Fijan 18 meses de prueba para futuros funcionarios

Decreto. Reglamenta el ingreso a Administración Central

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El Poder Ejecutivo reglamentó el ingreso de funcionarios a la Administración Central a través del portal Uruguay Concursa. Quienes ocupen vacantes lo harán provisoriamente por 18 meses y luego se evaluará si serán presupuestado o no.

El decreto firmado por el presidente José Mujica y sus ministros establece las pautas y procedimientos necesarios para el ingreso a la función pública, lo que reglamenta el articulo 50 de la ley de presupuesto nacional (18.719 de 2010).

También define el mecanismo de evaluación a seguir para que los ingresados bajo este régimen que se reglamenta sean incorporados en cargos presupuestados (ver recuadro).

El decreto prevé que la provisión de vacantes se podrá realizar "siempre que no exista en el registro de personal a redistribuir personas que cumplan con el perfil requerido". Se entiende por vacantes de ingreso "aquellas ubicadas en el último nivel del escalafón respectivo o las que habiéndose procedido por el régimen del ascenso no se hubieran podido proveer".

La selección de los que ingresen se realizará mediante concurso, a través de Uruguay Concursa (el sistema de ventanilla única de la Oficina Nacional del Servicio Civil). Quienes entren a la Administración Central lo harán por 18 meses y podrán ser separados en cualquier momento por resolución fundada de la autoridad que los designó.

Transcurrido el plazo de 18 meses y previa evaluación satisfactoria, se determinará la incorporación del aspirante en un cargo presupuestado. La no aprobación de la evaluación determinará la rescisión automática del provisoriato. "Ahora, alguien que gana un concurso no es automáticamente funcionario público. Debe pasar un periodo de 18 meses y después una evaluación de la Oficina Nacional del Servicio Civil, a la que jerarquízamos", declaró a El País el prosecretario de la Presidencia, Diego Cánepa.

"Con el propósito de generar igualdad de oportunidades", el decreto prevé informar a quienes se encuentren bajo el régimen del provisoriato "sobre las políticas y demás aspectos básicos del plan de gobierno así como la estructura y régimen jurídico de la función pública".

Quienes ocupen los puestos de trabajo durante el período de 18 meses percibirán una retribución, que incluirá el sueldo del grado respectivo y las compensaciones propias de la Unidad Ejecutora para la cual cumplen tareas, utilizando los créditos habilitados para ello, más los beneficios sociales.

Entre estos beneficios están una licencia por paternidad de 10 días hábiles y licencia por duelo también de 10 días.

La jornada mínima de trabajo no podrá tener un horario inferior a seis horas diarias, ni abarcar menos de 30 horas semanales.

Incompatibilidades: El desempeño en régimen de provisoriato es incompatible con cualquier otro vinculo con el Estado, excepto los del personal docente o médico, el personal del Sodre y de canal 5 que no superen las 60 horas semanales y no exista coincidencia total o parcial de los horarios en que cumplen sus funciones.

También es incompatible con el goce de una pasividad, retiro, un retiro incentivado de quien fue funcionario público o percepción de subsidios por haber ocupado cargos políticos, de confianza o electivos.

El procedimiento disciplinario del decreto sostiene que, constatada una falta, se le dará vista al involucrado para que efectúe descargos y su jerarca podrá aplicar una sanción sin que sea necesaria la instrucción de un sumario administrativo. La reiteración de las faltas así como su gravedad, podrá determinar notoria mala conducta.

El decreto sostiene que quienes estén en régimen de provisariato deben conocer y cumplir la Constitución, leyes, decretos y resoluciones que regulan su actividad, actuar de buena fe y con lealtad en el desempeño de sus tareas, además de respetar a todas las personas con quienes deban tratar.

La evaluación que definirá si los funcionarios son presupuestados

Las Unidades de Gestión Humana -o quien haga sus veces- de cada oficina de la Administración Central llevarán el registro del desempeño del aspirante que cumple funciones provisorias en ellas.

Las Unidades de Gestión Humana coordinarán con los jerarcas de las Unidades Ejecutoras la convocatoria a tribunales que evaluarán a los aspirantes. Cada tribunal estará conformado por un miembro designado por el jerarca de la Unidad Ejecutora, el supervisor directo del aspirante y un representante de la ONSC.

La evaluación incluirá una prueba para determinar si el aspirante se ajusta o no al requerimiento del puesto respectivo (valor 40%), una entrevista personal (valor 30%) y un estudio del registro de incidencias, para considerar la actitud, aptitud, asiduidad y desempeño (valor 30%).

La evaluación será satisfactoria si el aspirante obtiene al menos el 50% del puntaje de cada ítem y el 70% del total. El jerarca de la Unidad Ejecutora elevará las actuaciones del tribunal al jerarca del inciso, para que al cumplirse el plazo de 18 meses determine la presupuestación o la extinción del vinculo.

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