BPS
El Banco de Previsión Social (BPS) dispondrá la denominada devolución Fonasa por aportes excedentes. ¿Cuándo estará disponible? ¿Cómo se consulta? ¿Cómo se cobra?
El Banco de Previsión Social (BPS) realizará a partir del lunes 23 de setiembre, la devolución Fonasa (Fondo Nacional de Salud), por aportes en exceso efectuados durante 2018.
El BPS estima que el número de beneficiarios es similar al de la campaña devolución Fonasa del año pasado. En 2018 fueron 145.734 personas las que estaban habilitadas a cobrar. Este año serán 141.148 trabajadores que recibirán la devolución Fonasa por un monto total de $ 4.474 millones. Eso implica $ 31.698 en promedio para cada persona.
El dinero a cobrar corresponde al excedente de aportes que hayan realizado trabajadores y jubilados durante el año pasado al Fonasa.
Además, el BPS informó que hay 28.496 personas que no cobraron sus devoluciones en años anteriores, por cerca de $ 369 millones y que pueden también hacerlo ahora.
¿Quiénes tienen devolución Fonasa?
u200bLe corresponde a aquellos cotizantes Fonasa, trabajadores, jubilados o pensionistas, cuyos aportes realizados en el año 2018 superen el tope máximo anual Fonasa.
¿Cómo se calcula ese tope? El tope surge de la suma del Costo Promedio Equivalente (CPE) mensual incrementado en un 25%, multiplicado por la cantidad de beneficiarios a quienes atribuye amparo (menores o mayores con discapacidad y cónyuge o concubino), por los meses del año 2018 en los cuales fueron beneficiarios.
El CPE fue de $ 2.744 desde enero a junio de 2018 y a $ 2.869 desde julio a diciembre del mismo año. Así, el tope por beneficiario alcanzó a $ 42.097 en 2018 (sumados seis meses de CPE a $ 2.744 y seis meses de CPE a $ 2.869 y el resultado multiplicado por 1,25).
Para saber cuánto le puede tocar por devolución Fonasa, hay que tener el monto aportado por ese concepto en todo 2018 y restarle el tope mencionado ($ 42.097 si es único beneficiario). La diferencia es la devolución.
La consultora PwC recordó en un informe que "teniendo en cuenta que los importes por concepto de devolución Fonasa son aportes personales que fueron considerados como deducciones para la determinación del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los trabajadores activos, se aplicará una retención del 8% por dicho concepto" sobre el monto a percibir.
El BPS señaló que "podrían tener devolución Fonasa los trabajadores con ingresos mensuales promedio superiores a $ 71.962, y los jubilados o pensionistas con ingresos mensuales promedio superiores a $ 77.959".
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¿Cómo puedo saber si tengo devolución Fonasa?
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Desde el 4 de setiembre en adelante, quienes cuenten con usuario personal en el BPS recibieron en su correo electrónico la información del monto disponible a cobrar. Si no tiene usuario personal BPS y quiere saber cuánto es lo que recibirá por devolución Fonasa, el instituto previsional explica de manera sencilla como obtenerlo.
Para saber solamente si se tiene o no devolución Fonasa, desde el 9 de setiembre estará disponible la información en la página web del BPS, donde solamente con la cédula de identidad y la fecha de nacimiento se puede saber si tiene algo para cobrar o no. La web específica dice si tiene o no devolución, aunque no informa el monto de la misma en caso de contar con ella.
La otra forma de saber si tiene o no devolución Fonasa (sin el monto) es llamando gratis a partir del 9 de setiembre al 0800 2016.
También se podrá consultar (siempre desde el 9 de setiembre en adelante) a través de la aplicación WhatsApp al número 092 366 272.
Algunos ejemplos sobre la devolución Fonasa
El BPS maneja algunos ejemplos de trabajadores y jubilados a los que les corresponde o no la devolución Fonasa.
