Mientras se procesa la discusión sobre la identificación de los titulares de acciones al portador, hay otra que se viene y que implicará "un cambio en la cultura económica": adoptar el delito fiscal como precedente de lavado de activos.
El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) -dedicado a definir políticas internacionales de combate al lavado de dinero, financiamiento del terrorismo, entre otros- "te dice que es obligatorio" incorporar en la normativa al delito fiscal como precedente del lavado de activo, "ese es el escenario en que hay que jugar", dijo a El País el titular de la Secretaría Antilavado de Activos, Carlos Díaz.
Si bien ya se había mencionado que tarde o temprano Uruguay debería adoptar una definición en la materia, ahora el gobierno pone el tema sobre la mesa, teniendo en cuenta además que a fines de 2013 o principios de 2014 vendrá una misión del Gafisud (el organismo regional) a evaluar al país.
"Tenemos claro que la preocupación del mundo viene por el lado financiero" y eso "implica la necesidad de adoptar posiciones que tomen en cuenta esta situación", evaluó el jerarca. También se debe "tener claro cuáles son las consecuencias de no hacerlo (adoptar el delito fiscal como precedente de lavado), que cada vez son peores", afirmó Díaz. Hoy si un país es incluido en la lista negra del GAFI porque no cumple con las exigencias antilavado, "te aíslan, tenés totalmente castigado al sistema financiero" y también se puede ver afectada la exportación porque "hay que ver quién te compra y a qué precio".
Pero, ¿qué es considerar al delito fiscal como precedente del lavado de activos?
Depende de cómo esté definido en la normativa, pero a modo de ejemplo significa que el hecho de evadir impuestos, utilizar facturas truchas o mal confeccionadas, vender inmuebles sobrevaluados o subvaluados e incluso un empresario que pone sus bienes a nombre de la esposa para declararse insolvente en forma fraudulenta, pueden ser considerados origen de lavado de dinero y la persona terminar en prisión por ello. Esto "implica un cambio en la cultura económica" y "cambia toda la lógica", aseguró Díaz. Por eso cualquier persona que evada impuestos podrá terminar en prisión, ya que "haga lo que haga con el dinero (que se queda por no pagar tributos), va a ser considerado lavado", explicó el titular de la Secretaría Antilavado de Activos.
"Hay que ver cómo se define el delito fiscal y si se lo adopta o no" como precedente de lavado de activos, agregó.
A juicio de Leonardo Costa, abogado y profesor de Fiscalidad Internacional del Posgrado de Tributación de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad Católica, Uruguay debería empezar por revisar su normativa de lo que es considerado delito fiscal antes de establecer que este sea precedente de lavado.
"Uruguay tiene que arreglar el tema de la legislación tributaria, si no cualquier cosa es castigable" debido a que son "superincoherentes" las definiciones en la materia, dijo Costa a El País.
Es que hoy, "el delito de defraudación tributaria tiene prácticamente la misma tipificación que la infracción tributaria" en el Código Tributario uruguayo, expresó. Mientras la defraudación es utilizar mecanismos con la intención de evadir impuestos, la infracción puede ser simplemente un número de imprenta mal colocado en una boleta sin intención alguna de evasión. Así, hoy queda a criterio del director general de Rentas de turno cuándo se está ante un delito tributario y, por ende, se envía una denuncia a la Justicia Penal, y cuándo frente a una infracción.
"Lo primero es diferenciar cuál (delito) es el que se quiere castigar" ya que "al día de hoy no hay ninguna exigencia" de considerar al delito fiscal como precedente de lavado de activos, afirmó el experto.
De todas maneras, en las VIII Jornadas Rioplatenses de Tributación llevadas a cabo en agosto pasado, Costa ya había advertido que "más tarde o más temprano Uruguay va a ser conminado (por el GAFI) a introducir (en la normativa) al delito tributario como precedente del lavado de activos".
En esa ocasión, el también abogado José Luis Shaw afirmó que "no sólo" porque el delito tributario sea considerado como precedente del lavado de activos se debería modificar la normativa actual, "sino porque es un verdadero mamarracho como está". Y había agregado: Hay que "modificar una legislación muy mala en la materia".