Los delincuentes que explotaron elcajero automático del barrio Carrasco la semana pasada lograron llevarse 5.682.500 pesos uruguayos y 130.400 dólares. Aunque el cajero tenía el sistema de entintado, la fiscal Viviana Maqueira dijo en la audiencia —presenciada parcialmente por El País— que este “no habría afectado en su totalidad a una de las cajas contenedoras de billetes y esta fue hurtada por los autores del hecho”.
Ante una pregunta de la jueza Viviana Galletto, Maqueira complementó: “No habría entintado en su totalidad por el propio sistema” que hizo que no llegue a algunas bandejas. “Se desconoce con exactitud la cantidad de dinero que se ha entintado, pero se entiende que una parte del mismo de sustraídos no habría llegado a entintarse”. "Se ha podido ingresar parte de ese dinero por tener poca tinta en los billetes en sí", advirtió.
El día del hecho, tanto la empresa encargada de los cajeros como la Policía habían dado otra versión. Banred emitió un comunicado en el que afirmó que hubo un “correcto funcionamiento” del sistema de entintado y que el robo “fue en vano”. Por su parte, el subdirector de la Jefatura de Policía de Montevideo, Carlos Rodríguez, había dicho que los ladrones “no lograron el objetivo” y destacó la importancia del decreto que volvió obligatorio el sistema de entintado de billetes.
A pedido de la Fiscalía de Maqueira, que también está compuesta por Carolina Rico y Miguel Caffaro, la jueza Galletto imputó a siete personas, cinco hombres y dos mujeres, por delitos de asociación para delinquir y receptación. A uno de ellos, además, le sumó un delito de estrago por los daños provocados al cajero.
Este último imputado fue señalado por la fiscal como un “puntero”. El hombre, según la teoría del Ministerio Público, condujo el vehículo que fue al rescate de los delincuentes. El resto o bien colaboró tratando de colocar el dinero entintado, por ejemplo en casinos o depositándolo en cuentas, o se hizo de él para su propio beneficio. Al menos uno de ellos, además, colaboró trasladando algunos de los vehículos utilizados en las horas previas.
Para llegar a ellos, la Policía hizo una exhaustiva reconstrucción de sus recorridos por la ciudad utilizando cámaras de videovigilancia públicas y privadas, tanto de los días previos al crimen como posteriores.
La explosión la perpetraron tres personas vestidas de mamelucos blancos que, con una maceta, rompieron la puerta de vidrio del banco y luego con “porrones de gas” lograron la explosión. Ellos llegaron en una camioneta blanca al lugar del crimen, ubicado en Gabriel Otero y Divina Comedia.
Luego, se volvieron a subir a ese vehículo con el botín y condujeron unas cuadras hasta Esteban Elena y San Lucar. Allí fue que cambiaron de auto, el que, en la teoría fiscal, conducía el imputado al que se le atribuyeron más delitos.
Ambos vehículos habían sido robados horas antes y utilizaban matrículas apócrifas.
Por otra parte, la Fiscalía concluyó que un día antes el imputado por ser “puntero” y otra persona pasaron en auto por la puerta del cajero, intentando hacer un reconocimiento del lugar. Del primero de ellos, se encontró una huella dactilar en el vehículo blanco del que se bajaron las tres personas que generaron la explosión.
Para lograr las detenciones se hicieron una serie de allanamientos en los que se halló dinero entintado. Uno de ellos fue en la calle Verdi, en el barrio de Buceo, donde se detuvo al señalado como “puntero”. Allí se incautó más de 1.100.000 pesos en billetes entintados y 25.800 dólares, también entintados.
Al cierre de esta edición, aún no estaban definidas las medidas cautelares que se les impondrían a los siete imputados. La fiscal Maqueira solicitó que todos permanezcan presos preventivamente mientras continúa la investigación.
Publicidad parcial de la audiencia
Desde el año 2017, los procesos penales a partir de la imputación son públicos, salvo que el juez disponga la reserva por razones excepcionales que están consagradas en el Código del Proceso Penal. Un funcionario del juzgado penal impidió que la normativa se cumpliera, puesto que interrumpió la audiencia y removió al público de la sala, sin que hubiera un decreto de reserva ni una orden expresa de la jueza del caso. Tampoco se expresaron razones ni fundamentos, como mandata la circular 292/2017 de la Suprema Corte de Justicia.