Por pensión alimentaria se podrá revelar titular de acción al portador

Lo incluyó el proyecto enviado por el BCU al Parlamento

 20120509 600x362

A los datos contenidos en el registro de titulares de acciones al portador se podrá acceder por resolución de la Justicia en casos de pensión alimentaria, según la cuarta versión del proyecto de ley que busca transparentar el régimen que tomó en cuenta críticas del Banco Central (BCU) y de la Comisión de Hacienda de Diputados.

En el nuevo documento se hicieron modificaciones en varios puntos y uno de ellos está vinculado con el artículo donde se determina el "carácter secreto" de la información y a qué organismos está "restringido" el acceso a la misma.

El anterior proyecto del Ejecutivo ya había contemplado que quienes accedieran fueran la Dirección General Impositiva (DGI), la Unidad de Información y Análisis Financiero del BCU, la Secretaría Nacional Antilavado de Activos y "las sedes penales del Poder Judicial".

Pero en la nueva versión, a la que accedió El País, ese punto se sustituyó por "resolución fundada de la Justicia Penal o de la Justicia competente si estuviera en juego una obligación alimentaria". Esto recogió el planteo del diputado del Partido Independiente, Iván Posada.

Si bien esto permite que más acreedores puedan indagar sobre los activos de un deudor, la restricción en el acceso a la información fue criticada esta semana en un seminario organizado por el Departamento de Derecho Comercial y Bancario de la Universidad Católica.

El abogado Eugenio Xavier de Mello, quien dirige el Departamento, estimó que el proyecto hace una "discriminación injusta", ya que "existe un amplísimo universo de acreedores interesados" en identificar a los titulares de acciones al portador "que no se reduce a la DGI".

Xavier de Mello señaló que el "complejo mecanismo" que altera la ley de sociedades comerciales "está orientado pura y exclusivamente a satisfacer el interés de uno de esos acreedores, la DGI, dejando por fuera a una cantidad de interesados tan legítimos como la DGI".

Por ello, consideró preferible convertir las acciones al portador en nominativas y "habilitar procedimientos justos, razonables y bien fundados de exhibición de libros tanto a accionistas como a terceros, lo que hoy está muy dificultado". Así, podrían acceder a los datos que aducen derechos sobre las acciones (que entiendan ser sus propietarios) o acreedores que quieran ejecutar bienes del deudor. Pero el experto entendió que eso no ocurrirá ya que la decisión política fue no eliminar las acciones al portador.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar