HUGO MACHÍN
Militares extraditados, militares presos, militares que ahora no recuerdan lo que ocurrió hace 30 años y ex dictadores que asumen responsabilidades de mando en comunicados públicos. Hoy la dictadura se revive en los tribunales y no faltará alguien que quiera salvar su pellejo en la Justicia y apele para eso a la "obediencia debida". Un concepto castrense muy conocido en el Uruguay de 1984. Ese país que se reencontraba con una democracia negociada con los militares mientras, a pocos kilómetros, los integrantes de la Junta de Comandantes de Argentina eran condenados por terroristas de Estado. "Hicimos la guerra con la doctrina en la mano, con las órdenes escritas de los comandantes superiores", había intentado justificar el general argentino Santiago Omar Riveros en 1980.
Ahora, con el gobierno de su lado, el Frente Amplio pretende introducir en la ley de Defensa Nacional a estudio del Parlamento una mención que establezca que los subordinados militares podrán negarse a cumplir una orden de un mando superior si advierten que lesiona la Constitución o un derecho humano fundamental.
"Se trata del concepto de la obediencia debida, argucia a la que se apela para evadir responsabilidades en la égida castrense", sostuvo el diputado socialista Jorge Menéndez, presidente de la Comisión de Defensa de la Cámara de Diputados. Aunque el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo no incluye el concepto en su articulado, la ministra del ramo, la socialista Azucena Berrutti, respalda que se incorpore en la instancia legislativa.
Menéndez estima que si no logran terminar con la obediencia debida en un artículo de esta ley -aunque la idea base ya se contempla en la exposición de motivos-, la alternativa será que ese principio castrense sea relativizado en la ley Orgánica Militar, otra que, según los planes, será aprobada en el futuro inmediato.
El proyecto de ley de Defensa Nacional tiene 31 artículos que pueden ser aumentados o reducidos en el trámite parlamentario y define funciones del Ministerio de Defensa. Establece competencias de los militares, elimina algunos órganos por "obsoletos", como la Junta de Comandantes en Jefe y el Estado Mayor Conjunto, y crea el Consejo de Defensa Nacional (Codena), órgano asesor y consultivo del presidente en materia de defensa, y el Estado Mayor de la Defensa (Esmade).
El texto legal -que todavía está a estudio de la bancada oficialista y no ingresó formalmente en comisión legislativa- es cuestionado desde el Partido Colorado porque considera que ambienta la "desobediencia debida" en el ámbito castrense. "Lo que hay que prever bien claro es que los mandos tienen el deber de exigir obediencia a sus subordinados y el derecho a que se respete su autoridad, pero no podrán ordenar actos contrarios a la Constitución y las leyes", decía una nota publicada el viernes 27 de abril en el Correo de los Viernes, órgano oficial del Foro Batllista.
Detrás del debate que se viene, el tema de fondo es cómo debe actuar un militar cuando le imparten una orden que choca con su forma de pensar y le plantea un dilema ético. ¿Está antes la persona o el soldado?
El tema ya deja su huella en los juzgados por estos días. El jueves 24 el juez penal de 19° turno, Luis Charles, puede comenzar las diligencias solicitadas por la fiscal Mirtha Guianze, que incluyen una nueva ronda de comparecencia de ex militares. Tanto oficiales, como personal subalterno, serán convocados, algunos nuevamente, y otros, por primera vez.
También serán conducidos los ex militares ya procesados y hoy presos, Ricardo Arab, José Gavazzo, Luis Maurente, Ernesto Rama, Jorge Silveira y Gilberto Vázquez y los ex policías Ricardo Medina y José Sande.
Militares desobedientes
En dictadura o en diversos conflictos, en Uruguay y en otros países, siempre hubo militares obedientes y desobedientes. En noviembre de 1968, el general Líber Seregni renunció a la jefatura de la principal región militar del país, en un aporte sustancial a la legalidad castrense en contra de la obediencia debida. Seregni, a quien se le concedió el pase a retiro en abril de 1969, culminó así una larga labor de sujeción del poder militar a la Constitución, que contrastaba con la orientación anti-ciudadana que el gobierno de Jorge Pacheco (1967- 1971) imprimía a la Fuerzas Armadas.
Otro militar de prestigio, el general Víctor Licandro, también pasó a retiro a fines de los `60 y en 1970 presidió una lista electoral del Centro Militar, que perdió la mayoría directiva por un escaso margen en las elecciones. En esa confrontación de ex oficiales del Ejército se evidenció una corriente legalista ajena a la obediencia debida que había sido concebida por la doctrina de la Seguridad Nacional, sustento ideológico de las dictaduras del Cono Sur.
