Un abuso transformado en decreto

JULIO PREVE FOLLE

Acaba de conocerse el decreto 295/008, que es muy grave por sus repercusiones económicas, comerciales, jurídicas y hasta de posicionamiento externo del país. La semana pasada planteé el abuso que supone la aplicación de la presión sobre los empresarios como mecanismo supuestamente antiinflacionario. El decreto de hoy es también un abuso jurídico inaceptable, que viola las posiciones externas del país, que rechina a todo el funcionamiento económico, y que debería derogarse cuanto antes.

AFIDI. Como es de conocimiento para mis lectores desde hace años, existe un instrumento inicuo usado en forma ilegal para prohibir el comercio de frutas y verduras que es el llamado Afidi (Acreditación Fitosanitaria de Importación). Creado hace muchos años con un propósito en principio legítimo de protección fitosanitaria, se lo fue usando crecientemente como mecanismo de protección de la granja. En 1991 se le devolvió por decreto su propósito original, pero pronto volvió el abuso. El colmo llegó en el gobierno anterior, en el que no sólo se administraba la expedición del certificado, sino que se lo hacía en consulta con los productores, resolviéndose en definitiva la expedición de un permiso sanitario según cantidades y precios evaluados por los propios competidores domésticos, privilegio que no existe en ninguna otra actividad, y ausente como siempre el consumidor. Esta aberración la denuncié en múltiples oportunidades, señalando que lo peor no es el proteccionismo sino su concreción a través de mecanismos ilegales. Y advertí -cada vez estoy más convencido- que había un daño, quizás el peor, que era el mensaje a los productores. Estos entienden con razón, que el negocio no está en mejorar la productividad para exportar, sino en hacer una buena presión para que se deje de importar. Se fabrica así ciudadanos de segunda, que son los que se creen con derecho a disfrutar de un estatuto jurídico especial, que es el de su derecho a que nadie importe una sola fruta si hay oferta nacional.

Es esta aberración la que explica que ante este decreto, que aparenta facilitar importaciones de frutas y verduras, se rebelen muchos granjeros que no entienden que se deje comprar algo en el exterior, justo cuando ellos están en condiciones de disfrutar los precios que hoy la escasez, derivada de las fronteras cerradas, les permitiría disfrutar.

Aquella aberración que generaba un mercado secundario de certificados, como fue denunciado desde estas columnas por lo menos desde el año 2001, se ha recogido oficial y públicamente por primera vez en el decreto que comentamos hoy.

EL DECRETO. Este decreto propone abrir por un tiempo y por un cupo, las importaciones de frutas y verduras prohibidas hasta ahora a través del Afidi. En otras palabras, el decreto reconoce por primera vez que las importaciones están todas prohibidas por falsas razones sanitarias, proponiendo un procedimiento simplificado para importar, pero sólo para seis especies, por un tiempo y para un cupo. En definitiva, las importaciones que no pueden estar jurídicamente prohibidas, ahora se permiten aliviando exigencias sanitarias que se anuncia volverán en un tiempo. Es el reconocimiento público que Uruguay usa una traba sanitaria para prohibir; y como la flexibilización se prevé por un tiempo y para un cupo, se anuncia desde ya que la traba volverá, lo que supone reconocer el abuso sanitario, completamente ilegal.

¿Cómo puede hacer de futuro Uruguay para reclamar por el abuso que en materia sanitaria hacen otros países con la aftosa, o la mosca de la fruta, o el cancro cítrico, o la Xanthomona en el arroz, si utiliza un certificado para parar importaciones, no ya de hecho sino a través de un decreto que ni siquiera cita -no podría hacerlo- norma legal alguna? ¿Cómo hace para reclamar en la Organización Mundial del Comercio contra los cupos, si instala propios? Es casi un chiste, si no fuere trágico. Como lo es también un artículo 7 que elimina exigencias de calidad comercial en las importaciones si no se afecta la salud humana, animal o el medio ambiente, que es tanto como reconocer -otra vez- que esas normas de calidad comercial son trabas que suponen encarecimientos inútiles, aranceles disfrazados.

GRANJA SIN FUTURO. Es imposible el desarrollo de la granja con las fronteras cerradas y, mucho peor, abiertas caso a caso según la voluntad oficial. Cuando el precio doméstico se fija por encima del equivalente de exportar -y esto ocurre precisamente cuando se cierran las fronteras- la respuesta en producción sólo puede darse si la oferta no supera al consumo ni en medio kilo. Si esto ocurre -y ocurre de modo recurrente- el quebranto de los productores es imparable. Y la posibilidad de industrializar productos sin subsidios, nula. Está totalmente demostrado. Con la granja cerrada que lo ha estado casi siempre, no hay reconversión posible.

Otra consideración más. Importar frutas y verduras por un tiempo y sólo por parte de algunos autorizados no puede traer ventajas apreciables en el precio al público. Esto ocurriría si un ciudadano cualquiera pudiera analizar oportunidades y desarrollar corrientes comerciales. Así como se lo ha decretado habrá quizás importaciones en manos de unos pocos sin competencia, y es dudoso que transfieran al público un menor precio. No tiene por qué ocurrir. Por otra parte el MGAP, que administra el registro de importadores creado, ya ha anunciado que se demorará un tiempo…

La propia creación de registros de importadores puede ser ilegal en tanto supone restringir una actividad comercial sin norma habilitante. Menos aún cuando se piden datos de destino posterior de lo importado, capacidad de almacenaje, etc., todos extremos que no tienen nada que ver con lo sanitario, y que si hubiera que verificarlos, la autorización así, caso a caso, vaya a saber para cuándo estaría pronta.

Como he señalado otras veces lo peor no es el proteccionismo, que si bien asegura una granja sin futuro y la desaparición de productores, entiendo que alguien lo sostenga al menos por razones políticas de corto plazo. Lo que no se puede admitir es el abuso jurídico, el llamar exigencia sanitaria a lo que no lo es, el hacer piruetas y cabriolas para violar el derecho. Sé también que este decreto es el fruto de una transacción. Por un lado el MEF preocupado por el IPC, y por el otro el MGAP abrazado al encierro comercial. El resultado es un híbrido que no abre nada, que viola convenios internacionales, leyes nacionales, que crea nuevos trámites, que dudosamente tenga efectos en el precio al público, y que asegura para muy pronto -ahora sí por decreto- el encierro total.

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