Usó una tarjeta de otro y fue a prisión

PABLO MELENDREZ

Las pericias técnicas constituyen un apoyo fundamental cuando los jueces penales deben decidir si una persona cometió o no un delito. Así, los peritos forenses especializados en medicina legal, tránsito y caligrafía -entre otros- son parte fundamental en los procesos penales al momento de encontrar las pruebas que incriminen o absuelvan a un indagado, ya que éste no está obligado a confesar si cometió un ilícito.

Sin embargo, y más allá de la conciencia que existe en el ámbito judicial acera de la importancia de la tarea que desarrollan los peritos -quienes se presume que en todos los casos actúan con independencia técnica-, muchas veces su trabajo es cuestionado, principalmente, por los abogados defensores.

Eso pasó en el caso de un jerarca de una de las oficinas administrativas del Palacio Legislativo que fue procesado y condenado luego de que se comprobara que utilizó para realizar varias compras, la tarjeta de crédito que se le había enviado a un compañero de trabajo.

La tarjeta de crédito llegó a la oficina el 3 de septiembre de 1999 a través de una empresa privada de distribución de correo. Casualmente, ese día se registró un brindis entre los funcionarios de la oficina, por lo que en el lugar había más personas de lo habitual lo que, a juicio de la defensa del condenado, pudo facilitar el error. Pero la pericia caligráfica solicitada por el juez que intervino en el caso, confirmó que el encargado de la repartición utilizó la tarjeta de crédito imitando la firma del verdadero titular, suscribiendo de la misma forma el correspondiente baucher (comprobante de la compra).

Por ello, en mayo de 2005 fue condenado en primera instancia a la pena de 14 meses de prisión por el delito de "falsificación de documento privado". Si bien no se pudo comprobar que el procesado fue quien recibió la tarjeta cuando se entregó en la oficina, sí se comprobó que la usó ilegítimamente.

Al apelar esa resolución, la defensa cuestionó la validez de la pericia caligráfica en base a la cual el juez fundamentó el fallo.

Pero ese argumento, al igual que el de la existencia de una persecución política interna en el Palacio Legislativo para perjudicar al encausado, fue rechazado por el Tribunal de Apelaciones que analizó el caso y que resolvió confirmar la condena.

"La pericia realizada por una profesional en Policía Técnica, no puede ser cuestionada porque no fue controlada, porque fue ordenada por el instructor y con conocimiento de la defensa. De modo que las críticas formuladas no son de recibo. Y menos si se desarrolló en forma tan escrupulosa como la de autos", consideraron los magistrados.

En el mismo sentido, el fallo señaló que ese estudio fue confirmado por especialistas del Instituto Técnico Forense, que en un análisis complementario señalaron que las firmas analizadas pertenecían al enjuiciado.

"Sería admisible la crítica si la pericia no hubiera sido realizada por profesional, sino por funcionario idóneo pero no calificado por su título", aclaró la sentencia.

De todos modos, la sala modificó la imputación, y condenó al hombre por el delito de "receptación", que se aplica en casos en los que una persona hace uso de un bien aún sabiendo que es robado o de dudoso origen, porque si bien "no es posible imputarle la sustracción de la tarjeta de crédito, es indudable que hizo uso de ella, conociendo que era hurtada".

Al filo de la ley

Condena por receptación

ficha

Tribunal de Apelaciones en

lo Penal de 1° Turno.

Fecha: 23 de junio de 2006.

Redactor: J. Ruibal Pino.

Firmantes: Milka Núñez y Ángel Cal.

Situación: un funcionario jerárquico del Palacio Legislativo falsificó la firma de un compañero de trabajo y realizó varias compras con su tarjeta de crédito.

Situación: fue condenado a 14 meses de prisión por el delito de "receptación".

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