Una posible interpretación de los famosos comunicados 4 y 7 de las Fuerzas Armadas de febrero de 1973 -que contenían reivindicaciones típicas de sindicatos y de la izquierda-, sugiere la existencia de una corriente militar contraria a la obediencia debida. Sin embargo, absorbidos por una línea golpista clásica y quizás por las expulsiones de varios de los defensores del otro bando -durante la dictadura hubo purgas en el Ejército y en la Marina-, la línea constitucionalista no prevaleció. Esas expresiones iban en contra de la doctrina dominante no sólo en Uruguay, sino en el resto de los ejércitos latinoamericanos, de obediencia ciega a los mandos.
Sin embargo, el día del golpe de Estado, el 27 de junio de 1973, un marino con una Colt 45 de reglamento en su mano derecha, se apostó en el balcón de su casa de la calle 26 de Marzo. Estaba flanqueado por dos banderas patrias y junto a un cartel en el que había escrito: "Yo soy el capitán de navío Oscar Lebel. Abajo la dictadura". Ese mismo día, al caer la tarde, el militar desobediente fue arrestado por Fusileros.
No fue el único rebelde. Durante la última dictadura, militares como Julio C. Cooper o Gerónimo Cardozo en 1976, hicieron caso omiso abiertamente a las órdenes ilegales impartidas por los mandos. Se exiliaron y participaron de foros internacionales en los que contribuyeron a documentar, con sus testimonios y fotografías, la violación sistemática de los derechos humanos que practicaban las Fuerzas Conjuntas.
Decenas de militares constitucionalistas soportaron torturas, años de prisión o fueron dados de baja. Junto a Seregni, líder de esa corriente: Licandro, Carlos Zufriategui, Pedro Montañés, Edison Arrarte, Brum Canet, Juan A. Rodríguez, Jaime Igorra, Oscar Petrides, José Félix Martínez, Álvaro García, Aniceto Barrios, Rodolfo Rolando, José Alejandro Bianchi, Félix Rosales, Guillermo Castelgrande, Casella, Pedro Aguerre, Luis Laso, Amen, Nesse, Navajas, Bove, Frigerio, Pérez Rompani; García de Zúñiga, González Díaz, Gerona, Berterreche, Sena, Siria, Giorgi, López, Maceira, Dutra, Buela, Cabán, Carbajales; Carbajal, Casella, Bidegaray, Gutiérrez, entre otros.
Hubo otras formas de desobedecer. El político socialdemócrata brasileño Leonel Brizola, asilado entre 1964 y 1977 en Uruguay, reveló a radio Sarandí en 2000 que salvó su vida gracias a que el general de la dictadura Abdón Raymundez le avisó en la primera quincena de setiembre de 1977 que en territorio uruguayo su vida corría peligro. En un acto de "desobediencia debida", el ex jefe de la Región Militar número 4 y ex presidente del Banco República le advirtió que ya habían muerto en circunstancias sospechosas dos políticos brasileños perseguidos por la dictadura norteña, Juscelino Kubitschek y Jango Goulart. Así, Brizola se asiló en la representación diplomática de Estados Unidos en Montevideo.
Y hubo más. Seguramente la desobediencia debida más importante, por las consecuencias en el pasado inmediato, sería la confirmación de lo que el contralmirante Eladio Moll -denunciado por un delito continuado de estafa-, declaró en julio de 1998. "La orden de los gringos era que no valía la pena que ningún guerrillero viviera después que se le sacara la información", afirmó ante una investigadora del Parlamento.
El marino había sido separado de la Armada en 1976, cuando asumió como comandante el vicealmirante Hugo León Márquez. Moll fue jefe del Servicio de Inteligencia durante la presidencia de Luis Alberto Lacalle y comandante de la Flota del Mar hasta febrero de 1998.
El caso de Moll debe ser relativizado a la luz de lo que fue una constante en 11 años de dictadura: las permanentes contradicciones en la interna de las Fuerzas Armadas. Así como existía un general Esteban Cristi dispuesto a fusilar a 500 dirigentes de izquierda porque "se eliminaría el marxismo por 20 años en Uruguay", siempre hubo sectores contrarios a esa "solución final".
