Un tribunal de Apelaciones del Trabajo anuló un fallo en primera instancia por el cual los propietarios de un edificio de Punta del Este fueron condenados a pagar $ 121.792 a una mucama que había denunciado al portero del complejo por acoso sexual.
El pasado 15 de marzo, la jueza de 7º Turno de Maldonado Iris Vega, condenó a los propietarios de un edificio situado frente a la Playa Mansa a resarcir a una mucama que aseguró haber sido acosada sexualmente por el portero. El fallo fue apelado tanto por el edificio como por el propio portero. Este último enfrenta, además, una denuncia penal por el mismo tema en uno de los juzgados de la capital fernandina. La mucama denunciante contó con el apoyo del Sindicato de Trabajadores de Edificios de Maldonado (Sutem), gremio que realizó una marcha exigiendo justicia en la puerta del juzgado donde se radicó la denuncia penal.
SIN PRUEBAS. El fallo del Tribunal de Apelaciones del Trabajo (2° Turno de Maldonado) señala que "estamos ante una situación de enfrentamiento entre los dichos de la actora y los dichos del portero". Añade que "no hay elementos probatorios sobre la existencia de acoso sexual ni de una de las mucamas, ni de la denunciante. No se afirma que no hayan ocurrido, solo que no surge de autos elementos probatorios que confirmen esta situación".
La decisión del tribunal de alzada se basa en los testimonios brindados por todos los relacionados con el caso, desde el portero hasta la totalidad de los empleados del edificio, algunos de los cuales afirmaron que no tenían conocimiento del caso de acoso sexual denunciado por la mucama.
En este caso, el portero del edificio tenía, además de las tareas específicas de portería, la potestad de indicar qué trabajo debía realizar cada limpiadora.
"La actora demanda al portero y a la copropiedad en función de lo previsto por la ley de acoso sexual Nº18562. (...) Se señala por el anterior administrador que en el edificio tenían seis empleados, entre los que estaba el portero, cuatro mucamas y un cadete", resume el fallo de apelación.
Varios testigos, entre ellos exempleadas del edificio, desfilaron en esta causa, exponiendo presuntos antecedentes sobre el comportamiento del portero, pero no llegó a corroborarse ninguna responsabilidad al imputado ni a la administración del edificio.
César Teijón, presidente del sindicato Sutem que impulsó la denuncia, señaló que recibió dos denuncias de acoso, de una testigo y de la propia actora de la demanda, y que las derivó al abogado (del sindicato).
Teijón admitió que no comunicaron los hechos a la propiedad y que no presenció situación alguna respecto de la actora.
Una de las testigos -exmucama del edificio- quien mencionó en el juzgado otros casos de acoso por parte del portero a empleadas, no fue respaldada por las presuntas implicadas, una de las cuales desmintió con firmeza haber recibido propuestas sexuales del portero.
"No me explico las declaraciones" de la exmucama, afirmó en el juzgado.
El fallo en segunda instancia anuló el pago de la multa de $ 121.792 aplicada por la jueza de Maldonado a los copropietarios del edificio involucrados en el incidente.