RICARDO REILLY SALAVERRI
Circunstancias externas impuestas, tales como el proteccionismo de Argentina y Brasil, o la suba del precio del petróleo y derivados, sumados a la obstinada actitud del gobierno y la cancillería que carecen de cintura y visión como para celebrar tratados de libre comercio con otros países alejados del Mercosur, con los Estados Unidos de América incluidos (hay que estar ciegos y ser dogmáticos, para desconocer que sigue siendo esta la primera potencia económica mundial), generan peligro para nuestras empresas y puestos de trabajo. Ante las rigideces de los consejos de salarios y nuestro sistema laboral, el tema de la desregulación o flexibilidad laboral reaparece, como medio circunstancial para evitar pérdidas de puestos de trabajo y desocupación.
Un profesor brasileño Mascaro Nascimento ha destacado que el Derecho Laboral no puede perder de vista sus orígenes, nítidamente tutelares de los asalariados, que está presente en nuestros días al lado de los imperativos del orden económico, que acentúan su finalidad coordinadora entre el capital y el trabajo.
En este sentido subrayaba que la economía de mercado, y la mayor competencia entre las empresas, les llevan a reducir los costos laborales, lo que ejerce fuerte influencia en esta disciplina jurídica, discutiéndose desde perspectivas diferentes por la socialdemocracia y el neoliberalismo. Ya que mientras aquella busca mantener las garantías, el último propone su flexibilización, con proyecciones sobre las funciones de protección del trabajador.
A este respecto cabe puntualizar que, contra estas expresiones, habida cuenta del fracaso de los socialismo estrictos de corte comunista, no hay gobierno serio en el mundo del pelo que sea, que no analice seriamente estos temas, sin exclusiones (el caso más reciente es el de las medidas laborales aplicadas en España por el nuevo gobierno ante la crisis de desocupación socialdemócrata).
El argentino Caro Figueroa ha dicho que la flexibilidad laboral -también aludida según los autores- como adaptabilidad o desregulación del mercado laboral, es la capacidad que el sistema de trabajo, sus normas y el comportamiento de sus actores, brinda a quienes organizan y dirigen el proceso de producción para adaptar cuantitativa y cualitativamente sus recursos humanos a la evolución de los mercados y para responder rápida y adecuadamente a los requerimientos de los entornos cambiantes.
Los consejos de salarios y los salarios mínimos por rama de actividad pueden impedir a una empresa competir dentro de su país y fuera de él. Y, de no poder manejar sus negocios con capacidad de maniobra, se enfrentará -aun admitiendo reconversión tecnológica- a su cierre total o parcial, y a la pérdida de puestos de trabajo.
La negociación por empresa y los aumentos de salarios vinculados a una mejor productividad -el producir más, mejor y más barato- son soluciones que sirven a evitar tales males. Aunque la dirigencia sindical vernácula se oponga, lo mejor es contar con ella para negociar y superar momentos cruciales.
Las soluciones -por otra parte- es mejor sean previstas en los sectores económicos con problemas con suficiente antelación y negociadas inteligentemente, antes que aparezcan sin dar otro medio de solución como no sea una tardía y dura reacción ante circunstancias laborales consumadas.