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IRAE: cambio para el inversor

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El gobierno pretende aumentar sus ingresos con los cambios tributarios. Foto: F. Ponzetto
Fachada del edificio sede de la Direccion General de Impositiva, DGI, ubicado en Fernandez Crespo y Colonia, Cordon, Montevideo, ND 20160711, foto Fernando Ponzetto
Archivo El Pais

El tope al descuento de pérdidas del pago del impuesto hace menos atractivo al país.

Dentro de los cambios tributarios que incluyó el gobierno en la Rendición de Cuentas no solo se afecta la renta personal —subiendo los aportes de los sueldos por encima de $ 50.000— sino también se introducen cambios en el Impuesto a la Renta de las Actividades Empresariales (IRAE), limitando el monto de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores que las empresas pueden deducir.

Este cambio para las compañías con actividad en Uruguay, las afecta en sus cálculos de rentabilidad y deja al país en otra situación en la comparación con los demás de la región a la hora de atraer inversiones en base al esquema tributario.

Mundialmente, el esquema para la deducción de pérdidas fiscales de años anteriores a la hora de liquidar la renta empresarial es conocido como "carry forward". Normalmente incluye un tope referido al porcentaje máximo que se puede descontar del impuesto y un plazo máximo para utilizar el beneficio (aunque muchos países optan por no introducir estas restricciones).

La normativa actual de nuestro país indica que las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores son deducibles a efectos del IRAE por un plazo de hasta cinco años contados a partir de la fecha de finalización del ejercicio en el que se generaron, sin tope en el descuento.

La nueva propuesta incluida en la Rendición de Cuentas acota la compensación de la renta fiscal obtenida con las pérdidas fiscales al 50% y no modifica el plazo para utilizar el beneficio.

Un informe del estudio Ferrere —al que accedió El País— explica que "en años de fuerte inversión, como han sido los últimos en nuestro país, este mecanismo (descontar pérdidas fiscales de ejercicios anteriores) ha sido muy utilizado". A su vez, indica que se trata de "una de las consultas frecuentes que realizan los potenciales inversores antes de instalarse en Uruguay".

En ese contexto, analiza que "el poder descontar pérdidas obtenidas en años anteriores significa una ventaja real frente a otros sistemas" que aplican distintos descuentos sobre la renta empresarial.

El gerente del Departamento de Impuesto de Ferrere, Fabián Birnbaum, dijo a El País que estos cambios "son una limitación importante" en los beneficios a los que acceden las empresas. Señaló que "si bien existen los topes (a la deducción de pérdidas fiscales) en otras jurisdicciones, no vemos que sea bueno" incorporarlo en nuestro país.

Agregó que el arrastre de pérdidas a nivel empresarial para descontarlas a futuro de los beneficios obtenidos, es un sistema "muy utilizado en todo el mundo, porque es común" tener ejercicios negativos sobre todo al iniciar un emprendimiento.

Mientras que el abogado Guillermo Sena del Departamento Tributario de Posadas, Posadas & Vecino expresó que "dependiendo de las características de la inversión, (la opción de deducir las perdidas fiscales pasadas) es un factor que puede influenciar mucho a la hora de llevar a cabo un emprendimiento".

Además, el especialista señaló que con este cambio normativo "Uruguay es menos atractivo de lo que era" para la atracción de inversiones.

El gerente del Departamento de Impuesto de Ferrere señaló que los cambios en el esquema de deducciones de la renta empresarial afectará las ganancias esperadas de los proyectos, que habían sido estimadas bajo otras reglas. Además, puede ocurrir que "prescriban pérdidas fiscales" de ejercicios anteriores, que las empresas planeaban deducir por el 100% y ahora no podrán.

Birnbaum manifestó que en ambos casos "son objetivos que deberían ser indeseados" por las autoridades del gobierno.

"Ahora quien va a estudiar la posibilidad de invertir en Uruguay deberá tomar en cuenta estos cambios, porque le pueden generar un mayor pago de impuestos y eso se traduce en una menor rentabilidad", señaló Birnbaum.

El especialista de Ferrere sostuvo que aunque con la modificación normativa el gobierno persigue objetivos recaudatorios, "nosotros lo vemos desde un punto de visto económico técnico inconveniente" y añadió que había "otras medidas" para tomar sobre el IRAE.

Como alternativa, planteó que se podría haber aplicado efectivamente una reducción en el porcentaje máximo del ejercicio que se puede deducir pero "extendiendo el período de prescripción, como una medida para balancear (los beneficios)".

Según las cifras divulgadas por el gobierno, se espera incrementar en unos US$ 100 millones la recaudación del IRAE por los cambios introducidos en la Rendición de Cuentas, que regirán desde el 2017.

Comparación.

De acuerdo al estudio de Ferrere sobre el tratamiento que se le otorga a las pérdidas fiscales en diversas naciones (ver cuadro), Uruguay pasará tras la vigencia de los cambios a integrar el grupo de países que ponen un tope sobre el total que se puede deducir de la renta empresarial. Compartirá esta categoría en Sudamérica junto con Brasil, Ecuador, Perú y Venezuela.

Dentro del continente, el único país que no brinda este tipo de beneficios a la hora de liquidar el tributo es Paraguay.

A su vez, Chile y Colombia son los únicos que en su legislación no establecen plazo límite ni tope para deducir pérdidas fiscales arrastradas de ejercicios anteriores.

Para tener referencias de otros continentes, en Europa tanto España como el Reino Unido tampoco aplican restricciones de años ni de monto sobre el descuento en la renta empresarial. "En los países desarrollados son 20 años de plazo o sin límite", dijo Birnbaum de Ferrere.

En Centroamérica, Panamá permite deducir hasta el 20% del beneficio del ejercicio, mientras que Puerto Rico y Costa Rica no tienen tope, aunque los tres países comparten la utilización de un límite para efectivizar el descuento (5, 10 y 3 años respectivamente).

Otro país que no establece un tope en los montos es México, pero tiene un plazo límite de 10 años.

La otra polémica por las deducciones: IRPF

En la Rendición de Cuentas también se incorporaron modificaciones en el esquema de deducciones del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Hasta ahora, estos descuentos se regían por diferentes tasas progresivas que empezaban en 10%, pero esto se cambiará: todos los sueldos por debajo de $ 50.000 podrán deducir un 10% y los de montos mayores un 8%.

Según un estudio del tributarista Gianni Gutiérrez de Ferrere Abogados publicado a principios de mes por El País, con estas variaciones habrá un mayor aumento del IRPF para las familias con hijos. Es que precisamente el monto deducible aumenta en base a la cantidad de hijos del trabajador, pero esto será absorbido por la fijación de tasas fijas de descuento y no progresivas.

El trabajo de Gutiérrez indicaba que el IRPF no considera en forma adecuada las cargas económicas asociadas con las familias. Por tanto sostenía que el ajuste es inconstitucional, ya que no respeta el principio de igualdad al gravar más a los que tienen mayores cargas familiares.

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El gobierno pretende aumentar sus ingresos con los cambios tributarios. Foto: F. Ponzetto

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