El proyecto de ley a consideración de la Cámara de Diputados modifica la ley de descentralización, votada en 2009. El principal cambio es la eliminación del artículo 23 de la norma, para limitar la cantidad de alcaldías a elegir en mayo (de 120 a unas 80).
Ese artículo establece que todas las juntas locales se convertirán en municipios. En Florida, por ejemplo, hay juntas locales integradas en trece poblaciones y en los trece lugares debería haber municipio y alcalde.
En Canelones sucederá lo mismo y existen 29 juntas. Al sacar ese artículo, regirá otra disposición de la ley: habrá alcalde solo en ciudades de más de 5.000 habitantes y siempre con un mínimo de dos juntas por departamento.
La ley establece que en 2015 también se incluirán las ciudades de más de 2.000 habitantes.
El proyecto también faculta a la Corte Electoral a reglamentar la ley y extiende el plazo de las intendencias para presentar la lista de municipios a elegir en mayo: éste venció el 12 de enero y se extendió al 31.
En Montevideo habrá ocho municipios y cada alcalde ganará unos $ 80.000. En algunos departamentos los sueldos serán menores y el alcalde suplantará al secretario de las juntas. En cada municipio habrá cinco concejales, de los cuales uno (el más votado) será alcalde.