El traslado de causas a las nuevas sedes no implica de por sí un perjuicio para el indagado ni el imputado porque solo distribuye los expedientes.
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¿Cuáles son los casos que deben pasar a ser tramitados en la órbita de los nuevos juzgados?
En estos casos siempre se presenta un problema práctico, pero hay que cumplir la ley que establece la competencia para los nuevos juzgados. Y si hubiera alguna dificultad en ese sentido, será la Suprema Corte de Justicia, haciendo uso de sus facultades de administración de justicia, la que deberá resolver el tema.
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¿Los expedientes que ya se están tramitando en sedes penales deben ser enviados a los nuevos juzgados?
Esa polémica se da siempre que hay una nueva disposición legal. En esos casos lo mejor es lo que se resuelva a través de la misma ley, o lo tiene que disponer la Suprema Corte de Justicia. Pero también hay que tener en cuenta el derecho de las personas de ser juzgados por el juez natural que tramita su expediente.
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¿El cambio de juzgado puede perjudicar la situación de los indagados o imputados?
Las leyes procesales, que se supone que se hacen por interés general, disponen una distribución de trabajo, entonces es muy difícil sostener que se perjudica a alguna persona. Pero en cada caso concreto los abogados de las partes si consideran que la nueva reglamentación los afecta llevarán las acciones del caso.