POR Mariana Goday
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Cuando dos personas deciden casarse y fijan fecha para la unión comienzan a pensar en la fiesta, el salón, los anillos, el catering, la música, las invitaciones y un sinfín de cosas que harán de ese un día inolvidable. Pero hay aspectos más prácticos y menos románticos que también deben ser tenidos en cuenta antes de dar el "Sí" como, por ejemplo, cuál será el vínculo económico que los unirá cuando pasen a ser marido y mujer.
Se trata de un factor que ha cobrado importancia en los últimos tiempos, a medida que las mujeres lograron mayor independencia económica y comenzó a registrarse un aumentó en la cantidad de divorcios.
Una opción es que todo lo adquirido durante el matrimonio sea de los dos y que los bienes se transformen en gananciales. La otra alternativa es que los integrantes de la pareja tengan patrimonios independientes, ya sea mediante la separación de bienes o las capitulaciones matrimoniales. Estas últimas son más recomendables porque se realizan antes del casamiento y entran en vigencia en el momento de la unión, lo que impide que se generen bienes o compromisos, explicó a El Empresario Alicia González, integrante de la Comisión de Derecho Civil de la Asociación de Escribanos del Uruguay.
La separación de bienes, en cambio, se hace luego del casamiento y requiere más tiempo y dinero. Además, los efectos se producen recién una vez que el juez la decreta y queda inscripta en el registro.
La escribana González indicó que la separación de bienes -en ambas modalidades- comenzó a ser realizada con mayor frecuencia a partir de la crisis financiera que vivió el país en el año 2002.
Estos trámites facilitan mucho las cosas en caso de que se llegue a un divorcio, ya en situación de conflicto es menos sencilla la separación.
seguridad económica
El objetivo no es sólo dividir. Estos mecanismos también brindan a la pareja una cierta seguridad económica, ya que el tercero que tenga un contrato con uno de los cónyuges tendrá delimitados sus derechos a los bienes de este miembro de la pareja.
En lo que refiere a la unión concubinaria, a partir del reconocimiento judicial del vínculo, los integrantes de la pareja forman una sociedad de bienes similar a la sociedad por matrimonio. Esto les otorga el derecho a heredar bienes de su pareja y de seguridad social, lo cual les permite recibir pensiones y prestaciones del Estado.
En las parejas jóvenes la opción más utilizada es la capitulación matrimonial mientras que los más veteranos optan por la separación de bienes si la actividad de uno de los dos así lo requiere, pero suelen entrar al matrimonio bajo la modalidad de bienes gananciales.
Heredar no siempre es bueno
El testamento en la realidad no se hace como en las películas, donde en la soledad de su habitación y con pluma en mano el testador determina a quién dejará su fortuna. En Uruguay debe ser elaborado en presencia de escribano, con testigos y no se puede disponer libremente de todos los bienes ya que existen herederos forzosos. Además, también se heredan las deudas y en caso de que estas sean superiores a los bienes, se recomienda aceptar la herencia bajo beneficio de inventario, para evitar por ejemplo el riesgo de tener que cubrir las deudas con el patrimonio propio.