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Padres podrán elegir el orden de los apellidos que tendrán sus hijos

Matrimonio gay. Proyecto cuestionado por el Instituto de Derecho Civil

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VALERIA GIL

El proyecto de "matrimonio igualitario", que habilita al casamiento entre personas del mismo sexo y permite elegir el apellido de los hijos, se aprobó ayer en Comisión. Según el Instituto de Derecho Civil, la iniciativa tiene "errores graves".

La Comisión de Constitución y Códigos aprobó ayer en Diputados el proyecto que habilita el matrimonio entre personas del mismo sexo. El único que votó en contra fue el diputado Gustavo Borsari (Unidad Nacional). Ahora la iniciativa será considerada el martes 11 en el plenario de la Cámara Baja.

El diputado socialista Julio Bango dijo a el País que el proyecto permitirá a las parejas heterosexuales elegir el orden de apellidos de los hijos y si no se ponen de acuerdo, el niño llevará el apellido de su padre. Cuando no exista consenso en la pareja homosexual, se hará un sorteo para elegir el orden de los apellidos de los hijos.

Dentro de la descendencia que tenga el matrimonio se preservará el orden de los apellidos que tenga el primer hijo de la pareja. Es decir, no se podrá cambiar el apellido de los hijos que nacen dentro del mismo matrimonio heterosexual.

Por otra parte, el proyecto de "matrimonio igualitario" permite que las parejas homosexuales puedan adoptar o utilizar técnicas de fertilización in vitro para concebir. La iniciativa establece que antes de la realización de la técnica de reproducción asistida, la pareja de mujeres debe firmar un contrato de "progenitura jurídica", por el cual se reconoce la maternidad del niño, para que la mujer que no tenga vínculo biológico no pueda desconocer la relación filiatoria.

El diputado Nicolás Pereyra (CAP-L) explicó a El País que en parejas de mujeres, las dos "quedarán obligadas de hacerse cargo del hijo que, de común acuerdo, aceptaron concebir".

El diputado Pablo Iturralde (Alianza Nacional) dijo a el País que votó la iniciativa porque cree necesaria la creación de un "marco regulatorio" para la unión de los homosexuales. Sin embargo, marcó sus diferencias con la creación de la "progenitura jurídica".

"Se crea el término de progenitor jurídico, pensé que el progenitor jurídico era el que creaba una ley. Me parece que votar eso es un mamarracho", aseguró Iturralde. El legislador sostuvo que habría que esperar la aprobación de la ley de fertilidad asistida para que quedara regulada esta materia.

Iturralde presentará en los próximos días un proyecto de ley para que se mantengan las normas del matrimonio heterosexual y se apliquen la norma -en lo referido a la sociedad conyugal y las sucesiones- a los casos de matrimonios homosexuales.

En tanto, Borsari está en desacuerdo con el proyecto sancionado en comisión y señaló que este tipo de iniciativas "no se pueden aprobar al galope".

"Se modifica profundamente el Código Civil, el concepto de matrimonio que es la unión de dos personas de distinto sexo, modifica las normas sobre filiación y el apellido de las personas, cosas que nos parecen absolutamente inconvenientes", opinó Borsari.

CRÍTICAS. El director del Instituto de Derecho Civil de la Universidad de la República, Juan Andrés Ramírez, dijo a El País que entiende como legítimo el interés de habilitar el matrimonio entre homosexuales. Sin embargo, indicó que es necesario contar con una regulación de la fertilización asistida y de las adopciones; ambas iniciativas aún están a estudio parlamentario.

Ramírez aseguró que el término "progenitura jurídica" es "absurdo", porque primero se debe aprobar y regular la norma de fertilización asistida, la cual dijo "tiene problemas mucho más serios como el derecho a la identidad del niño y temas a resolver, como el alquiler de vientre".

Según Ramírez, la regulación que se hizo del matrimonio homosexual "es mala". "No se puede colocar el matrimonio heterosexual y homosexual en el mismo plano, porque la unión entre personas de diferente sexo tiene normas específicas como la presunción de paternidad, que es un principio básico del Derecho Civil". Para el jurista, el proyecto de matrimonio igualitario "es de mala textura técnica, no porque no tengan derecho los homosexuales a tener un vínculo permanente como el matrimonio. Sino, porque no es posible regular con las mismas reglas al matrimonio homosexual y heterosexual". En ese sentido, Ramírez acotó que "los temas vinculados a la paternidad biológica no son aplicables al matrimonio homosexual".

En tanto, opinó que la posibilidad de cambio de apellido "es un tema menor" desde el punto de vista jurídico. "No afecta al interés sagrado del menor . Puede ser inconveniente, pero es más importante resolver los graves errores en la regulación del matrimonio y la progenitura jurídica", insistió.

LOS CAMBIOS LEGALES DEL MATRIMONIO

Matrimonio. Se permite la unión legal entre personas del mismo sexo. La norma establece una única regulación que rige tanto para los homosexuales como para los heterosexuales. Los juristas cuestionaron este punto y aseguran que es "un grave error". Apellidos. El orden de los apellidos de los hijos de matrimonios homosexuales y heterosexuales podrá ser elegido por los padres, de acuerdo a esta iniciativa aprobada ayer. En los casos de que no haya acuerdo en parejas del mismo sexo, el apellido del hijo será el resultado de un sorteo.

Adopciones. Las parejas homosexuales que contraigan matrimonio quedarán habilitadas a adoptar, según se expresa en el proyecto. Para las adopciones de matrimonios homosexuales regirán las mismas exigencias que están contenidas hoy en el marco de la ley.

"Progenitura". En una pareja de mujeres se habilita la fertilización in vitro. Si una de las mujeres tiene un hijo biológico, deben firmar previo al nacimiento del niño un contrato de "progenitura jurídica". El acuerdo supone las mismas obligaciones filiatorias para las dos mujeres.

Cónyuges. El proyecto de "matrimonio igualitario" elimina las palabras marido y mujer. En su lugar se utilizará el término "cónyuges" para designar a las personas que contraen matrimonio. Esto rige tanto para parejas heterosexuales como homosexuales.

Divorcio. Se permite el divorcio por sola voluntad de cualquiera de los cónyuges. Esta redacción sustituye a la actual, que permite el divorcio "por la sola voluntad de la mujer", como una de las causales para la separación. Las demás causas se mantienen como hasta ahora.

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