Publicidad

Tristán Narvaja solo podrá vender frutas, verduras y otros alimentos

Compartir esta noticia
Las mini sandías son las vedettes y se llevan por $50. Foto: El País

COVID-19

El Departamento de Desarrollo Económico de la Intendencia de Montevideo resolvió delimitar el horario de funcionamiento de los puestos de venta de alimentos en la vía pública.

En los últimos días las aglomeraciones de personas en distintas ferias se convirtieron en un dolor de cabeza para las autoridades. Es que para frenar la propagación del Covid-19 es clave mantener la distancia social, cosa que en esos lugares es casi imposible lograr.

Para tratar de poner un freno a este tipo de situaciones, este martes el Departamento de Desarrollo Económico de la Intendencia de Montevideo resolvió, de acuerdo a lo que indicó a través de un comunicado, delimitar el horario de funcionamiento de los puestos de venta de alimentos en la vía pública.

Esto regirá mientras dure la emergencia sanitaria, establecida por el gobierno nacional el pasado 13 de marzo, cuando se confirmaron los primeros cuatro casos de coronavirus en Uruguay.

La comuna agregó que en la feria de Tristán Narvaja u2013que el domingo pasado fue visitada por muchas personas pese al pedido del gobierno- u201csolo se habilitará la venta de frutas, verduras y otros alimentos comprendidos en la canasta básica familiaru201d. Esto también incluye productos de higiene personal y del hogar.

Los puestos callejeros deberán funcionar entre las 6 y las 14 horas, u201cdebiendo realizar su desinstalación de forma inmediata una vez cumplido el horario establecidou201d, marca la IMM.

En tanto, los que trabajen en ferias alimentarias tendrán que u201cgarantizaru201d una distancia mínima entre clientes de al menos 1,5 metros en las u201cáreas de circulaciónu201d.

u201cLos puestos callejeros de venta de frutas y verduras podrán conservar sus dimensiones autorizadas, siempre y cuando también garanticen una distancia mínima entre clientes de por lo menos un metro y mediou201d, indica.

El Servicio de Convivencia Departamental de la comuna será el encargado de controlar el cumplimiento de estas disposiciones, y podrá impedir el funcionamiento de los puestos que no cumplan con las condiciones de higiene exigidas.

u201cTambién podrá intervenir, retirar, disponer el retiro, incautar o prohibir la venta y consumo de todos los elementos y mercaderías que se encuentren en infracciónu201d, agrega el comunicado.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad