Redacción El País
La Corte Constitucional de Italia hizo lugar al recurso presentado por el Tribunal Administrativo Regional Emilia-Romaña que cuestionaba la legitimidad constitucional del artículo que exige un examen para demostrar conocimientos lingüísticos a fin de obtener la ciudadanía italiana.
La sentencia del Tribunal Constitucional italiano, presentada el pasado 7 de marzo, afirma que "la norma que exige para obtener la ciudadanía —por matrimonio o naturalización— demostrar un conocimiento de nivel intermedio del italiano para cualquier extranjero, sin excluir a quien objetiva y documentadamente no está en condiciones de adquirirla debido a una discapacidad, viola el principio de igualdad", tal y como publicó el medio italiano NT Diritto.
El recurso presentado por el Tribunal Administrativo Regional Emilia-Romaña señalaba que, imponer el requisito de conocimientos lingüísticos de italiano para obtener la ciudadanía impide que puedan acceder a ella "aquellos sujetos que, por la imposibilidad de aprender la lengua a causa de graves discapacidades y déficits cognitivos".
Así, se declaró inconstitucional el artículo 9.1 de la Ley nº 5 de febrero de 1992. 91 "en la parte en que no exime de la prueba de conocimiento de la lengua italiana al solicitante [de ciudadanía] afectado por graves limitaciones en la capacidad de aprender la lengua resultantes de la edad, patologías o discapacidades atestiguadas por una certificación emitida por el establecimiento de salud pública".
Cómo solicitar la ciudadanía italiana en Uruguay
La Embajada Italiana en Montevideo dispone de diferentes vías para solicitar la ciudadanía. La principal es la ciudadanía iure sanguinis (por derecho de sangre), que se basa en el principio el cual el hijo nacido de padre o madre italiana es ciudadano italiano.
Para estos casos, la documentación necesaria para solicitar la ciudadanía es la siguiente:
- Partida de nacimiento del ascendiente que da origen al trámite de reconocimiento de la ciudadanía, expedido por el Municipio del lugar de nacimiento.
- Certificado de la Corte Electoral que acredite la obtención o no de la ciudadanía legal uruguaya, legalizado y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Uruguay.
- Partida de matrimonio. En caso que se hubiera casado en Italia se presentará la partida expedida por el municipio italiano competente.
- Partida de defunción.
Para todos los descendientes en línea recta hasta el último de los solicitantes se deberán presentar en original y con su correspondiente traducción al italiano:
- Partida de nacimiento
- Partida de matrimonio
- Sentencia di divorcio
- Partida de defunción
Las partidas expedidas por la Dirección General del Registro de Estado Civil y por las Intendencias Municipales de todo el país deberán ser legalizadas y apostilladas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
El día de la cita el interesado deberá presentar cédula de identidad uruguaya vigente con fotocopia y prueba de domicilio.
Además, según indica la Embajada de Italia, se recomienda programar una entrevista con uno de los tres siguientes patronatos para verificar que la documentación a presentar en la Embajada esté completa:
- Patronato ACLI (montevideo@patronato.acli.it)
- Patrocinio INAS (inas@adinet.com.uy)
- Patronato INCA-CGIL (patronatoincacgil@vera.com.uy)
En caso de querer solicitar la ciudadanía italiana por matrimonio, aquí se encuentran los detalles.