La Dirección General Impositiva (DGI) detectó que luego de que esta semana se firmase un convenio con la Dirección de Registros que establece que la información catastral estará a disposición de la oficina recaudadora se agilitó el cobro del Impuesto al Patrimonio cuyo plazo de pago se decidió prorrogar hasta el 3 de junio.
"Establecimos un sistema de entrega de números para el día siguiente e igual había colas impresionantes. Maravillosamente, entre comillas, comenzó a venir mucha gente que no estaba pagando, luego de que se informó del convenio con la dirección de Registros", dijo a El País el director de Rentas, Eduardo Zaidensztat. La prórroga no se extenderá más allá del 3 de junio, aseguró.
Ahora, la DGI se abocará con un grupo especial creado al efecto, a procurar el pago de aquellos contribuyentes que fueron convocados a actualizar su declaración (algo más de 1.400 en Montevideo) y no se presentaron paguen para lo que hará uso de las distintas bases de datos que tiene el Estado (intendencias, empresas públicas, Dirección de Catastro, etcétera). "Se van a seguir creando redes como se hizo con Catastro. La DGI podrá liquidar de oficio e ir a embargos específicos o genéricos. Solamente se podría volver a convocar a las personas que o estaban en el exterior o tenían problemas de salud", advirtió Zaidensztat. El funcionario reconoció que puede ocurrir que algunos directores de empresas o accionistas de sociedades anónimas no hayan recibido directamente los correos electrónicos que envió la DGI que pueden haber sido enviados a sus estudios contables y esa situación puede llegar a contemplarse.
ALCANCE. El Impuesto al Patrimonio representaba hasta ahora al 0,3% de la recaudación de la DGI y se aplica a personas físicas, sucesiones indivisas cuyos bienes superan los $ 21 millones y a familias con bienes por más de $ 42 millones. Las tasas que se aplican oscilan entre el 0,7% y el 3%..
El tributo recauda alrededor de U$S 10 millones anuales y es pagado por 6.000 contribuyentes de clase media-alta y alta.
"Queremos entrar en una etapa de educación y concientización, llegando a todos los potenciales contribuyentes del impuesto", señaló Zaidensztat.
No se consideran materia gravada por el Impuesto al Patrimonio los títulos públicos emitidos por el Banco Hipotecario o por el Banco Central. Sí se toman en cuenta a los efectos del cálculo inmuebles, vehículos, participaciones en empresas y deudas por las que no se tributa el Imaba. Las cédulas catastrales que se requieren para las declaraciones juradas que se pueden presentar hasta el 10 de junio se tramitan en la casa central de la DGI (Fernández Crespo y Colonia) o en la Dirección de Catastro, en Rondeau 1437.