Durante los días 29 de marzo y hasta el 2 de abril, se realizó la 18 sesión del Comité Técnico de Valoración en Aduana de la OMA (Organización Mundial de Aduanas). En dicha reunión, expertos de diversos países y de la Cámara de Comercio Internacional expusieron sobre temas de alta importancia para el comercio mundial. Entre ellos, la exposición realizada por el representante de la Cámara de Comercio Internacional durante la reunión temática, la que versó sobre las transacciones realizadas entre comerciantes que pueden estar afectadas por cánones o derechos de licencia y el análisis del artículo 8.1 c) del acuerdo relativo al art. VII del Gatt y sus aplicaciones haciendo la siguiente síntesis:
a) no existe en el acuerdo una definición precisa del término "cánones" o "derechos de licencia". En la práctica, se definen caso por caso en función del motivo por el cual se efectúa el pago.
b) los cánones contemplados en el acuerdo pueden repartirse en distintas categorías en función: del tipo de derechos concedidos, del producto objeto de la licencia, de las partes del contrato, de la modalidad del cálculo y de pago de los cánones, del lugar de residencia del beneficiario y de la rama de producción.
c) el tratado de las disposiciones del acuerdo se ha realizado en el ámbito de la comunidad europea por medio de varios instrumentos disponibles en Internet.
d) la dificultad de incluir un importe en concepto de cánones que en general se desconoce en el momento de la importación ha llevado a nivel internacional a la aplicación de dos mecanismos: los valores provisionales y el tipo de ajuste.
e) el pago del cánon puede efectuarse por derechos relacionados con distintas actividades. Las condiciones de inclusión en el valor de aduana dependerán de cada tipo de cánon.