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Corte Electoral informó que "no puede garantizar el normal desarrollo de las elecciones"

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Corte Electoral. Foto: Marcelo Bonjour | archivo El País
Edificio sede de la Corte Electoral de la Republica Oriental del Uruguay, ubicado en Ituzaingo 1467, Ciudad Vieja, Montevideo, ND20190710, foto Marcelo Bonjour - Archivo El Pais
Marcelo Bonjour/Archivo El Pais

POR CORONAVIRUS

El motivo son las dificultades que generan las restricciones por el coronavirus para preparar las elecciones departamentales del próximo 10 de mayo.

La Corte Electoral informó este martes a los representantes de los partidos políticos las dificultades que generan las restricciones por el coronavirus para preparar las elecciones departamentales del próximo 10 de mayo.

En una resolución firmada por su presidente Wilfredo Penco, la Corte Electoral asegura que "no puede asegurar el normal desarrollo del proceso y de la jornada electoral del 10 de mayo".

Tanto el Frente Amplio, en sus tres candidatos (Daniel Martínez, Carolina Cosse y Álvaro Villar), como la coalición multicolor represantada por Laura Raffo, decidieron suspender sus actos de campaña.

Los representantes de los tres principales partidos políticos, en declaraciones recogidas por Telemundo, dieron sus impresiones al respecto.

"Somos los partidos políticos los que debemos intercambiar para ver cómo superamos esta situación. Hay una disposición constitucional. En el caso de que se llegue a acuerdo de prorrogar, interpretación de esa norma o reforma constitucional", señaló Javier Miranda, del Frente Amplio.

"Hay distintas alternativas y hay que estudiarlas, todo dentro del marco de la Constitución", agregó.

Por su parte Julio María Sanguinetti, del Partido Colorado, explicó: "¿Qué se puede hacer? Por dos tercios de votos se puede, por ejemplo, establecer que el voto no es obligatorio. Se podría intentar una ley constitucional, pero eso requiere un plebiscito, en virtud del cual se postergaría la elección o se haría junto con la elección. No hay ninguna solución sencilla para que la Constitución se cumpla. Evidentemente es un vacío en la Constitución".

El nacionalista Pablo Abdala, en tanto, dijo que "todo parece indicar que la solución que se adopte no será una solución sencilla, por lo menos desde el punto de vista de la regularidad jurídica".

"La Constitución es muy categórica, tanto cuando establece la fecha de las elecciones como cuando establece los plazos de mandato de las autoridades departamentales y municipales. Por lo tanto, no será fácil encontrar una solución totalmente arreglada a la Constitución, digámoslo claramente", agregó.

MÁS

El comunicado de la Corte Electoral

De nuestra consideración

La Corte Electoral, en sesión del día de la fecha, comenzó a analizar el impacto de la declaración de la Emergencia Sanitaria decretada por el gobierno nacional en el cronograma de tareas aprobado oportunamente para la organización de las elecciones departamentales y municipales del 10 de mayo de 2020.

La primera conclusión a que se arribó, es que en un escenario cambiante día a día, las medidas sugeridas para atender la emergencia sanitaria afectan el referido cronograma de tareas.

Atento a ello, la Corte Electoral, entiende oportuno y necesario poner la situación en conocimiento del sistema político a efectos de que se evalúen las medidas que correspondan con respecto a las referidas elecciones departamentales y municipales.
En primer lugar, es claro que la aplicación de las recomendaciones formuladas por la Oficina Nacional del Servicio Civil, en cuanto refiere a la asistencia del personal a las dependencias del Organismo, altera el normal desarrollo del cronograma electoral y por consiguiente su cumplimiento.

La reducción de personal y la recomendación de no realizar reuniones de numerosa concurrencia, afectará directamente la formación de los instructores y de los miembros de las Comisiones Receptoras de Votos.

Si bien la capacitación en cuestión podría realizarse totalmente a distancia a través de la plataforma de la página web de la Corporación, esta decisión reducirá sensiblemente la calidad y el resultado de dicha capacitación.

Asimismo se verá impedida la carga de la aplicación de transmisión de resultados en las tabletas tal como está programada, por lo que no se podría disponer de estos dispositivos para dicho fin. Esta situación llevará a que la elección deba realizarse exclusivamente a través de los procedimientos tradicionales con las demoras a que dichos procedimientos darán lugar.

Por otra parte, es previsible que existan dificultades para la confección de los insumos necesarios para la elección (actas, constancias de voto, etc.) y el armado de las maletas electorales.

En segundo lugar, a la fecha no es posible asegurar que los proveedores de la Corte Electoral estarán en condiciones de cumplir en tiempo y forma con la entrega de los materiales necesarios para la elección.

Además, no podemos descartar dificultades en la distribución de las maletas electorales a los circuitos de votación, que realizan funcionarios militares y policiales, así como para la designación de los integrantes de las Comisiones Receptoras de Votos, que ascenderán a más de 42 mil funcionarios públicos o escribanos (entre titulares y suplentes).

Es de suponer que igual dificultad tendrán los Partidos y agrupaciones políticas para la designación de los delegados generales y circuitales, que forman parte de las garantías del proceso electoral.

Por último, es claro que las recomendaciones actuales a adoptar en virtud de la emergencia sanitaria no se compadecen con la movilización que implica la convocatoria al cuerpo electoral a sufragar y con la realización de los escrutinios primarios y departamentales correspondientes.

En este contexto y con la información disponible al día de la fecha, la Corte Electoral no puede asegurar el normal desarrollo del proceso y de la jornada electoral del 10 de mayo de 2020.

Saludan a usted muy atentamente.-

DR. WILFREDO PENCO
Presidente

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