Conspiradores del siglo XIX
El tema de la obediencia militar fue motivo de conflictos mucho antes de la última dictadura. El teniente del regimiento de cazadores Gregorio Ortiz fue uno de los primeros oficiales uruguayos en insubordinarse contra la obediencia debida. El 17 de agosto de 1886, armado con un revólver de proyectiles explosivos, aguardó en el vestíbulo del entonces Teatro Cibils al dictador Máximo Santos, que concurría a la velada de la cantante lírica italiana Eva Tetrazzani. Ortiz le disparó a Santos desde muy cerca y lo hirió en el rostro. Luego huyó por la calle Ituzaingó, dobló por Cerrito hacia el oeste de Ciudad Vieja y, en el cruce con Treinta y Tres, seguido de cerca por un teniente y un sargento, se suicidó.
Cuatro años antes otro militar uruguayo, el mayor Claudio Buzón, había hecho prevalecer su dignidad ante una orden que se le quiso imponer. En febrero de 1882, Volpi y Patrone, dos emigrantes italianos residentes en Mercedes, a quienes un policía les había imputado falsamente la responsabilidad de un crimen, fueron víctimas de torturas en los calabozos del Cabildo montevideano. Durante días, los gritos de Volpi y Patrone fueron escuchados por quien transitara por la Plaza Matriz: quemados, golpeados, colgados de las vigas, obligados a tragar arena, maniatados. Los castigos de la policía "santista", se realizaban en presencia del ministro José María Vilaza y del jefe de policía, Barreto.
Cuando a instancias del Círculo Napolitano intervino la Justicia, el mayor Buzón, que en esos días puso fin a las torturas al asumir como responsable de un turno de la cárcel de Cabildo, denunció los hechos pese a las presiones del entonces comandante Máximo Tajes y del propio dictador Santos. La conducta de Buzón fue secundada por el teniente Alejandro Vázquez. Volpi y Patrone fueron liberados y sus nombres se convirtieron en santo y seña de la violación de los derechos humanos durante los años del militarismo de fines del siglo XIX. Buzón debió refugiarse en Buenos Aires.
Antes, durante la dictadura de Gabriel Terra (1933-1938), también hubo militares que no aceptaron cumplir órdenes contrarias a la Constitución. El capitán del Ejército, Camilo Rodríguez, fue uno de ellos y conoció los calabozos de la Isla de Flores, donde los golpistas recluyeron a varios de sus opositores.
En esa época el coronel, abogado y ex senador Efraín González Conzi, más conocido como biógrafo de José Batlle y Ordóñez, se negó a actuar como juez de instrucción militar en un juicio iniciado contra un camarada delatado por otro oficial. González Conzi argumentó que el tribunal militar formado para juzgar al oficial iba en contra de los principios democráticos, ya que al enjuiciado se lo acusaba, justamente, de haber defendido la vigencia de la democracia. González Conzi debió exiliarse en Brasil hasta que finalizó la dictadura "terrista".
Incluso en la misma génesis del golpe de Terra el Ejército uruguayo no propició la obediencia debida. Por algo Terra inició su período dictatorial desde el cuartel de Bomberos, basado en el casi exclusivo apoyo policial.
Los militares uruguayos, desde Julio Herrera y Obes hasta esa fecha, no habían mostrado intereses golpistas. Cierto es que, por ejemplo, los coroneles Marcelino Elgue y Pablo C. Moratorio, comandantes respectivos del Batallón de Infantería número 4 y del Regimiento de Artillería Montada número 1 de la época, coordinaron con Terra el "cuartelazo". Al contrario, un sector castrense, se había volcado a la defensa de la legalidad. El general Julio César Martínez le había confiado al ex presidente Baltasar Brum que 70 oficiales del Ejército se opondrían al golpe. Quizás eso contribuyó a que el 31 de marzo de 1933 Brum esperara siete horas, revólver en mano, en la puerta de su domicilio, antes de dispararse al corazón en rechazo al gobierno de facto que se iniciaba.
En diciembre de ese año se dio de baja a varios militares. El País informó del pasaje a la Justicia de 67 oficiales, jefes y soldados acusados de conspiración. En el decreto presidencial del 31 de diciembre, que permitió el procesamiento de los implicados en la insurrección fracasada, figuraban los nombres de 50 militares, según consignó el historiador Rodolfo Porrini.
En ese período se acuñaron mayoritariamente conductas obedientes que recibirían el beneplácito del poder: el 31 de enero el aviador mayor Oscar W. Gestido, piloteó un avión Tiger y bombardeó a los civiles levantados en armas contra Terra en Lavalleja.
Asimismo, en la línea de obediencia debida se inscribe el asesinato de Julio César Grauert, en 1933, baleado y gaseado en las inmediaciones de Pando por un pelotón policial al mando del comisario de investigaciones Cavaza. El jerarca policial acató órdenes del entones jefe de Policía y luego presidente, Alfredo Baldomir, por las que Grauert y sus dos compañeros no recibieron atención médica y el dirigente batllista murió días después, el 26 de octubre, por efectos de la gangrena.
