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Sancionan a firmas por fijar precios de manera ilegal

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Hay mayor cautela de los compradores para adquirir los electrodomésticos. Foto: AFP.
AFP fotos - VENEZUELA-ECONOMY-DEVALUATION - FIN - Consumer Goods - Clients watch digital televisions at a store in Caracas on February 13, 2013. Venezuelans swamped stores on Tuesday to snap up everything from washing machines to plane tickets in a last-minute wave of panic-buying ahead of a 32 percent currency devaluation. AFP PHOTO/Geraldo CASO VENEZUELA-ECONOMY-DEVALUATION - Caracas - - - VENEZUELA - GERALDO CASO - JB/pa
GERALDO CASO - AFP - AFP/AFP

Distribuidoras establecían precios mínimos de reventa a los comercios.

La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia —órgano desconcentrado del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)— detectó una conducta irregular "de fijación de precios mínimos de reventa en el mercado de televisores" por parte de distribuidores que impedía a los comercios brindar el producto a los consumidores finales por debajo del tope acordado.

Por esto sancionó a las empresas que quedó comprobado que consensuaron este esquema anticompetitivo —TGM S.A. (Intcomex), Incotel S.A., Visuar Uruguay S.A. y LG Electronics Argentina— y multó a Motociclo S.A. por "ejercer presiones" para que se mantenga dicha práctica. Samsung Electronics Argentina Sucursal Uruguay S.A. recibió un "apercibimiento".

El expediente dentro de la Comisión de Defensa y Promoción de la Competencia se inició en agosto de 2014 cuando se declaró "pertinente" una denuncia presentada por Baranur S.A. que gestiona el sitio de Internet Woow! Uruguay. Esta firma intermedia entre empresas de venta y los consumidores finales, y también en determinados casos adquiere y vende productos en forma directa.

La denuncia era contra tres de las empresas sancionadas pero también incluía a otras firmas del mercado de electrodomésticos. La acusación era "la presunta existencia de un acuerdo entre las empresas denunciadas, por el cual éstas habrían dejado de venderle productos del mercado de electrónica a Baranur S.A.". La Comisión al iniciar la investigación decidió sumar al expediente a Motociclo.

La resolución del caso —a la que accedió El País— detalla que "si bien la denuncia comenzó en un presunto cese de ventas, la Comisión en virtud de sus potestades amplió de oficio el objeto de investigación, incorporando la presunta práctica de fijación de precios mínimos de reventa al encontrarse elementos probatorios de que la misma era llevada adelante por parte de varias de las empresas investigadas".

A su vez, la Comisión analizó que el cese en las ventas de electrodomésticos a Woow! por parte de algunas empresas "podría haber operado como sanción ante el incumplimiento de la aplicación de los precios mínimos de reventa".

La resolución identifica tres niveles en la venta de televisores: los productores como LG y Samsung que "representan y diseñan las principales estrategias comerciales de cada marca", los distribuidores como Intcomex, Incotel S.A. y Visuar que "venden la mercadería a los comercios minoristas", y estos últimos que "adquieren los productos para su posterior reventa al público". De la investigación del organismo surgió que había "implicadas en la conducta de fijación de precios mínimos empresas del primer y segundo nivel".

Las pruebas recabadas permiten acusar por conducta anticompetitiva a TGM S.A. (Intcomex) por la venta de televisores marca AOC, a Incotel S.A. por los productos marca LG y Visuar Uruguay S.A. por la comercialización de la marca Samsung. Además, se concluyó que LG Electronics Argentina "participó en la fijación de precios de reventa", mientras que no resultó probada la actuación de Samsung Electronics Argentina Sucursal Uruguay S.A.

Entre las tres empresas distribuidoras de electrodomésticos sancionadas acumulan entorno al 30% de las ventas de televisores, lo que les brinda "la capacidad de afectar el funcionamiento del mercado relevante, perjudicando a los consumidores".

Un informe interno citado en la resolución de la Comisión sostiene que "al tratarse de una idéntica práctica impulsada por varias empresas, sus efectos pueden presentarse como si hubiese existido un acuerdo intermarcario. En efecto, si cada marca impone precios de reventa mínimos, la práctica se propagará sobre todo el mercado relevante independientemente de que haya existido o no acuerdo".

El comisionado de Promoción y Defensa de la Competencia, Javier Gomensoro, dijo a El País que no llegó a observar "una conducta de cartel o colusión" entre los involucrados, por lo que se procedió a "sancionar individualmente" la conducta irregular. Agregó que la fijación de precios mínimos "se acentuó en el período anterior" al Mundial de Brasil 2014, cuando crecen las ventas de televisores.