Ejemplo 1
Un trabajador sin familiares a cargo, que aporta un 4,5% mensual de su salario por Fonasa con un sueldo promedio nominal mensual que es inferior a $ 71.962. No le corresponde devolución Fonasa.
Ejemplo 2
u200bUn trabajador sin familiares a cargo, que aporta 4,5% mensual de su salario por Fonasa con un sueldo promedio nominal mensual de $ 78.000. Le corresponde por devolución Fonasa $ 3.250.
Ejemplo 3
u200bUn trabajador con dos menores a cargo cuyo amparo al Sistema Nacional Integrado de Salud lo otorgan ambos padres y que aporta un 6% mensual de su salario por Fonasa y percibe un sueldo promedio nominal mensual de $ 120.000. Le corresponde por devolución Fonasa $ 8.652.
Ejemplo 4
Un jubilado o pensionista sin menores o mayores con discapacidad a cargo, aporta un 4,5% mensual de su pasividad por Fonasa, con un ingreso promedio nominal mensual menor a $ 77.959. No le corresponde devolución Fonasa.
Ejemplo 5
u200bUn jubilado o pensionista sin menores o mayores con discapacidad a cargo, aporta un 4,5% mensual de su pasividad por Fonasa, con un ingreso promedio nominal mensual igual a $ 82.000. Le corresponde por devolución Fonasa $ 2.183.
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¿Cómo se cobra la devolución Fonasa?
u200bEl cobro se realizará en forma similar a los años anteriores. En la campaña de este año, estará disponible a partir del 23 de setiembre, informó el BPS.
Si tiene una cuenta bancaria o de emisor de dinero electrónico (Redpagos, Anda o Creditel) podrán solicitar en el banco o institución respectiva (no hay que hacerlo ante el BPS), la devolución a través de una transferencia. Para cobrar el 23 de setiembre, debe hacer la solicitud hasta las 18 horas del 18 de setiembre.
Si en alguno de los años anteriores ya hizo esta opción u2014y este año también tiene devoluciónu2014 no tiene que volver a solicitarlo, salvo que haya cambiado de banco o institución.
Si no cuenta con cuenta bancaria o emisor de dinero electrónico, deberá presentarse con su documento de identidad en Abitab, Redpagos, Anda, Supermercados El Dorado o en tesorería de BPS (Colonia 1851 planta baja o Sarandí 570 subsuelo), según un calendario de acuerdo al dígito verificador (el que está después del guión) de la cédula. Desde el 23 de setiembre podrán hacerlo aquellos con dígito 0 o 1, desde el 24 aquellos con dígito 2 o 3, desde el 25 aquellos con dígito 4 o 5, desde el 26 aquellos con dígito 6 o 7 y desde el 28 de setiembre aquellos con dígitos 8 o 9.
Cabe tener en cuenta, que si la devolución Fonasa es mayor a 10.000 Unidades Indexadas (unos $ 40.275) el pago se realiza únicamente mediante depósito bancario o dinero electrónico (emitido por Red Pagos, Anda o Creditel).
En caso de fallecimiento del beneficiario, sus herederos pueden solicitar la liquidación de la devolución realizando el trámite de Haberes Sucesorios en el BPS.
¿Qué pasa si me aparece "devolución Fonasa retenida"?
El BPS explica que la devolución se retiene cuando hay "alguna situación que debe ser subsanada por parte del titular".
La devolución Fonasa puede figurar retenida por información incorrecta, "cuando existe una inconsistencia en los datos que constan en los registros de BPS, entre las personas vinculadas para la cobertura médica y el seguro de salud del beneficiario", explica el instituto previsional. Esta información debe ser arreglada por el usuario para habilitar el cobro de la devolución.
La otra causal por la que puede figurar retenida la devolución Fonasa es por deuda. Eso se da, según el BPS "cuando el organismo determina que existen obligaciones pendientes de pago por la actividad del beneficiario, como titular de unipersonal de industria y comercio, rural, servicio doméstico o construcción".