Verónica Raffo (vraffo@ferrere.com) - Ferrere Abogados
Un relacionamiento bipartito transparente, moderno y constructivo genera valor para la empresa y para sus empleados. Para que esto suceda las reglas entre las partes deben ser por todos conocidas y compartidas. Si alguna de las partes no lo ve así, es probable que se tienda a la confrontación en lugar de a la negociación.
Desde el inicio de su gestión, este gobierno anunció una ley sobre negociación colectiva que promovería la negociación bipartita. Los consejos de salarios fueron el remedio a una actividad sindical en baja que a su entender provocó la caída del salario real. Debían dejar lugar a una negociación más a medida que sucedería en el contexto de cada empresa. Este postulado de trabajo fue compartido en general por el sector empresarial.
Sin embargo, el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo pierde la oportunidad de fijar las bases de un modelo de relaciones laborales moderno, en el que empresas y sindicatos puedan convivir en mayor armonía.
Vale la pena entonces, analizar su contenido con el fin de aportar ideas al "debate" que se inicia en estos días.
Monopolio de la negociación por rama
El proyecto instala para siempre los Consejos de Salarios. La negociación tripartita será obligatoria y gobernada por pautas salariales. Además se amplía el espectro de temas que se pueden negociar en los Consejos. Esto deja sin contenido a la negociación a nivel de empresa que es donde naturalmente deberían discutirse categorías, beneficios y condiciones laborales. Y si se arriban a acuerdos sobre estos temas, deberían existir mecanismos que den estabilidad a estas soluciones, sin que puedan ser cambiadas por los vaivenes de la negociación del sector.
Legitimación para negociar
Las reglas del proyecto determinan quien está legitimado para negociar con absoluta prescindencia de la voluntad de la mayoría de los empleados, por lo que son contrarios a la libertad sindical y a derechos protegidos constitucionalmente. Si no existe una organización de trabajadores en la empresa, éstos no podrán elegir a quienes lo representen la legitimación siempre la tendrá sindicato de la rama. Y si existe un sindicato no representativo, este también tendrá la prerrogativa de negociar y que lo negociado sea obligatorio para todo el personal. Si no queremos que vuelva a ocurrir que un 10% del personal decida una ocupación, deberían establecerse mecanismos alternativos que legitimen a otros interlocutores para la negociación (asambleas generales, delegados elegidos ad hoc, votación secreta).
Formalización del sindicato
Como en muchos otros países, debería exigirse al sindicato cumplir con formalidades mínimas que favorecen la transparencia y equilibran la negociación.
Algunos aspectos básicos serían tener personería jurídica y en consecuencia, ser responsables jurídicamente de toda acción o decisión adoptada, aplicar principios democráticos para la elección de representantes, la votación en las asambleas y la adopción de medidas de conflicto.
Vigencia del convenio colectivo
Se prevé que el convenio colectivo vencido mantendrá su vigencia hasta que un nuevo acuerdo lo sustituya, salvo que las partes hubieren acordado lo contrario.
Esta solución es contraria a la doctrina y jurisprudencia de nuestro país, que entiende que el convenio se extingue vencido el plazo pactado.
Esta es la solución que debería contener el proyecto pues la contraria tiende a generar rispideces en la negociación y no contribuye a la seguridad jurídica.
Adaptación vía convenio
Algunas normas laborales consagran soluciones antiguas y generales que no se adecuan a la realidad de la empresa y sus empleados.
Por eso la posibilidad de flexibilizar vía convenio las soluciones legales para adecuarlas a los intereses de las partes es justo y razonable. Sobretodo en asuntos como horarios, horas extras, descansos semanales e intermedios, fraccionamiento de la licencia, salario vacacional. El proyecto debería consagrar estas soluciones que ya operan de hecho pero sin un marco legal expreso.
Ocupaciones de lugares de trabajo
Aplaudimos la voluntad manifestada por el Poder Ejecutivo de eliminar la legitimación de las ocupaciones del proyecto. Esta inclusión era insostenible cuando ya existen doce fallos de la justicia sosteniendo que la ocupación vulnera derechos constitucionales tan importantes como la libertad de trabajo y de empresa y el derecho de propiedad. Debería en consecuencia, también derogarse el decreto que las legitima.