El plazo de BPS para que personas entre 40 y 49 años decidan sobre su jubilación: desafiliarse o no de su AFAP

El 28 de febrero finalizó el período de asesoramiento del Banco de Previsión Social para personas en este grupo etario afiliadas voluntariamente a una AFAP. Ahora, deben decidir si desafiliarse o no.

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Cartel del Banco de Previsión Social (BPS) en la fachada de su sede sobre la calle Colonia.
Banco de Previsión Social (BPS).
Foto: Leonardo Mainé/El País

Redacción El País
El Banco de Previsión Social (BPS) ofreció hasta el pasado 28 de febrero un período de asesoramiento para personas de entre 40 y 49 años de edad que están afiliadas voluntariamente a una AFAP y que ahora tienen la opción de desafiliarse, si así lo desean. BPS informa que este grupo tiene un plazo específico para ejercer la opción, o no, de revocar el artículo 8 de la ley 16.713.

Son aproximadamente 98.000 las personas comprendidas dentro de esta opción que brinda el BPS tras un cambio que introdujo la reforma previsional.

Ahora, quienes pueden optar entre continuar con el régimen que tenían o revocarlo tienen 90 días para tomar esa decisión, que se empezaron a contar a partir de la fecha del asesoramiento electrónico de cada uno.

¿Qué es el artículo 8 de la Ley 16.713?

El artículo 8 de la ley 16.713 regula la forma en que se distribuyen los aportes jubilatorios entre el BPS y la AFAP”, indica BPS en su sitio web oficial.

En su momento, las personas que no estaban obligadas por ley a aportar a una AFAP podían hacerlo voluntariamente, y como incentivo por participar de un régimen mixto, se les aplicaba una bonificación de hasta 50% en el cálculo de sueldo básico jubilatorio correspondiente al pilar del BPS.

Esto significa que sus aportes personales al régimen de jubilación se multiplicaban por 1,5 una vez configurada la causal, aumentando la prestación a cobrar.

Fachada del edificio sede del Banco de Previsión Social (BPS).
Banco de Previsión Social (BPS).
Foto: Estefanía Leal

Sin embargo, la reforma jubilatoria reciente (ley 20.130) establece que la bonificación del 50% puede dejar de aplicar a partir del año 2043.

Ahora, estas personas que optaron por aportar a una AFAP voluntariamente tienen 90 días para decidir si continuarán con el régimen que tenían, o lo revocan.

La reforma establece que, si el trabajador entre 40 y 49 años opta por continuar en el sistema mixto, deberá cambiar la distribución de sus aportes. Aportará a las AFAP cuando su sueldo supere los $ 90.855 (valor actual).

¿Qué implica revocar el artículo 8 de la Ley 16.713?

BPS informa que, “la revocación del artículo 8 implica cambiar la distribución actual de los aportes jubilatorios entre BPS y AFAP. Esto tendrá un impacto en el monto de la jubilación de BPS y de la renta AFAP. Esta decisión es de carácter irrevocable”.

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