Leonardo Guzmán
Al hacer lugar a la acción de amparo deducida por el Fiscal de lo Civil de Tercer Turno, Dr. Enrique Viana Ferreira, la Juez de Familia de 23er. Turno, Dra. Estrella Pérez Azziz, prohibió al INAU usar módulos metálicos para internar adolescentes en conflicto con la ley. El Tribunal de Apelaciones de Familia de 2º Turno por unanimidad rechazó la apelación del Mides y el INAU, confirmando la resolución con fundamentos redactados por el Ministro Dr. Ricardo Pérez Manrique.
Es notorio que, en los últimos tiempos, el juicio oral con sus plazos breves y el "corte y pegue" de la computación han llevado a que sean muchas las sentencias con sustento pobre. El pronunciamiento didáctico, llamado a convencer hasta al que pierde -como enseñaba Couture- se ve reemplazado con demasiada frecuencia por la simple invocación a la autoridad de los precedentes -"este tribunal ya ha dicho"- que, si se los examina a fondo, suelen tener diferencias relevantes con el caso sobre el cual se los calca.
Pues bien. Estas dos sentencias de amparo se inscriben en la mejor tradición nacional de nuestra Justicia.
Desde siempre hemos pensado que los edificios ruinosos, las celdas hacinadas y las encerronas psicotizantes, en vez de inspirar valores nobles, siembran resentimiento; y violan, a la vez, el art. 26 de la Constitución -que manda reeducar y no maltratar-, el Código de la Niñez y la Adolescencia y múltiples convenciones con valor de ley. En consecuencia, enfrentados los Jueces a módulos donde, "sin ninguna separación del resto", "quien hace sus necesidades lo hace a la vista de sus compañeros de alojamiento" nos parece imperativo y sano que hayan antepuesto la razón de Derecho al argumento de necesidad y falta de soluciones aducido por la Administración: la solución del Derecho no puede consistir en violar los derechos.
Pero más allá de coincidir con los fallos, en la calidad de los fundamentos de ambas resoluciones vemos una ventana abierta al aire fresco que le está haciendo falta a la vida forense. Está ella cargada de vericuetos formales, merced a los cuales la hora del derecho de fondo no llega nunca. Aparece entumecida por la importación de doctrinas según las cuales los principios funcionan apenas como recomendaciones eventuales y el Derecho se reduce a una argumentación mutante, cuyos contenidos se reputan sólo técnicos y, por tanto, se los declara ajenos a la moral y a los sentimientos.
Contra todo eso, debe alegrarnos leer una sentencia que, colocada la Juez frente a los módulos, consigna que "el solo hecho de verlos hiere la sensibilidad de cualquiera", por lo cual "la internación de cualquier menor, incluidos los infractores"… "vulnerará derechos fundamentales". Debe alegrarnos, porque en esas líneas vemos entrar al ser humano entero, donde vive una sensibilidad que es "de cualquiera" porque es republicanamente de todos.
Y debe regocijarnos que el Tribunal haya vuelto a afirmar los principios permanentes que mandan interpretar la ley a la medida del hombre de siempre y no al capricho de los gobiernos que pasan.
Porque a pesar de las apariencias, es en la hondura de nuestra actual lucha por el Derecho donde anida la civilización o la barbarie de lo que vendrá.