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La Corte Suprema de Brasil adoptó decisión que puede liberar a Lula y a miles de presos

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Lula da Silva. Foto: AFP

BRASIL

Según se decidió este jueves, una pena de prisión sólo podrá ejecutarse cuando acabe todo el proceso de apelaciones.

La Corte Suprema de Brasil decidió este jueves que la prisión de una persona condenada solamente en segunda instancia es inconstitucional, lo que puede llevar a liberar a miles de presos, entre ellos el expresidente Luiz Inácio Lula da Silva.

Las deliberaciones del Supremo Tribunal fueron seguidas con enorme expectativa no solo en Brasil, sino en todo el mundo porque incluyen el caso de Lula, que además de los aspectos jurídicos, tiene amplias repercusiones políticas.

En la última elección presidencial, Lula no pudo ser candidato debido al procesamiento con prisión.

La decisión, adoptada por un ajustado resultado de 6 votos frente a 5, fue la conclusión de un complejo juicio en el que el tribunal alteró finalmente una jurisprudencia establecida en 2016, según la cual un condenado en segunda instancia ya podía ingresar a prisión, aún con apelaciones pendientes en otros dos tribunales superiores.

Sin embargo, según la decisión adoptada hoy, una pena de prisión sólo podrá ejecutarse cuando acabe todo el proceso de apelaciones, que en el caso de Lula, en la cárcel desde abril de 2018 y condenado a ocho años, aún contempla un último recurso, ya presentado y aún no juzgado en la propia Corte Suprema.

Cronología de Lula da Silva en prisión. Foto: AFP
Cronología de Lula da Silva en prisión. Foto: AFP

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En una situación similar, con apelaciones aún a la espera de una resolución, se calcula que están cerca de 5.000 presos por los más diversos delitos, entre los cuales figuran 38 políticos y empresarios condenados por la operación anticorrupción Lava Jato, que llevó a Lula a la cárcel, de acuerdo con lo que indicó el Ministerio Público Federal.

Según la decisión, que no valdrá para delitos violentos juzgados en tribunales populares, cada uno de esos casos deberá ser analizado individualmente y una vez que los abogados de cada recluso pidan una revisión, que en el caso de Lula pudiera no ser inmediata.

Desempate.

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La votación en la Corte había quedado empatada 5 a 5, pero la postura del presidente Dias Toffoli, quien fue el último en exponer su postura y en votar, destrabando la situación. Dias Toffoli, cambió de posición y votó en favor del cambio de jurisprudencia. Hace un tiempo había votado en sentido contrario, pero aclaró que su posición en este momento obedece a que no se enfoca ningún caso en particular, sino se aplica una regla general.

Dias Toffoli también consideró que en el caso de Lula, el propio fiscal Deltan Dallagnol expresó su opinión en favor de dejar de aplicar el régimen cerrado.

El alegato más firme en favor de la decisión que se ha adoptado fue formulado por el magistrado Gilmar Mendes, quien sostuvo que la decisión de 2016, que permitió la ejecución de la pena después de la segunda instancia, u201cinstitucionalizóu201d lo que calificó de u201cprisión preventiva de carácter permanenteu201d.

Según Mendes, u201cse consagró como un mantra la ejecución anticipada de la pena, cuando era apenas una posibilidadu201d, y hoy cerca de 5.000 personas están en la cárcel por los delitos más diversos, pese a que aún pueden apelar y ser declarados inocentes.

Mendes afirmó que u201cel caso de Lula es emblemáticou201d y que, así como u201cmostró que todo el sistema jurídico funciona malu201d, también u201ccontaminó el debateu201d y alentó a mantener la u201cinconstitucionalidadu201d que supone llevar a prisión a una persona cuando no se ha cumplido con todo el proceso de apelaciones que la Constitución establece.

El magistrado Celso de Mello, decano del tribunal, coincidió con Mendes y subrayó que u201cel Estado no puede actuar de forma abusivau201d y debe restringirse a u201clos límites que la Constitución imponeu201d.

En ese marco, subrayó que el texto constitucional brasileño u201ces clarou201d y dice que la pena de prisión sólo se cumplirá una vez que un proceso complete el llamado u201ctránsito en juzgadou201d (u201dcosa juzgadau201d en español), que es cuando ya no hay apelaciones posibles.

u201cDe esa manera se garantiza en su totalidad el principio de la prescripción de inocenciau201d, sostuvo Mello. (Con información de EFE y O Globo-GDA)

Visiones divergentes expuestas

A favor del cumplimiento de penas tras agotar todos los recursos:

-José Antonio Dias Toffoli, adujo que la condena en firme como condición del encarcelamiento fue votada por los legisladores que elaboraron la Constitución. u201cNo es un deseo del juez, no es un deseo de nadie como no sea el de los representantes del pueblo brasileñou201d, alegó.

-Gilmar Mendes criticó a los tribunales de Lava Jato, que consideraron u201cla posibilidadu201d de la prisión en segunda instancia como u201cun imperativou201d.

- Celso de Mello: u201cEl Estado no puede actuar de manera abusivau201d, pues u201cnada compensa la ruptura del orden constitucionalu201d, dijo.

A favor de la segunda instancia:

-Luis Roberto Barroso consideró que la imposibilidad de encarcelar a personas condenadas en segunda instancia favorece a quienes tienen los medios económicos para pagarse abogados.

-Luiz Fux: u201cUn hombre es investigado, luego es denunciado, luego condenado. Posteriormente, un tribunal de apelación confirma la condena. ¿Ese hombre va a llegar al STF con presunción de inocencia?u201d.

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