El Senado voto ayer con 16 votos de 28 el proyecto de ley por el que se derogó el artículo 178 de la ley 16.713 de 1995 relacionado a las contribuciones de seguridad social de las empresas unipersonales. El artículo establecía que si una empresa registraba el contrato que tenía con una unipersonal y si en algún momento el Banco de Previsión Social (BPS) realizaba una inspección y detectaba que había una relación de dependencia encubierta, éste reliquidaría los impuestos de ahí en más pero no hacia atrás.
Los legisladores entendieron que con esta medida se alentaba a inscribir dichas relaciones aunque hubiese un vínculo encubierto porque así se evitaba pagar impuestos hacia atrás si descubría el caso. El Senado afirmó que "la exposición de motivos expresa el convencimiento que la derogación del artículo es una importante contribución a lo que la OIT define como relaciones laborales sanas y transparentes".