El delito de desaparición forzada, que el gobierno de Tabaré Vázquez incorporó a los códigos uruguayos en octubre de 2006, ha tenido poco uso en el ámbito judicial. Hasta ahora sólo una persona fue condenada por él: el ex dictador Juan María Bordaberry.
El trámite parlamentario de la ley 18.026 -que detalla los crímenes de lesa humanidad, incluido el de la desaparición forzada- no generó una acalorada discusión entre las bancadas. De hecho la ley pasó por varias comisiones y, por lo menos en el Senado, tuvo una aprobación por unanimidad tanto en su discusión general como en la discusión de la norma artículo por artículo.
No sucedió lo mismo durante su aplicación en el ámbito judicial. Existe una disparidad de criterios entre los fiscales, quienes reclaman la aplicación del delito para los condenados por crímenes durante la dictadura militar, y los tribunales de apelaciones, quienes prefieren continuar manejándose con figuras ya existentes como la de homicidio agravado.
De hecho Bordaberry, condenado a 30 años de prisión, fue inicialmente procesado en noviembre de 2006 por el delito de homicidio muy especialmente agravado. Sólo luego, en el fallo de febrero, la jueza penal Mariana Mota agrega condena por nueve casos de desaparición forzada.
La discrepancia en torno al uso del delito salió nuevamente esta semana cuando el Tribunal de Apelaciones Penal de segundo turno no dio lugar a la apelación presentada por Mirtha Guianze. La fiscal exigía que los oficiales retirados del Ejército José Nino Gavazzo y José Ricardo Arab -condenados por homicidio muy especialmente agravado- fueran sentenciados por desaparición forzada.
El fallo del tribunal señala que el delito, aprobado en 2006, no existía al momento en que se cometieron los hechos y no puede aplicarse su retroactividad.
La fiscal entiende que las normas del derecho internacional ya incorporaban la figura de la desaparición forzada. A su vez Guianze señaló que en los hechos se atacaron a bienes que ya estaban protegidos por otras normas; el delito de desaparición forzada sólo los unifica.
Incluso entre algunos abogados existe una discrepancia con el concepto del tribunal. El abogado Óscar López Goldaracena estimó que, al no haberse encontrado los restos de la gran mayoría de los desaparecidos uruguayos, el delito continúa ocurriendo hoy.
La discusión seguirá recorriendo los pasillos de tribunales. La fiscal Guianze ya presentó un recurso de casación que está en la Suprema Corte de Justicia para los casos de Gavazzo y Arab. A su vez espera la sentencia de la apelación que presentó ante los tribunales de segunda instancia para los casos de otros militares condenados como Ernesto Rama, Jorge Silveira y José Gavazzo. Ellos podrían ser los próximos condenados por un delito que sucedió, pero casi que no se aplica.