Juez dijo que el BCU tuvo una "actuación criteriosa"

| El magistrado opinó que hubo "un seguimiento diario" de la situación del Banco Montevideo durante el 2002

Si bien hasta el momento la jurisprudencia ha coincidido en encontrar responsable al Banco Central por la omisión en los controles a los bancos liquidados, el juez civil Juan Carlos Contarín en una demanda contra Banco de Montevideo, declaró que la institución no tuvo una actitud negligente y que actuó con "razonabilidad".

De acuerdo con ello, sólo condenó a los cuatro hermanos Peirano a devolver el depósito efectuado en el Trade and Commerce Bank (TCB) contratado en la sucursal en la sucursal Carrasco.

En la sentencia a la que El País accedió, Contarín afirmó -tras analizar los hechos ocurridos entre febrero y junio de 2002- que se advierte en la actuación del organismo "un adecuar y acompasar las medidas de vigilancia y contralor de acuerdo con la evolución de la situación en el Banco de Montevideo".

"Nada más lejos de la inacción que se le atribuye por el demandante: podrá discutirse (...) sobre si era mejor una u otra medida, si el manejo de los tiempos fue correcto, si las medidas técnicas fueron las más convenientes, pero todo eso es harina de otro costal", opinó el magistrado.

Según fuentes del Banco Central, Contarín no es el único juez que tiene esa opinión e indicaron que en las últimas semanas ha habido 16 sentencias que han eximido de responsabilidad civil a la institución.

El ahorrista que había depositado U$S 18.939.18 en abril de 2002, además de demandar a los directores del banco y del grupo económico, denunció de parte del BCU "negligencia y omisión". Afirmó que las autoridades "toleraron y permitieron, como se ha demostrado que dichas operaciones (de triangulación) se realizaban en forma casi diaria originando un grave perjuicio" para los ahorristas y para personas no residentes.

SEGUIMIENTO. No obstante, Contarín opinó que "hubo un seguimiento diario de la evolución del Banco con funcionarios de la propia autoridad bancocentralista en su sede".

Ante el problema de liquidez "primero se le autorizó el uso del encaje y luego se instruyó a sus autoridades para que disminuyeran su exposición y aumentaran el patrimonio, luego se designa veedor, se le otorga asistencia (...) y por último se dispone la intervención con desplazamiento de autoridades", relató el magistrado en defensa de la actuación de las autoridades del BCU.

Destacó en cambio, en palabras expresadas al juzgado por el actual superintentente de Instituciones de Intermediación Financiera (SIIF), Fernando Barrán que el banco "ocultó información" y que los balances aportados "no reflejaban la realidad".

El juez señaló que de acuerdo con los hechos probados no aparece que "la actuación bancocentralista haya pecado de omisa" o que se "haya excedido en el cumplimiento de su función. De acuerdo a la normativa vigente en el momento la operativa desarrollada por el demandante (realizar un depósito en una institución radicada en el exterior) es lícita e igual lo es que se asesoren a esos efectos que concreten su operación de entrega de dinero mediante una institución de intermediación financiera como el Banco de Montevideo".

Contarín concluyó entonces que el BCU manejó la situación con "razonabilidad" teniendo en cuenta "las múltiples complejidades de la actividad financiera" con la "clara incidencia" que tienen "las resoluciones políticas que el Poder Ejecutivo de la época adoptó".

ACTUACION CRITERIOSA. Tras analizar el contexto generado en la región "a causa de la crisis eclosionada en Argentina a raíz de las medidas adoptadas por el Ministerio de Economía a la sazón conducido por Domingo Cavallo", el magistrado estimó que "la actuación bancocentralista aparece como razonable y criteriosa".

Además, recordó Contarín en la sentencia, la crisis argentina determinó en los ahorristas de ese país la pérdida de acceso a sus fondos, lo que generó que recurrieran a los fondos que tenían en Uruguay. "Los depósitos en moneda extranjera que al 31 de diciembre de 2001 ascendían a U$S 14.285 millones a fines de julio del año 2002 descendieron a U$S 8.456 millones", dijo el juez y agregó la intervención del Banco Galicia y del Banco Comercial.

Con respecto a los hermanos Peirano, Contarín afirmó que si bien cuatro años después no hay sentencia que atribuya hechos de relevancia penal, ni pedido de pena, se ha probado su inequívoca responsabilidad como titulares del grupo Velox.

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