Reforma: dudas sobre la nueva institucionalidad

Los cambios institucionales en los aspectos sanitarios que introduce el Seguro Nacional Integrado de Salud, así como cuándo corresponden los beneficios tienen desconcertados a muchos uruguayos.

Mediante preguntas en el portal de El País Digital (www.elpais.gub.uy) los lectores pueden formular preguntas que serán respondidas los domingos por expertos de la consultora Tea Deloitte & Touche.

Si una persona ya es afiliada a una mutualista desde antes del 1° de enero de 2008, ¿debe hacer algún trámite para "quedarse" allí o simplemente sigue automáticamente?

Si antes de la entrada en vigencia del nuevo Sistema Nacional Integrado de Salud el trabajador ya contaba con afiliación mutual a una IAMC por su aportación al FONASA (ex DISSE), el cambio de sistema se configurará en forma automática no teniendo que realizar trámites extras, pues el BPS ya cuenta con la información de este trabajador.

Trabajo en ANEP, ¿nos corresponde descuento por el SNIS a partir de 1° de enero 2008?

Los trabajadores que pertenecen a ANEP no están considerados en el SNIS en esta primera etapa, pero sí se prevé que queden incluidos posteriormente. La fecha de inscripción al nuevo sistema les será comunicada antes del 1º de marzo de 2008.

¿Me gustaría saber, si ahora puedo cambiar de mutualista?

Si bien el nuevo sistema de salud busca terminar con el antiguo "corralito", en el cual, una vez que la persona realizaba la opción no podía cambiar de institución médica, actualmente este cambio no se puede realizar. Se estima que en un futuro sí se podrá, y el BPS será quien comunique cuando se podrá efectivizar el cambio.

Yo soy socio del CASMU. Tengo más de 25 años de socio ininterrumpidamente. Mis derechos y beneficios son muchos. Yo elegiré seguir en el CASMU. ¿El porcentaje que me descontarán del sueldo, cubrirá todos los derechos y beneficios que hoy cubre la cuota que pago?

De acuerdo a lo comentado en una pregunta anterior, la cuota mutual que pague el FONASA al CASMU, en este caso, cubrirá ciertas prestaciones que están por definirse en la Reglamentación de la Ley 18.211.

Por lo tanto aquellos derechos que mantenía y que no queden contemplados en las prestaciones que el FONASA proporciona deberán ser pagados en forma adicional.

Mi mamá es jubilada. Yo le pago la cuota de su mutualista particular. La pregunta es: ¿a partir de enero debo seguir pagando la mutualista o le viene descontado de la jubilación? ¿Si es esto último, cuánto le descuentan?

Son beneficiarios del SNIS aquellos que se jubilen con posterioridad al 1º de enero de 2008 y aquellos jubilados con anterioridad a la fecha mencionada que se hayan desempeñado como: 1) dependientes, y sus ingresos no superen por todo concepto los $ 4.459,60 (valor a diciembre 2007), o 2) no dependientes y sus ingresos no superen, por todo concepto, las 2,5 BPC ($4.090 - valor a diciembre 2007).

Si su madre cumple con una de las condiciones anteriores, será entonces beneficiaria del SNIS y el descuento dependerá de cuando se haya jubilado.

Si se jubiló antes del 1° de enero de 2008 será del 3%. Sin embargo, si se jubila después, aportará el 3% si sus ingresos son menores a 2,5 BPC, o en caso contrario aportará un 6% si tiene hijos menores o mayores con discapacidad a cargo o un 4,5% en caso que no los tenga.

Soy una jubilada de 77 años y estoy pagando una cuota con mucho esfuerzo en La Española, y me gustaría saber si estoy contemplada con alguna rebaja. Mi cuota es de 1.200 pesos y gano 8.000 pesos de jubilación.

Dado que el monto de la jubilación está por encima de los topes establecidos para el SNIS, no es beneficiaría del nuevo sistema de salud y por ende deberá seguir pagando la cuota a la mutualista como lo venía haciendo hasta el momento.

¿Los pensionistas, por fallecimiento de nuestro esposo con 29 años de aporte, tendremos algún día derecho a sociedad médica?

En esta primera instancia los pensionistas no se encuentran amparados al FONASA y en consecuencia no tienen el derecho de afiliación por el SNIS.

¿El hijo menor de 18 años debe estar en la misma mutualista que su padre? ¿Pueden estar en diferentes? ¿Es lo mismo el sector público que el privado?

Los hijos menores a cargo pueden estar afiliados a una institución distinta a la de sus padres. Uno de los pilares del SNIS es la libre elección del prestador de salud.

Habrá ciertas prestaciones en común entre los prestadores de servicios de salud públicos y privados, pues deberán cumplir con ciertos estándares que se fijarán en la reglamentación.

Por lo tanto le corresponde a cada usuario del sistema interiorizarse de las prestaciones que ofrecen cada institución o ASSE o seguro integral privado.

Nuevo sistema de Salud. Cómo juegan ahora los servicios públicos y privados, quiénes acceden a las mutualistas y qué beneficios se obtienen o se mantienen a los que ya son usuarios, son parte de las interrogantes de los ciudadanos ante el cambio.

Prestaciones únicas en el SNIS

Si tengo Carné de Asistencia de Salud Pública, ¿me puedo atender en una mutualista y cuánto tengo que pagar si es que puedo?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que una persona que no aporta al FONASA no es beneficiaria del SNIS. Si tiene carné de asistencia de Salud Pública, continuará siendo atendida allí. Si desea atenderse en una mutualista deberá pagar por sus servicios.

Si aporta al FONASA, es beneficiario del SNIS, y no hizo uso de la opción, podrá optar por ASSE, una institución de asistencia médica colectiva o un seguro integral privado.

Si ya hizo uso de la opción por un régimen de cobertura asistencial en forma expresa, no se va a poder cambiar el régimen escogido en esa primera instancia.

Interesa señalar que todos los prestadores de servicios incluidos en el SNIS cubrirán programas integrales de prestaciones que serán aprobados por el MSP. Para conocer el contenido de dichos programas debe esperarse a conocer lo que determine la Reglamentación de la Ley 18.211 que creó el SNIS.

La reglamentación incluirá una lista taxativa de prestaciones primarias que se incluyen dentro de los mencionados programas asistenciales.

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