Economía envió ajuste y proyecto se aprobó con válvula de escape

Acciones al portador. Piden al Senado que le de visto bueno antes de junio

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El Ministerio de Economía envió a la bancada del Frente Amplio un cambio de último momento en el proyecto de ley de acciones al portador. Para los tributaristas con él se vuelve a permitir una "válvula de escape" para tener activos sin ser identificado.

Ayer en la Cámara de Diputados se votó la iniciativa por la que crea un registro de titulares de participaciones al portador con los 50 votos del Frente Amplio y la oposición de los partidos Colorado, Nacional e Independiente (ver aparte). El texto pasó al Senado para su consideración con el pedido de que se apruebe antes de fin de junio.

En la sesión se incluyó un cambio, respecto al texto votado en la Comisión de Hacienda, en el artículo 2° del proyecto a pedido del Ministerio de Economía, dijeron a El País fuentes del Frente Amplio.

La versión que finalmente fue votada en la cámara baja fue la sexta del proyecto, -desde que fue presentado por primera vez a fin del año pasado y luego retirado, modificado y enviado nuevamente- debido a los cambios que tuvo en la discusión parlamentaria.

La última modificación tiene que ver con un artículo que establece lo que deben hacer las entidades no residentes que tengan acciones al portador. El artículo votado en comisión -que a su vez había sido modificado- establecía que estaban obligadas a informar las entidades extranjeras con títulos al portador que estuvieran sujetas a inscribirse en el Registro Nacional de Comercio y "las restantes entidades no residentes que desarrollen actividades en territorio nacional".

Esto fue criticado por los tributaristas para quien la última parte -que fue modificada a pedido del Banco Central- era "incongruente" y eliminaba una "válvula de escape" para aquellos que por ejemplo quisieran tener inmuebles a través de una sociedad extranjera con acciones al portador sin ser identificados.

El texto finalmente votado ayer en Diputados establece que estarán obligados a informar "los titulares de participaciones patrimoniales en entidades no residentes" pero "siempre" que "cumplan alguna" de dos "condiciones".

La primera es que la entidad extranjera "actúe en territorio nacional a través de un establecimiento permanente" según la definición del "Texto Ordenado de 1996". El "establecimiento permanente" es "cuando existe la base fija de un negocio a partir de la cual se desarrollan actividades" que son capaces "de producir renta", indicó a El País el profesor de Fiscalidad Internacional del Posgrado de Especialización Tributaria en la Universidad Católica y socio del estudio Brum/Costa abogados, Leonardo Costa.

La otra condición del proyecto es que "radiquen en territorio nacional su sede de dirección efectiva" esto es "cuando en él radique la dirección y control del conjunto de sus actividades".

Para Costa este cambio es "muy bueno" porque "deja afuera" de la obligación de informar a "entidades que desarrollan actividades aisladas". "Con esto hay una válvula de escape" por la que "el titular de inmueble (a través de una sociedad extranjera al portador) no tendrá problemas", agregó.

El profesor de Tributación Internacional de la Universidad de Montevideo y socio del Departamento Tributario de Sanguinetti/Foderé Abogados, Carlos Loaiza dijo a El País que "este es un concepto mucho más preciso, está perfectamente definido en la normativa y da más certeza en cuanto a qué alcanza y qué no".

Coincidió con Costa en que con esta última versión del artículo 2° las empresas del exterior con títulos al portador que solo posean actividad inmobiliaria en Uruguay "no están comprendidas" en la obligación de registrar sus accionistas.

Para Loaiza esta redacción "tiene una ventaja doble" ya que se "conserva una válvula de escape" y "claramente permite pasar sin problemas la Fase I" del proceso de revisión entre pares sobre transparencia fiscal que Uruguay no pasó en octubre. Precisamente, la OCDE recomendó a Uruguay que debía poder conocerse quienes son los dueños y beneficiarios finales de títulos al portador. A raíz de eso, el gobierno envió este proyecto de ley al Parlamento. También porque se lo marcó la OCDE, Uruguay firmó un acuerdo de intercambio de información con Argentina.

"Tener esta válvula de escape es muy importante" señaló Loaiza. Es que por ejemplo, un argentino podría poseer un inmueble en Uruguay a través de una sociedad panameña con títulos al portador. De esa forma, si la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de Argentina pide sus datos, estos no estarán ya que la entidad no está registrada al no tener obligación de hacerlo.

El socio de Sanguinetti/Foderé dijo que con esto "se protege la construcción" pero no la actividad de "banca privada" o "triangulación" que hacen firmas argentinas. Indicó que "Argentina puede sentirse decepcionada porque su definición de establecimiento permanente es más abarcativa que la uruguaya" y eso "puede jugar en contra". Pero "Uruguay puede tener su estrategia defensiva en que su definición se plega a la de la OCDE".

Critican apuro del gobierno

El diputado blanco, Pablo Abdala dijo en la cámara baja que se "comparte" la "transparencia" buscada con el texto pero criticó "el instrumento". Abdala dijo a El País que el "apresuramiento del gobierno obedece a que el ministro (de Economía, Fernando Lorenzo) quiere llegar a Francia con esto aprobado". El País informó el miércoles que por pedido del presidente José Mujica, Lorenzo, viajará la próxima semana a París para solicitar a la OCDE que Uruguay pase de fase tras haber sido reprobado en octubre. Abdala dijo que habrá un "impacto" cuando todas las sociedades quieran registrarse a la vez.

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