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Tenencia compartida: organizaciones la ven “dañina” para menores víctimas de violencia

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Protesta de padres a favor de la tenencia compartida frente a la Suprema Corte de Justicia. Foto: Darwin Borrelli
Protesta del movimiento Todo por nuestros hijos, que integran padres que promueven la tenencia compartida de hijos luego de un divorcio en el que no hay acuerdo entre los progenitores, frente a la Suprema Corte en Montevideo, ND 20190617, foto Darwin Borrelli - Archivo El Pais
Darwin Borrelli

CONTRACARA

Tras el consenso en la coalición para dar luz verde al proyecto de ley de Corresponsabilidad en la Crianza, organizaciones denuncian que el proyecto "silencia la voz de los niños".

En la coalición de gobierno se llegó a un acuerdo totalen torno al proyecto que busca establecer la tenencia compartida de los menores de edad como un principio jurídico. Sin embargo, varias organizaciones sociales señalan el proyecto de Corresponsabilidad en la Crianza como "dañino". "Se pone en riesgo la situación de niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia", detalla un comunicado.

"El nuevo proyecto de ley mantiene en su articulado aspectos que atentan contra el interés superior del niño, ‘forzando’ las visitas a los niños de las personas que ejercen violencia y omitiendo la responsabilidad del Estado de protección contra toda forma de violencia. ¿Un adulto mantiene visitas obligatorias con una persona violenta? ¿Por qué obligar a los niños a repetir las situaciones de violencia?", señalan las organizaciones. Estas son el Comité de los Derechos del Niño del Uruguay; la Asociación Nacional de Organizaciones no Gubernamentales; la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual; la Red Pro Cuidados; el Comité Latinoamericano para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cladem) y la Intersocial Feminista.

Según datos recogidos por el Sistema Integral de Protección a la Infancia y a la Adolescencia contra la Violencia (Sipiav), hubo 7035 casos de violencia (maltrato, abuso sexual y explotación sexual) en 2021. Con base en esta cifra, que "ha seguido en aumento", las organizaciones sociales expresan que en el proyecto de ley de Corresponsabilidad en la Crianza "prima el interés de los adultos por mantener el vínculo con los hijos sin las garantías necesarias de protección para los niños víctimas de violencia".

Además, denuncian que "ninguna de las consideraciones aportadas
por diversos especialistas al grupo de parlamentarios fueron tomadas en cuenta", entre ellas las de la Facultad de Derecho de la UDELAR a través del Instituto de Derecho de Familia, la Facultad de Psicología, la Asociación de Magistrados del Uruguay, la Asociación de Defensores de Oficio, UNICEF y la Institución Nacional de Derechos Humanos.

"Exigimos que en cumplimiento de la responsabilidad que tiene el Estado de proteger y garantizar derechos de niños, niñas y adolescentes, especialmente el de vivir una vida libre de violencia, no se vote en el Parlamento esta ley que daña la infancia", solicita el texto firmado por el Comité de los Derechos del Niño del Uruguay; la Asociación Nacional de Organizaciones no Gubernamentales; la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual; la Red Pro Cuidados; el Comité Latinoamericano para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cladem) y la Intersocial Feminista..

El proyecto de ley

El consenso en la coalición para elaborar el proyecto de ley de tenencia compartidallegó después de una larga discusión que tuvo, principalmente, dos partes enfrentadas. De un lado, los senadores del Partido Nacional y Cabildo Abierto, interesados desde un principio en aprobar este proyecto -que en un inicio eran dos y luego se fusionó en uno solo-; y, del otro, al Partido Colorado, pero sobre todo el sector Ciudadanos, que desde el arranque manifestó sus dudas respecto al rol y la relevancia que se le daba a la figura del menor y el peso de su opinión en los litigios por su tenencia.

El consenso quedó evidenciado especialmente en el artículo 3 del proyecto, al que accedió El País. Allí se establecen “todos los parámetros” que la Justicia deberá tener en cuenta antes de fijar el régimen de tenencia compartida.

Así, antes de definir cualquier juicio por la tenencia, tendrán que darse todas las garantías de que la opinión del menor se recabe “en un ámbito adecuado y adoptándose todas las medidas para garantizar que la misma sea expresión de su voluntad reflexiva y autónoma”. Y que “bajo su más seria responsabilidad funcional, el juez siempre deberá oír y tener en cuenta la opinión del niño o adolescente”.

También se define que cualquier decisión que determine la corresponsabilidad en la crianza debe tomarse luego de analizar “la vinculación afectiva entre el niño o el adolescente y sus padres y otras personas de su entorno familiar”, además de “recomendaciones que surjan de informes del defensor” del menor, “así como de otros profesionales idóneos, en caso de ser necesarios a juicio del juez”.

Pero no es lo único, porque en la lista de condiciones a ponderar también está “la distancia” entre los domicilios de los padres en pugna y “cualquier otro factor que, atendiendo a las circunstancias del caso, contribuya en beneficio del interés del niño o el adolescente”.

Asimismo, se establece que en caso de que los menores en cuestión “se encuentren en etapa de lactancia, el régimen de tenencia dispuesta deberá contemplar esta realidad”.

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