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Mieres sobre decreto de ocupaciones: "Se busca homogeneizar situación" de públicos y privados

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Trabajo: el 20% de los trámites se hicieron por web en 2017. Foto: Archivo El País
Fachada del edificio del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, MTSS, ND 20111031, foto Leonardo Carreño
Archivo El País

MINISTRO DE TRABAJO

El gobierno derogó mediante un decreto dos normativas anteriores que regulaban las ocupaciones de lugares de trabajo.

El gobierno derogó mediante un decreto dos normativas anteriores que regulaban las ocupaciones de lugares de trabajo, e instaló un procedimiento de conciliación y posible desalojo ante la ocurrencia de medidas de ese tipo tanto en el ámbito público como privado.

Con este decreto se reglamenta lo dispuesto en el artículo 392 de la Ley de Urgente Consideración que estableció que "el Estado garantiza el ejercicio pacífico del derecho de huelga, el derecho de los no huelguistas, a acceder y trabajar en los respectivos establecimientos y el derecho de la dirección de las empresas a ingresar a las instalaciones libremente".

Según la nueva normativa firmada por el presidente Luis Lacalle Pou y los ministros de Trabajo Pablo Mieres e Interior Jorge Larrañaga, los decretos N° 165/006 y N° 354/010 , que quedan derogados, "proponen un tratamiento desigual respecto de las ocupaciones de lugares de trabajo" entre lo público y lo privado ya que por un lado en el caso de establecimiento privado "suponen una modalidad del ejercicio del derecho de huelga" y en el sector público “ocurrida una ocupación por parte de trabajadores de una dependencia pública, cualquiera sea la naturaleza jurídica de ésta, se procederá por el jerarca de la misma a solicitar el desalojo”.

En este sentido, el nuevo decreto establece que "ocurrida una ocupación por parte de trabajadores de una dependencia pública, cualquiera sea la naturaleza jurídica de ésta, o de una empresa o institución privada, el jerarca o empleador podrá solicitar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social su intervención". Y en ese caso el Ministerio de Trabajo "podrá convocar a una instancia de conciliación en plazo perentorio, sin perjuicio de intimar en cualquier momento, antes, durante o después de esa instancia, a la desocupación en forma inmediata, bajo apercibimiento del uso de la fuerza pública".

En caso de persistir la ocupación las autoridades podrán solicitar el Ministerio del Interior "el desalojo inmediato de los ocupantes", sostiene el decreto, que aclara que "idéntico procedimiento se aplicará para aquellos casos en que los ocupantes no fueren funcionarios o empleados de la dependencia, empresa, institución o establecimiento ocupado".

El ministro de Trabajo, Mieres, dijo a El País que "lo que se busca es homogeneizar la situación con respecto a los trabajadores públicos y privados".

"Nosotros informamos que íbamos a reglamentar el artículo de la LUC y lo conversamos y negociamos con el PIT-CNT y las Cámaras, o sea que ellos sabían", afirmó Mieres, quien agregó que "incluso tuvimos cambios en la redacción en más de una oportunidad en el sentido de la búsqueda de lo que se dice siempre del diálogo previo con los actores e incluso acá con este decreto lo que hacemos es recoger una preocupación del actor sindical que tenía que ver con el hecho de qué ocurría cuando estábamos en una hipótesis de hecho que violaba el artículo de la LUC y lo que se pedía era que se supiera exactamente si iba a actuar el Ministerio de Trabajo". El ministro de Trabajo explicó que lo que se estableció es que Trabajo "va a actuar en primer lugar y solo si no logra que haya un cambio en la actitud de quienes están violando la norma en ese caso se da cuenta al Ministerio del Interior; esto es, el empleador no debe apelar al Ministerio del Interior sino al Ministerio de Trabajo, y es el Ministerio de Trabajo el que luego tiene que, si no logra resultados, avisar a Interior". 

Pablo Mieres, ministro de Trabajo. Foto: Francisco Flores
Pablo Mieres, ministro de Trabajo. Foto: Francisco Flores

Mieres dijo que "obviamente el PIT-CNT no está de acuerdo" con la modificación planteada respecto de la normativa anterior, pero tanto el artículo de la LUC como el decreto "están en línea con las definiciones de OIT". "Esa discusión la dimos en la campaña electoral y todos los partidos de la coalición anunciamos que íbamos a modificar esas normas que suponían un manejo abusivo de formas de conflicto que coliden con los derechos y acá el tema es compatibilizar los derechos: el derecho del huelguistas a hacer huelga, que no se toca, pero tiene límites en cuanto a qué formas de conflictividad expresa para hacer valer ese derecho de huelga porque hay trabajadores que no comparten la huelga y que quieren trabajar y tienen derecho a ingresar a sus lugares de trabajo y hay empleadores que no pueden ser excluidos de su derecho a acceder a las instalaciones".

Lea a continuación el texto completo de la medida.

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