En Montevideo funcionan medio centenar de "casas de masajes" que operan como prostíbulos clandestinos en apartamentos y viviendas. Muchas de las mujeres que trabajan en estos centros carecen de un mínimo control sanitario y no poseen las habilitaciones que el Ministerio de Salud Pública otorga a quienes ejercen la prostitución.
En la "casa de masajes", usualmente, una mujer se encarga de la "convivencia" diaria con las meretrices. Pero el verdadero titular del negocio es un hombre que cumple el rol de proxeneta. Rara vez la Justicia reune los elementos suficientes para procesar a este sujeto por dicho delito.
El director del Departamento de Orden Público, Enrique Mariño explicó que, entre el 2002 hasta la fecha, esa repartición efectuó 64 procedimientos en casas de masajes.
"De las 244 detenidas por esta causa, 63 fueron fichadas como meretrices y una sola persona fue procesada por el delito de proxenetismo", expresó a El País.
El jerarca sostuvo que es muy difícil probar que una persona esta explotando sexualmente a otra. Cuando las prostitutas son detenidas por funcionarios de Orden Público, alegan que todas trabajan en la "casa de masaje" y que no hay una "matrona" o "un tercero" que se quede con un porcentaje de la recaudación.
Ocurre que sobre estas mujeres opera la ley del silencio. Saben que si denuncian a la persona que está al frente de la casa de masajes, luego no obtendrán un puesto en otro lugar. Por otro lado, suelen generarse complejas relaciones de dependencia que evitan la denuncia. Tampoco es fácil para la Policía lograr que los jueces de faltas libren ordenes de allanamiento contra apartamentos donde funcionan "casas de masajes", ni probar que una mujer está ejerciendo la prostitución en un apartamento.
Lo que ocurre habitualmente es que los policías llevan a las detenidas a la Jefatura de Policía de Montevideo y allí las registran o "fichan", con su aceptación o de oficio. En este segundo caso, deben probar que ejercen la prostitución. Esto se logra con un testimonio del cliente y el reconocimiento de la mujer. En caso contrario, no es fichada.
"La gran mayoría de las casas de masajes no tienen control alguno. Trabajan en forma totalmente clandestina", expresó Mariño.
La legislación que regula la prostitución tiene ribetes difíciles de aplicar. La ley 17.515, del 13 de junio del 2002, establece una multa pecuniaria a la mujer que ejerce la prostitución sin control alguno. Esta sanción debe calcularse en función de la ganancia de la prostituta. Y si esta no paga, no sufre consecuencia alguna.
En Uruguay existen casas de masajes legales. Estas son atendidas por profesionales masajistas, cuentan con una habilitación del Ministerio de Salud Pública para funcionar como tal y donde no ocurren prácticas sexuales.
VACIOS LEGALES. Los Estados encaran el fenómeno de la prostitución en base a tres modelos diferentes: penarla como delito, liberalizarla o reglamentarla.
En Uruguay, la prostitución se rige por una serie de normas: la Ley 8.080 de 1928 determinó que el meretricio no puede coexistir con el expendio de alcohol y la Ley 17.515 del 13 de junio del 2002 sí autoriza la oferta del trabajo sexual en whiskerías, bares de camareras y prostíbulos.
En tanto, la Ley 15.559 del 27 de setiembre del 2002 se suscribe a un protocolo de las Naciones Unidos contra la prostitución y pornografía infantil. Existiría una colisión entre la vieja Ley 8.080 y la 17.515, derogando ésta última norma a la primera. Sin embargo, Mariño expresó que los asesores legales de la Policía concluyeron que la Ley 8.080 sigue rigiendo, ya que el legislador no estableció una derogación de la misma a título expreso.