El impuesto a la tierra y sus efectos

GONZALO RAMÍREZ

El día que escribimos este artículo, El País, titulaba: "Astori: El impuesto de Mujica pondría en riesgo inversiones" y anunciaba que el Vicepresidente junto con los ministros de Economía, Ganadería y Transporte, estarían elaborando una propuesta alternativa.

Más allá de las habituales diferencias dentro del partido de gobierno, todos coinciden en que los propietarios de superficies de tierra mayores a 2.000 hectáreas deberían soportar una presión tributaria mayor, mediante el aumento de los impuestos vigentes o creando otros, ya sea en forma independiente o con carácter de adicionales.

También existe consenso en cuanto a que el destino del producido del impuesto a crearse, sería la reparación de las carreteras y caminos, invocándose como argumento justificante que "el que rompe paga", haciendo referencia al uso intenso de las rutas por parte de los camiones de carga que transportan productos agropecuarios.

Las diferencias surgen a la hora de resolver el tipo de gravamen a crear o incrementar y en relación a la finalidad invocada por el Presidente, de combatir a través de una mayor carga tributaria, la concentración de la tierra.

En consecuencia, parece altamente probable que se incrementen los tributos al agro y que los gravámenes recaigan exclusivamente sobre los productores agropecuarios de más de 2.000 hectáreas, destinándose el producido a la reparación de caminos o carreteras.

LA PROPUESTA

PRESIDENCIAL

Según informara El País el martes pasado, la propuesta presentada por el Presidente al gabinete productivo, consistiría en gravar la tierra con un adicional a la contribución inmobiliaria rural, aplicable exclusivamente a los propietarios de más de 2.000 hectáreas. Dicho gravamen se estructuraría en forma progresiva, de forma que a partir de las 2.000 ha. el propietario pagaría US$ 8 por hectárea y por año, a partir de 5.000 ha., US$ 12 y a partir de 10.000 ha., US$ 16.

Desde el gobierno se sostiene que la recaudación por concepto del nuevo impuesto rondaría los 60 millones de dólares, algo similar a lo recaudado a nivel nacional en concepto de contribución inmobiliaria rural, a razón de US$ 4 por hectárea y por año, sobre 16 millones de hectáreas.

Aparece entonces el primer inconveniente jurídico a sortear por parte del legislador, ya que el artículo 297 de la Constitución, al referirse a los adicionales nacionales a la contribución inmobiliaria, establece lo siguiente: "Los impuestos sobre la propiedad inmueble rural serán fijados por el Poder Legislativo, pero su recaudación y la totalidad de su producido, excepto el de los adicionales establecidos o que se establecieren, corresponderá a los Gobiernos Departamentales respectivos. La cuantía de los impuestos adicionales nacionales, no podrá superar el monto de los impuestos con destino departamental".

Parte de la doctrina sostiene que el límite relativo a los adicionales nacionales -los que "no podrán superar el monto de los impuestos con destino departamental"- se calcularía comparando el total recaudado por departamento y no en forma individual o padrón por padrón. En cambio, para quienes se trata de un límite individual, el adicional nacional no podría nunca superar lo que cada padrón soporta por concepto de contribución inmobiliaria rural. En consecuencia, si el adicional nacional a crearse, oscila entre los 8 y los 16 dólares por hectárea y por año, todos los contribuyentes alcanzados estarían en condiciones de promover una acción de inconstitucionalidad.

IMPUESTO A LA TIERRA

O A SUS RENTAS

También se discute acerca de cuál es el mejor instrumento, si incrementar el IRAE a las empresas agropecuarias titulares de más de 2.000 hectáreas o gravar la tierra, ya sea con un adicional a la contribución inmobiliaria rural o con un impuesto al patrimonio inmobiliario independiente de la contribución inmobiliaria rural.

Creemos que si, efectivamente, el fin perseguido es mejorar la infraestructura vial, no se requiere ni un impuesto permanente a las grandes extensiones de tierra, ni tampoco a las rentas de las mismas.

Las obras que se pretenden realizar se pueden financiar perfectamente mediante el cobro de peajes, siendo este el instrumento financiero adecuado. En definitiva, los transportistas trasladarán el costo a los productores y cada uno pagará en función del uso de las vías de comunicación. Por eso, no resulta creíble que el Estado pretenda cambiar las reglas de juego en materia económica, introduciendo un "cuerpo extraño" en el sistema tributario, solamente para recaudar 60 millones de dólares.