La resolución analiza que la fijación de precios mínimos de reventa de televisores tiene como efecto "que los comercios minoristas se vean impedidos de competir bajando los precios de venta al público, lo que resulta en un incremento de los precios pagados por los consumidores, que no tendría lugar en ausencia de dicha práctica".-

La Comisión descartó la utilización de métodos anticompetitivos en el mercado de televisores por parte de Panasonic Latin America S.A. Sucursal Uruguay, Philips Uruguay S.A., Sony Uruguay, Gama (Alpintrading S.A.), Fortune S.A., Punktal S.A., Techdata Uruguay S.A. y Ridel S.A.

Motociclo.

La empresa Motociclo S.A. es "un importante comprador de televisores" dice el fallo y respetaba los precios mínimos fijados por las distribuidoras. Pero quedó comprobado en la investigación que "presionó" a Samsung Electronics Argentina Sucursal Uruguay S.A. y Visuar Uruguay "para que cesaran la venta de televisores marca Samsung a su competidor Baranur S.A. (Woow! Uruguay) porque esta empresa no respetaba los precios mínimos de reventa".

Incluso se constató que Motociclo ejerció "la amenaza implícita en la presión ejercida" y dejó de vender en sus locales los productos de la marca Samsung. Para la Comisión este episodio tuvo como objetivo "excluir a un competidor directo del acceso a aproximadamente un 30% de las opciones de abastecimiento de televisores" afectando la competencia y a los consumidores.

Sanciones.

La resolución del órgano desconcentrado del MEF insta a los involucrados al "cese de la conducta de fijación de precios mínimos de reventa en el mercado de televisores" y establece multas económicas.

Por su conducta en contra de la normativa de competencia, se sancionó a Visuar Uruguay S.A. con una multa de 1.400.000 Unidades Indexadas (UI) que equivale a US$ 170.581; a Incotel S.A. y LG Electronics Argentina con 550.000 UI (US$ 67.014) a cada una; y a TGM S.A. con 200.000 UI (US$ 24.368). Por la presión ejercida sobre Samsung, la empresa Motociclo S.A. fue multada con 1.700.000 UI (US$ 207.135) y a Samsung Electronics Argentina se le aplicó "un apercibimiento" por el cese de ventas a Woow!.

¿Cómo se determinan los montos de cada multa?

El comisionado de Promoción y Defensa de la Competencia, Javier Gomensoro, explicó que para la definición de las multas económicas se tuvo en cuenta "el respaldo financiero de cada empresa, su participación en el mercado y la entidad de la infracción cometida". A modo general, resumió que la multa pretendía ser "una especie de disuasivo, es decir que no sea tan chica que igual convenga seguir" con las prácticas anticompetitivas, aunque "tampoco que por pagar la multa tenga que cerrar la empresa".

No descartan igual práctica con otros electrodomesticos.

El comisionado Javier Gomensoro no descartó que exista una fijación de precios mínimos de venta por parte de las distribuidoras en otros mercados de electrodomésticos. Es que la denuncia inicial de Woow! Uruguay establecía que por no respetar dichos valores límites, en forma simultánea "varias empresas que le proveían televisores y otros electrodomésticos le dejaron de vender", manifestó.

Pero la comisión acotó el estudio de competencia "al mercado de los televisores porque era donde tenía mayor importancia la práctica (ilegal)", apuntó Gomensoro. Añadió que el objetivo es desactivar estos métodos con la fijación de sanciones en el caso "de un producto emblemático para después tener un efecto en los otros mercados". Adelantó que si esto no ocurre y se mantienen las prácticas anticompetitivas, el organismo actuará.

Por otra parte, la resolución de la Comisión de Defensa y Promoción de la Competencia analiza si Woow! Uruguay tiene "condiciones de comercialización especiales" que justifiquen la fijación de precios mínimos de reventa por parte de sus competidores. Del estudio surge que no existen "acuerdos de exclusividad u obligación de comprar determinado mix de productos" por parte de Woow! Uruguay, ni tampoco una eventual práctica de "free-riding" (usufructo de un competidor de la inversión de otro) o razones de eficiencia que determinaran una competencia desleal.

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Hay mayor cautela de los compradores para adquirir los electrodomésticos. Foto: AFP.

SANCIÓN QUE TENGA EFECTO DISUASORIO

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