Ese Ejército sustentó luego al régimen de fuerza, incorporando a Uruguay a la extensa nómina de países latinoamericanos -más de la mitad- que promediando la década de 1930 soportaba dictaduras.
Libertad para desobedecer
La naturaleza paradójica de los crímenes de obediencia produce ambigüedades: ¿qué convierte a un acto de obediencia en un crimen de obediencia? y ¿qué convierte a un crimen ordinario en un crimen de obediencia? Así se plantean el problema los estadounidenses Herbert Kelman y V. Lee Hamilton, autores del trabajo Crímenes de obediencia. Lo más evidente para definir un acto de obediencia como crimen de obediencia es que los ejecutores no sepan que las órdenes eran ilegales o entraban en conflicto con principios morales.
En uno de los casos estudiados por los investigadores mencionados -venta de armas de Estados Unidos a Irán y el traspaso de las ganancias a la contra nicaragüense en 1987- la defensa del almirante John Poindexter y su ayudante, coronel Oliver North, sostuvo que eran actos legales. La insistencia de que North había cumplido "órdenes superiores" impulsó al senador Daniel Inouye, presidente del Comité del Senado, a señalar que el Código Militar al que estaba sujeto North sólo exige cumplir "las órdenes legales de un oficial superior" y "los miembros del Ejército tienen la obligación de desobedecer órdenes ilegales". "Consideramos tan importante este principio que propusimos, como gobierno de Estados Unidos, que se aplicara internacionalmente en los juicios de Nüremeberg", agregó.
En esa instancia W. V. Shanon escribió en The Boston Globe del 15 de julio de 1987: "Se espera que los oficiales formulen preguntas a sus superiores y que sean moral y legalmente responsables de sus propias acciones (…) Le deben a un presidente algo más valioso que la obediencia: le deben su independencia de criterio".
La Carta de Londres, citada por el fiscal principal en Nüremberg el 11 de noviembre de 1945, ya reconocía "que alguien que ha cometido actos criminales no puede refugiarse en las órdenes superiores, ni tampoco en la doctrina de que sus crímenes fueron actos de Estado. Estos principios gemelos han dado como resultado hasta ahora la inmunidad para prácticamente todos los que han cometido grandes crímenes contra la paz o contra la humanidad". Así se amplió el principio de responsabilidad individual en el derecho internacional, las leyes nacionales dejaron de ser la única orientación para la "legalidad" y se rechazaron las órdenes superiores como defensa absoluta, afirman Kelman y Hamilton.
Los abusos quedaron atrás. Durante las guerras napoleónicas, unos prisioneros franceses de una cárcel escocesa no apagaron una luz de la ventana de su celda pese a la orden impartida por un guardia quien, bajo órdenes directas de un alférez de apellido Maxwell, abrió fuego hacia la luz matando a uno de los presos.
Maxwell fue procesado por asesinato ante la Suprema Corte de Justicia de Escocia. Cuando la defensa alegó "cumplir órdenes superiores", la Corte expuso: "si un oficial ordenara a un soldado que saliera a la calle y nos matara a usted y a mí, el soldado no estaría obligado a obedecer. Tiene que ser una orden legal".
Las "órdenes de arriba" a la justicia
EL CÓDIGO PENAL URUGUAYO, en su artículo 29 titulado "Obediencia al superior", prevé la obediencia debida y le asigna al juez la capacidad de discernir en qué casos puede alegarse obediencia al superior y en cuáles no.
La norma establece que "está exento de responsabilidad el que ejecuta un acto por obediencia debida" y se considera tal cuando "la orden emane de una autoridad", "dicha autoridad sea competente para darla" y "que el agente tenga la obligación de cumplirla". Además, aclara que el error del agente en cuanto a si estuvo obligado o no "será apreciado por el juez teniendo en cuenta su jerarquía administrativa, su cultura y la gravedad del atentado".
Los abogados Germán Amondarain y Julio Suárez, defensores de seis de los ocho ex militares y ex policías ya procesados, presentaron el 18 de setiembre de 2006, ante el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° turno, un recurso de reposición y otro de apelación contra el procesamiento resuelto por el juez Luis Charles el 11 de setiembre de ese año, aduciendo que sus defendidos actuaron en el cumplimento de órdenes emanadas de sus superiores.
El tribunal de alzada (José Balcaldi, William Corujo y Alfredo Gómez Tedeschi) desestimó el recurso.