Evidentemente, la finalidad es gravar un sector que se ha visto económicamente beneficiado por el crecimiento del valor de la tierra. Como es notorio, el valor de la tierra ha crecido en igual o mayor proporción que la rentabilidad del sector agropecuario generando un enriquecimiento patrimonial sustantivo de sus propietarios. En ese sentido, basta ver las estadísticas publicadas por el MGAP sobre el valor de la tierra agropecuaria. En efecto, en el período comprendido entre el 1º de enero de 2000 y el 30 de junio de 2006, se realizaron 14.148 compraventas de tierras para uso agropecuario. La superficie vendida fue de 3,9 millones de hectáreas, casi el 24 % de la superficie agropecuaria del país, en el año 2000 y el valor promedio de la hectárea varió de US$ 448 en el año 2000 hasta US$ 1.045 en 2006. Desde 2006 en adelante, el crecimiento se mantuvo en forma constante tal como surge del informe del año 2009: "El precio promedio del año 2009 fue US$ 2.329/ha, lo que implica un incremento del orden del 26% respecto al año 2008. En el transcurso de los 10 años que van desde el año 2000 al 2009, se efectuaron 24.183 operaciones de compraventa de tierras para uso agropecuario, involucrando 6 millones de hectáreas".

A esta realidad, se suma que 15 empresarios agropecuarios cuentan con 1,4 millones de hectáreas, lo que equivale a los departamentos de San José Colonia y Canelones, conforme informara Búsqueda hace dos semanas.

El problema es que el gobierno de izquierda se dio cuenta que en los últimos 10 años, 6,4 millones de hectáreas fueron vendidas y que gran parte ha pasado a manos extranjeras y hoy, cuando ya es tarde, pretende frenar la concentración y extranjerización de la tierra, con un adicional a la contribución inmobiliaria rural de carácter progresivo, bajo el pretexto que se persigue hacerles pagar el desgaste de las carreteras. Por otra parte, la mayoría de los productores agropecuarios están tranquilos, porque esta medida afectaría solamente a 1.000 grandes productores, según los cálculos del gobierno.

Sin embargo, no advierten que, cuando los productores extranjeros que tienen más de 10 mil hectáreas paguen un gravamen equivalente a 16 dólares por hectárea y por año, lo que va a bajar es el precio general de todos los campos porque, en definitiva, se trata de un gravamen que afectará precisamente a quienes han generado la mayor demanda por la compra de tierra, haciendo que los precios subieran en forma constante. Por esa razón hay que tener cuidado, porque al recaudar 60 millones de dólares en cabeza de mil productores, se habrá de generar una pérdida de valor significativamente mayor para el universo de los propietarios y la economía en su conjunto.

Por eso, si efectivamente el fin es obtener recursos para financiar las obras de caminería, el mejor instrumento es el peaje, luego un incremento del IRAE y eventualmente un impuesto extraordinario de carácter transitorio. De esta forma, la incidencia en el valor de la tierra sería menor y se atenuaría el efecto sobre la inversión. A modo de ejemplo, en el año 1964 se sancionó la ley 13.183 estableciendo un adicional a la contribución inmobiliaria urbana y rural de Maldonado, con la finalidad de obtener los recursos necesarios para cancelar un préstamo del BID que se solicitó para la construcción de una toma de agua en la Laguna del Sauce, la usina de purificación y la tubería de conducción a las zonas gravadas. El "adicional Laguna del Sauce", fue creado con la previsión expresa que se extinguiría cuando se terminara de pagar la deuda con el BID, lo que lo transformó en un impuesto extraordinario y transitorio. Pensamos que un gravamen transitorio y de carácter general -sobre la mayoría de los productores-, tendría una incidencia mucho menor en el valor de la tierra y en el nivel de inversión del sector agropecuario, que un impuesto adicional -a la renta o al capital- de carácter permanente y aplicado sobre un reducido pero influyente número de propietarios. En cambio, si el fin verdadero es combatir el latifundio, los resultados serán insignificantes.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar