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Coalición logra acuerdo interno y Senado se apresta a votar ley de tenencia compartida

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Persona con una remera sobre la tenencia compartida. Foto: Fernando Ponzetto.
Protesta de grupo de padres que integran la organizacion Todo por nuestros hijos ya, frente a la Suprema Corte de Justicia en reclamo por la tenencia compartida sus hijos, Montevideo, ND 20170821, foto Fernando Ponzetto - Archivo El Pais
Fernando Ponzetto/Archivo El Pais

CONSENSO

En el proyecto quedaron fijados “los parámetros” que deberán ponderarse para otorgar la crianza alternada.

Como suele decirse en estos casos, finalmente hubo “humo blanco”. Tras muchos idas y vuelta, marchas y contramarchas, en la coalición de gobierno se llegó a un acuerdo total en torno al proyecto que busca establecer la tenencia compartida de los menores de edad como un principio jurídico.

La noticia fue anunciada en Twitter por la senadora nacionalista Carmen Asiaín -principal impulsora de la iniciativa, y quien estuvo a cargo de las negociaciones. Mediante una foto del texto del proyecto con la firma de todos los senadores del oficialismo, la legisladora anunció que “el martes próximo” se votará la iniciativa en la Comisión de Constitución y Código del Senado.

Otra legisladora que celebró el anuncio -también en Twitter- fue la blanca Graciela Bianchi, que adelantó: “Rápidamente lo presentaremos en cámara y lo aprobaremos. ¡Todo llega!”.

Es que fue el fin de una larga discusión que tuvo, principalmente, dos partes enfrentadas. De un lado, los senadores del Partido Nacional y Cabildo Abierto, interesados desde un principio en aprobar este proyecto -que en un inicio eran dos y luego se fusionó en uno solo-; y, del otro, al Partido Colorado, pero sobre todo el sector Ciudadanos, que desde el arranque manifestó sus dudas respecto al rol y la relevancia que se le daba a la figura del menor y el peso de su opinión en los litigios por su tenencia.

El consenso quedó evidenciado especialmente en el artículo 3 del proyecto, al que accedió El País. Allí se establecen “todos los parámetros” que la Justicia deberá tener en cuenta antes de fijar el régimen de tenencia compartida.

Así, antes de definir cualquier juicio por la tenencia, tendrán que darse todas las garantías de que la opinión del menor se recabe “en un ámbito adecuado y adoptándose todas las medidas para garantizar que la misma sea expresión de su voluntad reflexiva y autónoma”. Y que “bajo su más seria responsabilidad funcional, el juez siempre deberá oír y tener en cuenta la opinión del niño o adolescente”.

También se define que cualquier decisión que determine la corresponsabilidad en la crianza debe tomarse luego de analizar “la vinculación afectiva entre el niño o el adolescente y sus padres y otras personas de su entorno familiar”, además de “recomendaciones que surjan de informes del defensor” del menor, “así como de otros profesionales idóneos, en caso de ser necesarios a juicio del juez”.

Pero no es lo único, porque en la lista de condiciones a ponderar también está “la distancia” entre los domicilios de los padres en pugna y “cualquier otro factor que, atendiendo a las circunstancias del caso, contribuya en beneficio del interés del niño o el adolescente”.

Asimismo, se establece que en caso de que los menores en cuestión “se encuentren en etapa de lactancia, el régimen de tenencia dispuesta deberá contemplar esta realidad”.

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