor se quedó con menos dinero. ¿Dónde está entonces la renta a ser gravada?
Otro caso es el impuesto aplicado a los derechos de autor. A no ser que un libro sea un genuino bestseller (cinco ediciones o más), es muy difícil que el autor “gane” algo por lo que publica.
Lo habitual es que venda entre una y dos ediciones y lo que cobra le servirá para cubrir los gastos que implicó hacer el trabajo (imprimir borradores, comprar los libros que necesitó como referencia, libretas para hacer anotaciones, tinta, etc.). Si algo sobra, los derechos difícilmente paguen las horas de trabajo volcadas a escribir ese libro. Esa es la honesta verdad. Pero el Estado, sin hacer un solo esfuerzo, considera que hubo renta y se apropia de una parte del trabajo ajeno.
La injusticia es aún más grande con el IASS aplicado a personas jubiladas. Una persona se jubila tras 35, 40 o más años de trabajo durante los cuales siempre se le descontó al sueldo el impuesto de turno. Por lo tanto no hay deudas con la Impositiva. La jubilación es un retorno de ese dinero aportado durante tantos años. No es una renta extra, es una mera devolución y un impuesto como el IASS no tiene sentido y es más absurdo cuando se le cobra a una jubilación topeada, o sea una que recibe menos de lo que corresponde.
Muchos jubilados comprobaron que con ese impuesto, es como si cobraran solo once meses de jubilación pues el tributo equivale, peso más o peso menos, a un mes entero de lo que cobran.
Otros jubilados han descubierto, para su horror, que fueron inducidos a un malentendido que se aclara cuando es muy tarde y se generaron deudas, multas y moras. Ocurre con los que reciben en un mismo recibo, la liquidación por el Banco Seguros del Estado (lo que corresponde a la AFAP) y al BPS. Allí se liquida el IASS y al ser un recibo único dan por sentado que están al día con la Impositiva. Tarde y mal se enteran de que se trata de una liquidación parcial y la parte que paga el BSE no está incluida. Si por esa causa piden que a partir de un momento, el total del IASS sea liquidado mes a mes, descubrirá que el cálculo no siempre es completo y cada agosto igual deberá cubrir la diferencia.
Es una crueldad complicarle la vida a gente mayor que ya no está para andar haciendo trámites en los pasillos sinuosos de la burocracia o de la tecnología.
Con el IASS además, hay una peculiar situación jurídica. Hace unos años la Suprema Corte le dio la razón al reclamo de un grupo de jubilados. Consideró que la ley que creó el tributo era inconstitucional. Otra demanda similar presentada poco después, llegó a la Corte sí, pero con un nuevo miembro y por lo tanto revirtió su opinión.
Es rara una lógica en que la Suprema Corte declara que una ley es inconstitucional solo para quien va a juicio. Si la ley es inconstitucional, lo es siempre y para todos.
Más raro aún es que en poco tiempo, la Suprema Corte falle en una dirección la primera vez y en la opuesta la segunda.
Pero así son las cosas. Por eso urge que el gobierno empiece a revisar ambos impuestos y en especial el del IASS.