EDUARDO DELGADO
En el pedido de procesamiento del ex dictador Gregorio Álvarez y de dos oficiales retirados de la Armada, la fiscal Mirtha Guianze maneja la posibilidad que hayan cometido un delito más grave por el que condenarlos en el futuro: Genocidio.
"Solicito: Se decrete el enjuiciamiento y prisión de Gregorio Conrado Álvarez Armellino, de Jorge Néstor Tróccoli y de Juan Carlos Larcebeau Aguirregaray en carácter de coautores (art. 61 del Código Penal) atribuyéndoles la comisión de reiterados delitos de desaparición forzada", expresa el extenso dictamen de la fiscal Mirtha Guianze al que accedió El País.
La solicitud de procesamiento, que se da en el expediente que tramita el juez Luis Charles, refiere al presunto traslado clandestino de decenas de prisioneros políticos por aire y mar en 1977 y 1978, los que son parte de la lista de desaparecidos. Los tres uniformados fueron citados a concurrir al juzgado el 5 de diciembre.
Para Guianze, está probada "sin genero de dudas", la detención masiva de un número importante de personas, de nacionalidad uruguaya en su casi totalidad y/o de personas vinculadas a ellos por parentesco o amistad que residían en la República Argentina y se caracterizaban por determinado tipo de militancia en grupos políticos que aún mantenían cierta actividad, o se relacionaban entre sí".
También "está plenamente acreditado que esas detenciones se produjeron en un contexto de extrema violencia y que luego fueron conducidos a centros de detención clandestinos o semiclandestinos, que en la jerga se denominaron `Chupaderos o `Pozos`" .
"Los grupos operativos, también está probado con el grado de certeza necesaria, se componían de fuerzas represivas de ambas nacionalidades: uruguayos y argentinos. Los militares uruguayos, sin embargo, tomaban a su cargo el interrogatorio y la tortura de sus connacionales. En esos grupos hubo niños, adolescentes y mujeres embarazadas. También personas de cierta edad que debieron padecer los tormentos de lugares de reclusión infrahumanos", agrega el escrito. "En esos `pozos` se produjeron por lo menos tres alumbramientos y los niños allí nacidos fueron arrancados a sus madres y entregados a represores quienes, con identidad supuesta, los criaron como propios", sostiene la fiscal.
EL DELITO. "Si todos los secuestrados en Argentina por fuerzas represivas están muertos, habría que entrar a analizar, en su momento, si no podemos ingresar en el concepto de genocidio", afirma Guianze en un pasaje de su dictamen.
Recuerda que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional contempla en su artículo 6° el crimen de genocidio y que en Argentina recientes fallos sobre víctimas de la dictadura de ese país aplicaron dicho delito.
"No es éste el momento procesal para profundizar ese análisis, aunque no puede dejar de precisarse que las desapariciones forzadas que se incriminan inicialmente, se dieron en el marco de prácticas genocidas, que incluyeron secuestros masivos, nacimiento de niños en condiciones infrahumanas, apropiación de las criaturas así nacidas quitándolas a sus madres y dándole otra identidad, tormentos aplicados en forma sistemática, traslados clandestinos de un territorio a otro, confinamiento y cercenamiento de todos los derechos, físicos y morales, violaciones, asesinatos en tortura, desaparición forzada de grupos enteros".
Para Guianze, "la complejidad de los hechos y las dificultades probatorias suponen que la indagatoria deberá continuar", mediante la obtención nuevos datos, documentos y testimonios.
"Total ignorancia resulta insostenible"
"En su condición de comandante en jefe, Álvarez no podía ignorar cómo funcionaba, por ejemplo, el establecimiento La Tablada, ni quiénes operaban allí. Tampoco puede decir que no sabe lo que era la OCOA, ni ignorar la actividad de sus subordinados en Argentina, Brasil, Chile, Paraguay", expresa Guianze. Añade que el ex dictador "actualmente se niega también a proporcionar cualquier tipo de información sobre las personas detenidas que desaparecieron durante su Comandancia y su total ignorancia resulta insostenible"
Respecto al delito por el que pidió su procesamiento, Guianze dice que "la desaparición forzada es un delito de carácter permanente por lo que las desapariciones forzadas que se mantienen desde la dictadura militar se siguen cometiendo también en la actualidad". Agrega que "es claro que, a esta altura, no se piensa que los detenidos desaparecidos estén vivos. Pero tampoco, entiendo, es adecuado mudar la imputación a homicidio. Porque el delito de desaparición forzada tiene sus características muy especiales, es un fenómeno contemporáneo, grave y pluriofensivo". "Además, cualquiera de los ilícitos que pueden manejarse en este marco represivo del terrorismo de Estado, son de lesa humanidad y así debe valorarse toda la situación en su conjunto", considera. Este delito tiene una pena de dos a 25 años de penitenciaria.