El primer paso es reunir todas las rentas, es decir, la jubilación, la facturación menos el 30%, y el sueldo, menos los incobrables que correspondan, en una única liquidación anual (e individual). Al importe resultante se le resta el Mínimo No Imponible (MNI de 60 Bases de Prestaciones y Contribuciones (esto es lo que anteriormente era el Salario Mínimo; hoy 1 BPC= $ 1.482), y se le aplica a cada tramo de ingresos la alícuota según la siguiente escala de ingresos anuales:
Ingresos anuales Tasa
Hasta 60 BPC 0%
Entre 60 y 120 BPC 10%
Entre 120 y 180 BPC 15%
Entre 180 y 600 BPC 20%
Entre 600 y 1200 BPC 22%
Más de 1200 BPC 25%
De este modo se determina el "IRPF primario".
Si bien estos límites son anuales (al igual que la liquidación), podríamos realizar una primera aproximación a lo que podría ser el cálculo de un anticipo mensual (el que seguramente sea determinado y retenido por parte del empleador; el Poder Ejecutivo ha quedado facultado para ello) con el ejemplo de un dependiente con una retribución nominal de $ 40.000. Actualmente se le está descontando Dipaico $ 6.000, Disse $ 1.200, FRL $ 50 e IRP $ 2.400. La aplicación de la escala de alícuotas por franjas de ingresos da como resultado un IRPF primario de $ 5.407 en este caso.
DEDUCCIONES. Los únicos conceptos que pueden deducirse son: 1) los aportes jubilatorios al BPS y a las cajas paraestatales (Caja Militar, Policial, Bancaria, Profesional y Notarial); 2) Disse y FRL (y el aporte para la cuota mutual en el caso de jubilados y pensionistas); 3) Fondo de Solidaridad; 4) El importe efectivamente pagado por cada hijo menor a cargo en concepto de cobertura de salud (máximo 8.000 U.I. anuales, $ 1.000 por hijo y por mes). Este límite se duplica en el caso de hijos mayores o menores, legalmente declarados incapaces.
¿Cómo funciona el mecanismo de deducciones? Se determina lo que denominamos "IRPF de deducciones", esto es, se suman todos los conceptos deducibles y, a este total, se le aplica la escala de tasas vista pero sin MNI (desde cero peso se aplica el 10%).
Con el ejemplo de $ 40.000, el IRPF primario sería $ 5.407, IRPF de deducciones $ 867 y el IRPF definitivo, $ 4.540.