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El proyecto del BCU que podría “reactivar” el mercado de valores local

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Banco Central. Foto: Estefanía Leal.
Fachada del edificio sede del Banco Central del Uruguay, BCU, en Diagonal Fabini 777, Ciudad Vieja, Montevideo, ND 20210706, foto Estefania Leal - Archivo El Pais
Estefania Leal/Archivo El Pais

DESARROLLO Y CRECIMIENTO DEL PAÍS

Es un objetivo anunciado por el gobierno y el regulador. Especialista señala que “es un paso contundente a promover el uso de la oferta pública”.

Esta semana el Banco Central del Uruguay (BCU) puso a consulta un proyecto normativo que introduce modificaciones en la regulación para la emisión de valores de oferta pública en régimen simplificado, el cual podría “reactivar” el mercado de valores local, según especialista.

En lo que va de la actual administración, el gobierno ha comunicado su objetivo de promover el mercado de valores como herramienta para el desarrollo y crecimiento del país y como muestra de ello, este año relanzó la Comisión de Promoción del Mercado de Valores.

En esta misma línea, el comunicado señala que este proyecto normativo “tiene como objetivo fomentar la utilización del referido régimen, logrando en consecuencia la dinamización del mercado de valores. A estos efectos, la propuesta disminuye los costos para la emisión de valores en régimen simplificado brindando así una alternativa a las fuentes tradicionales de financiamiento”.

El abogado de Brum&Costa, Juan Diana, afirmó en diálogo con El País que este proyecto normativo trae “avances sustanciales” los cuales “pueden reactivar el mercado de valores local y generar incentivos a las empresas locales” a usar el régimen de emisión simplificada.

“Es un paso contundente a promover el uso de la oferta pública”, agregó y señaló como antecedente la creación del régimen simplificado, para diferenciarlo del régimen general, el cual no se utilizó ya que los cambios eran ínfimos”.

Sin embargo, Diana aseguró que las modificaciones ahora propuestas cuentan con dos “columnas vertebrales” sustanciales, junto con flexibilizaciones de requerimientos que disminuyen costos.

Como primera “columna vertebral”, destacó que este proyecto permite que más empresas puedan emitir oferta pública, ya que quitaría la franja económica a la que deben pertenecer los emisores.

Con el régimen actual, explicó que las empresas que pueden emitir bajo el régimen simplificado son aquellas con ventas anuales, excluido el IVA, entre 2 millones y 75 millones de Unidades Indexadas (UI). En tanto, señaló que con este proyecto se permitiría que “todos recurran a este régimen, solo que a partir de los 75 millones de UI, solo pueden emitir instrumentos de deuda”. El motivo “es que si facturan tanto, tienen espalda para aguantar toda la regulación”, agregó.

A su vez, sostuvo que la otra “columna” se encuentra del lado del inversor, ya que en el régimen simplificado actual “solo pueden invertir los inversores institucionales y aquellas personas físicas que tengan activos financieros por más de 4 millones de UI, porque se presume que tienen cierto grado de experiencia, que pueden asumir mayor riesgo, porque la emisión simplificada lleva menos controles”.

En tanto, el proyecto amplía el elenco de inversores que pueden participar, estableciendo un límite de inversión a los inversores pequeños (aquellos con activos financieros inferiores a 1.000.000 UI), cuya inversión no podrá superar 120.000 UI por emisión, ni 360.000 UI en valores emitidos en régimen simplificado.

Asimismo, este límite no será aplicado si el inversor acredita contar con asesoramiento de una “institución” especializada en esa actividad y “se encuentra sujeta a regulación y supervisión de la Superintendencia de Servicios Financieros”, dice el proyecto.

“De un lado eliminás los requisitos económicos del emisor y algunos costos, aflojás la cincha en el emisor, y luego aflojás la otra cincha en el inversor. Cuando hacés cambios considerables en ambas puntas, pareciera que el resultado van a ser positivo”, concluyó Diana.

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