Quiénes son los uruguayos que tienen un feriado hoy viernes 28 de noviembre de 2025

Este viernes 28 de noviembre hay un feriado laborable pago para los trabajadores de un rubro específico. Mirá quiénes en Uruguay están comprendidos bajo este asueto y cómo les afectará.

Personas descansando en un día de calor en Montevideo.
Personas descansando en un día de calor en Montevideo.
Foto: Juan Manuel Ramos/Archivo El País.

Este viernes 28 de noviembre de 2025 es un feriado en Uruguay para los trabajadores de un sector específico por la conmemoración del Día del Trabajador de Edificios en Zonas Balnearias.

Este asueto será el último feriado especial que tendrá este penúltimo mes del año.

Según el Mtss, fue establecido por la Cuarta Ronda 2010 del grupo 19: "Servicios profesionales, técnicos, especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", subgrupo "Personal de edificios de propiedad horizontal".

Para este asueto, en el caso de los trabajadores que presten funciones en zonas balnearias, el feriado será el 28 de noviembre y tendrá carácter de feriado laborable pago, indica la página web del Mtss.

¿Cómo se paga por trabajar en este feriado?

Persona contando billetes de pesos uruguayos.
Persona contando billetes de pesos uruguayos.
Foto: Archivo El País.

El efecto de los feriados laborables en cuanto a la remuneración depende de si el trabajador es jornalero o mensual, tal como informa el Pit-Cnt.

"Cuando en estos días se detiene la actividad, el trabajador que gana salario por día no cobra su jornal”, mientras que el trabajador que gana un salario mensual cobra el mismo sueldo de siempre", indica la central sindical.

"Si se trabaja, el jornalero cobrará por ese día, pero al mensual no se le paga más de la cantidad fija", agrega.

¿Cuál será el próximo feriado en Uruguay?

El próximo feriado que afectará a todos los uruguayos será en diciembre, y además será el último en este año 2025. Se trata de Navidad, conocida oficialmente como "Fiesta de la Familia". Este feriado no se corre de fecha y es no laborable, por lo que los uruguayos que no trabajan ese día cobran igual. Pero, de trabajar, el trabajador debe percibir una remuneración doble, como establece el artículo 18 de la ley N° 12.590.

Madre e hija armando el árbol de Navidad.
Madre e hija armando el árbol de Navidad.
Foto: Freepik.

Este mismo régimen aplica para los feriados que se celebran el 1º de enero, 1º de mayo y 25 de agosto.

Por otro lado, ya se conocen las fechas para todos los feriados que habrá en Uruguay en 2026. Para ver la lista de asuetos del año que viene, hacé clic en este enlace.

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